Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2008 (28/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194ª de la Constitucion Politica del Estado, concordante con lo previsto en el Art. 2ª de la Ley Organica de Municipalidades. Que asi mismo la Constitucion Politica del Peru sostiene que la estructura organica del gobierno local la conforma el Concejo Municipal como organo normativo y fiscalizador y la Alcaldia como organo ejecutivo con las funciones y atribuciones que le confiere la Ley; asi mismo el Art. 195ª del Citado Cuerpo formativo senala que los gobiernos sociales son competentes para aprobar la organizacion interna y sus presupuesto. Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 14ª de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades "...los acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad de organos de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional..." Que mediante Informe Nº 003-2008-DPS/MPOPVL, emitido por el Jefe de Programas Sociales de la Municipalidades Provincial de Otuzco, informa que no existe producto en los almacenes de programas para atender a 3,500 beneficiarios. Que mediante Informe Nº 004-2008-DPS/MPO-PVL, el Jefe de Programas Sociales de la Municipalidad Provincial de Otuzco de fecha 5 de febrero del presente ano, informa que el Producto escogido por el Comite para el Programa Vaso de Leche ha sido el producto HOJUELAS DE QUINUA MORDAZA ENRIQUECIDA. Que como consecuencia de lo indicado precedentemente, con el Informe Nº 003-2008-DPS/MPOPVL; el Jefe de Programas Sociales informa respecto al DESABASTECIMIENTO DEL PRODUCTO en los almacenes de la entidad para atender a los beneficiarios del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Otuzco; por lo tanto solicita la adquisicion del producto indicando HOJUELAS DE QUINUA MORDAZA ENRIQUECIDA por ser de suma urgencia para atender a sus beneficiarios. Que la Asesora Legal de la Municipalidad Provincial de Otuzco, en su Informe Nº 007-2008-YRM/MPO de fecha, precisa que el Art. 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004 que aprueba la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado senala que se encuentran exonerados del MORDAZA de Seleccion "...la situacion de Desabastecimiento Inminente declarados de conformidad con la presente..." Que asi mismo el citado articulo preve como situacion de Desabastecimiento Inminente la situacion Extraordinaria e Imprevisible en la que la ausencia de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tienen a su cargo, a tenor de lo senalado en el Art. 21 del Citado Cuerpo Legal. Que, asi mismo el citado Informe senala, que dicha situacion faculta a la entidad la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que el senor MORDAZA pone de conocimiento al pleno del Concejo los informes emitidos por la Jefa de Programas Sociales y la Asesora Legal de la Municipalidad Provincial de Otuzco para tomar el acuerdo correspondiente; por otra parte, la aprobacion de la EXONERACION por la causal expuesta no dispensa de las responsabilidades de los funcionarios y/o servidores, para lo cual se tomaran las acciones respectivas por parte de las oficinas competentes, si el caso lo ameritara. POR TANTO: Estando en uso y atribuciones que confiere la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y de acuerdo a lo previsto en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de DESABASTECIMIENTO INMINENTE LA ADQISICION DEL PRODUCTO PARA EL PROGRAMA VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE

OTUZCO respecto al producto HOJUELAS QUINUA MORDAZA ENRIQUECIDA, por el periodo de 90 dias calendarios, de acuerdo a las consideraciones MORDAZA expuestas. Articulo Segundo.- PUBLIQUESE la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. Articulo Tercero.- REMITASE, dentro de los diez dias habiles MORDAZA de la presente Resolucion y los Informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Articulo Cuarto.- NOTIFIQUESE a las Oficinas competentes para que procedan a actuar conforme a ley. Registrese, comuniquese y archivase. MORDAZA VENEROS MORDAZA MORDAZA 167697-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de hojuela de quinua MORDAZA para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 109-2008-MPO Otuzco, 14 de febrero del 2008 VISTOS: Los Informes Nº 003-2008-DPS/MPO, Nº 004-2008DPS/MPO emitido por la Jefa de Programas Sociales de la Municipalidad Provincial de Otuzco y el Informe Tecnico Legal Nº 007-2008-YRM/MPO de la Municipalidad Provincial de Otuzco; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son organos de gobierno local con personeria de derecho publico. Que de conformidad con lo senalado en el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Decreto Supremo N° 0842004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece los Lineamientos mediante los cuales el Estado requiere ser provisto de bienes, servicios u Obras necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Que mediante Informe Nº 003-2008-DPS/MPOPVL, la Jefa de Programas Sociales de la Municipalidad Provincial de Otuzco, informa que no existe producto en los almacenes de programas para atender a 3,500 beneficiarios. Que mediante Informe Nº 004-2008-DPS/MPOPVL, la Jefa de Programas Sociales de la Municipalidad Provincial de Otuzco, informa que la cantidad de producto adquirido es de 17,130.96 Kg de HOJUELAS DE QUINUA MORDAZA ENRIQUECIDA; Que el Art. 14ª del D.S Nº 083-2004-PCM-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece los procesos de seleccion y el Art. 19ª de la citada MORDAZA estable que se encuentran exoneradas del MORDAZA de seleccion "...la situacion de emergencia o de desabastecimiento Inminente declarados de conformidad con la presente ley..." Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 0006-2006MPO de fecha 13 de Febrero del presente ano se acordo APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion del producto del Programa Vaso de Leche respecto al producto HOJUELAS DE QUINUA MORDAZA ENRIQUECIDA por el lapso de 90 dias calendario, por la situacion de Desabastecimiento Inminente al Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Otuzco; considerado como situacion de Desabastecimiento Inminente a la Situacion Extraordinaria e Imprevisible entendida esta como la ausencia de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la

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