Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2008 (20/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de enero de 2008

futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 057-2005EM, de fecha 30 de noviembre de 2005, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 115, ubicado en la provincia de Datem del Maranon del departamento de MORDAZA, suscrito entre PERUPETRO S.A. y PLUSPETROL E&P S.A.; Que, el articulo 12° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas dentro del plazo establecido en el articulo 11° de la mencionada Ley; Que, el articulo 17° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, senala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o juridicas que lo conformen, podra ceder su posicion contractual o asociarse con terceros, previa aprobacion por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; asimismo, dicho articulo senala que estas cesiones conllevaran el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantias y obligaciones otorgadas y asumidas en el contrato por el Contratista; Que, mediante Carta N° PE&P-LEG-07-001 de fecha 12 de MORDAZA de 2007, y de conformidad con la Clausula Decimo Sexta del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 115, PLUSPETROL E&P S.A. comunico a PERUPETRO S.A. que ha llegado a un acuerdo para ceder el treinta por ciento (30 %) de su participacion en el Contrato de Licencia, a favor de KOREA NATIONAL OIL CORPORATION, que seria asumido por intermedio de KOREA NATIONAL OIL CORPORATION, SUCURSAL PERUANA; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo N° 139-2007, de fecha 12 de noviembre de 2007, aprobo el Proyecto de Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 115, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1°.- De la Aprobacion de la cesion de posicion contractual Aprobar la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 115, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2005-EM, por parte de PLUSPETROL E&P S.A. a favor de KOREA NATIONAL OIL CORPORATION, SUCURSAL PERUANA, asi como la modificacion del citado contrato derivada de la cesion que se aprueba en el presente articulo. Articulo 2°.- De la autorizacion para suscribir la modificacion Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con las empresas PLUSPETROL E&P S.A. y KOREA NATIONAL OIL CORPORATION, SUCURSAL PERUANA, con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 115, que se aprueba en articulo 1°. Articulo 3°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de enero del ano dos mil ocho.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 154222-5

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Aceptan renuncia de Viceministra de la Mujer
RESOLUCION SUPREMA N° 003-2008-MIMDES MORDAZA, 19 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 009-2006MIMDES de fecha 02 de Agosto de 2006, se designo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, cargo considerado de confianza, al cual ha formulado renuncia; Que, en consecuencia, es necesario aceptar la renuncia formulada por el mencionado funcionario; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 154222-14

Designan Viceministra de la Mujer
RESOLUCION SUPREMA N° 004-2008-MIMDES MORDAZA, 19 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; por lo que resulta necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley No. 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA TASAYCO MORDAZA, en el cargo de Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES.

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