Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2008 (19/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 19 de agosto de 2008

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Aprueban la Carta de Entendimiento suscrita entre el Ministerio y el IICA, con el objeto de incorporar a la gestion publica agraria a profesionales competitivos, implementar sistema de descentralizacion de planificacion agraria y otros
RESOLUCION SUPREMA Nº 043-2008-AG
MORDAZA, 18 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, con fecha 04 de octubre del ano 2006 el Instituto Interamericano de Cooperacion para la Agricultura - IICA suscribio un Acuerdo MORDAZA de Cooperacion Tecnica, fijando las bases y lineamientos a traves de los cuales el IICA contribuira con el Ministerio de Agricultura - MINAG, para promover el mejoramiento de la agricultura y el desarrollo rural, en el MORDAZA de sus dimensiones de accion y competencias de cooperacion siguientes: i) comercio y competitividad de agro negocios, ii) fortalecimiento de comunidades rurales con enfoque territorial, iii) reposicionamiento y modernizacion de la agricultura, iv) sanidad agropecuaria e inocuidad de los alimentos, v) gestion ambiental y de recursos naturales, y vi) promocion de tecnologia e innovacion en la agricultura; Que, el MINAG considera dentro de su mision institucional el apoyo al desarrollo de los productores agrarios organizados en MORDAZA productivas; Que, en ese contexto, en los ultimos anos el IICA ha contribuido con el MINAG impulsando el desarrollo y consolidando alianzas productivas como un primer paso para la organizacion de MORDAZA agro-productivas, orientando y apoyando la formulacion de planes estrategicos con vision de MORDAZA en rubros priorizados, y promoviendo y facilitando el establecimiento de mesas de trabajo intersectoriales y de acuerdos de competitividad; Que, para lograr los objetivos estrategicos establecidos para el sector agrario, es necesario que el MINAG desarrolle capacidades institucionales que le permitan un mejor desempeno en la ejecucion de sus labores, siendo relevante para tal efecto disenar e implementar un sistema de planeamiento para el sector agrario que tenga como caracteristica la de ser descentralizada, de manera tal que articule los intereses sectoriales agrarios con la vision de desarrollo territorial; Que, con este proposito, se requiere la conjugacion de los roles, funciones, capacidades y recursos institucionales del MINAG y del IICA; siendo necesario definir la participacion de MORDAZA partes, en la ejecucion de las acciones institucionales mencionadas, para lo cual, resulta necesario se suscriba una nueva Carta de Entendimiento; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 1849-2008-AGOGPA/OPRE de fecha 6 de agosto de 2008, el Director General de la Oficina General de Planificacion Agraria, remite el Informe Nº 011-2008-AG-OPRE/OGPA del Director de la Oficina de Presupuesto, por el que sustentan las ventajas y beneficios que implicaria la celebracion de una Carta de Entendimiento con el IICA para viabilizar el fortalecimiento institucional del sector agricultura; Que, mediante Informe Nº 011-2008-AG-OPRE/OGPA de fecha 26 de junio de 2008, el Director de la Oficina de Presupuesto concluye que es procedente la suscripcion de la una nueva Carta de Entendimiento entre el MINAG y el IICA para viabilizar el fortalecimiento institucional, para garantizar el cumplimiento de los nuevos retos que se presentan en el sector agrario; Que, mediante la Vigesima Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, se ha autorizado a las Entidades del Gobierno Nacional, durante los Anos Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Convenios de Administracion de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares con Organismos Internacionales, para encargarles la administracion de recursos; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de

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Agricultura, el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y la Vigesima Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Carta de Entendimiento suscrita entre el MINAG y el IICA, con el objeto de incorporar a la gestion publica agraria profesionales competitivos para modernizar y fortalecer las capacidades de gestion del MINAG, implementar un sistema de descentralizacion de planificacion agraria, modernizar los sistemas de recopilacion y fortalecer las capacidades de los productores agrarios. Articulo 2º.- Dejese sin efecto las Resoluciones que contravienen la presente Resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura

240257-1

EDUCACION
Otorgan de forma postuma a educador y filosofo las Palmas Magisteriales en el Grado de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 035-2008-ED
MORDAZA, 18 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, la condecoracion de las Palmas Magisteriales constituye un reconocimiento y una distincion honorifica que el Estado otorga a todo profesional en educacion o con titulo distinto que se encuentre con MORDAZA, y que ha contribuido en forma extraordinaria en el ejercicio de sus actividades pedagogicas, o con un aporte ejemplar a la educacion, la ciencia, la cultura, y la tecnologia del pais; Que, la condecoracion en el Grado de "AMAUTA" se confiere a todo profesional en educacion o con titulo distinto que en su labor educativa ostente una trayectoria academica y profesional de excepcional relieve, cuya obra plasmada en publicaciones, investigaciones, o sistematizacion de experiencias e innovaciones educativas MORDAZA contribuido notoriamente y con impacto evidente a la consecucion de los fines generales de la educacion, y que sea considerada un aporte significativo a la educacion, ciencia o cultura del pais; Que, la comunidad educativa lamenta la muerte del educador, filosofo e impulsor de la practica deportiva MORDAZA MORDAZA Carvallo Rey; quien en MORDAZA fue un intelectual sensible, preocupado y comprometido por lograr una educacion de calidad en el pais; propulsor del Proyecto Educativo Nacional; quien se desempeno ademas como Consejero del Consejo Nacional de Educacion; Que, no obstante tratarse de un reconocimiento y una distincion honorifica que el Estado otorga a todo profesional en educacion o con titulo distinto que se encuentre con MORDAZA, es deber del Estado en esta ocasion, manifestar en forma objetiva de manera excepcional el reconocimiento nacional postumo al educador MORDAZA MORDAZA Carvallo Rey; Que, tratandose de un reconocimiento otorgado en forma postuma y excepcional debe significarse que el mismo no se encuadra dentro de las normas que regulan el otorgamiento de las Palmas Magisteriales, y por lo tanto no irrogara gasto alguno al Estado; De conformidad con el articulo 11° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar de manera excepcional en forma postuma las Palmas Magisteriales en el Grado de MORDAZA al educador y filosofo MORDAZA MORDAZA Carvallo MORDAZA, en reconocimiento a su aporte significativo a la educacion del pais.

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