Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2008 (19/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

Jefe Zonal Imacita de la Unidad Gerencial de Articulacion Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 190940-4

RELACIONES EXTERIORES
Delegan facultades para suscribir con el Gobierno de Alemania la Declaracion Comun de Intenciones sobre la Cooperacion para el Combate contra el Abuso de Drogas, el Cultivo Ilicito de Plantas para la Produccion de Drogas y el Trafico Ilicito de Drogas
RESOLUCION SUPREMA Nº 109-2008-RE MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2008 Visto el Memorandum (DCD) Nº DCD0060/2008 de 9 de MORDAZA de 2008, de la Direccion General de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiendose suscribir la "Declaracion Comun de Intenciones sobre la Cooperacion para el Combate contra el Abuso de Drogas, el Cultivo Ilicito de Plantas para la Produccion de Drogas y el Trafico Ilicito de Drogas entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federal de Alemania"; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de MORDAZA de 2007; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Delegar en la persona del senor MORDAZA MORDAZA Tomasio, Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA Sin Drogas (DEVIDA), las facultades suficientes para que suscriba la "Declaracion Comun de Intenciones sobre la Cooperacion para el Combate contra el Abuso de Drogas, el Cultivo Ilicito de Plantas para la Produccion de Drogas y el Trafico Ilicito de Drogas entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federal de Alemania". 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al senor MORDAZA MORDAZA Tomasio, Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA Sin Drogas (DEVIDA). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 190945-12

Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, establece en el articulo 23º, que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones dictar los reglamentos nacionales necesarios para su implementacion; Que, el articulo 32º de la misma Ley establece que todo vehiculo automotor que circule por las vias publicas esta obligado a exhibir la Placa Unica Nacional de Rodaje, cuya clasificacion, caracteristicas y el procedimiento para su obtencion es establecida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiendo a esta misma entidad la manufactura y expedicion de la misma, de acuerdo a las normas pertinentes; Que, el articulo 263º del Reglamento Nacional de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001MTC, dispone que el Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje establece la clasificacion, caracteristicas tecnicas, procedimientos para su obtencion, condiciones para su manufactura, distribucion, expedicion y uso de las placas unicas nacionales de rodaje; Que, corresponde aprobar el Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje, a efectos de regular la misma como elemento de identificacion vehicular durante la circulacion de los vehiculos por las vias publicas terrestres, estableciendo su clasificacion y caracteristicas tecnicas, asi como los procedimientos para su obtencion, manufactura y expedicion, con el objeto de alcanzar los estandares de seguridad internacional para evitar su falsificacion, adulteracion, destruccion o empleo indebido y conforme a los lineamientos establecidos en la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento Apruebese el Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el mismo que esta conformado por cincuenta y nueve (59) articulos; seis (6) disposiciones complementarias finales; nueve (9) disposiciones complementarias transitorias; dos (2) disposiciones complementarias modificatorias; una (1) disposicion complementaria derogatoria; y cinco (5) anexos. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones REGLAMENTO DE PLACA UNICA NACIONAL DE RODAJE TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje
DECRETO SUPREMO Nº 017-2008-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Articulo 1º.- Objeto del Reglamento El presente Reglamento tiene por objeto regular la Placa Unica Nacional de Rodaje, como elemento de identificacion vehicular durante la circulacion de los vehiculos por las vias publicas terrestres, estableciendo su clasificacion y caracteristicas, asi como los procedimientos para su manufactura, obtencion y expedicion, con el fin de alcanzar los estandares de seguridad internacional para evitar su falsificacion, adulteracion, destruccion o empleo indebido y conforme a los lineamientos establecidos en la Ley General del Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion y alcance 2.1. El presente Reglamento rige en todo el territorio de la Republica y sus disposiciones alcanzan a todos los

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