Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2008 (01/06/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

373288

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de junio de 2008

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Nombran Auxiliar Municipalidad Coactiva de la

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0265 Ate, 5 de MORDAZA de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO el Informe Nº 004-2008-CCPM/MDA de la Comision de Concurso Publico de Meritos Nº 002-2007MDA, para cubrir dos (2) plazas vacantes Ejecutores Coactivos y dos (2) plazas vacantes Auxiliares Coactivos de la Gerencia de Rentas, actualmente, Gerencia de Administracion Tributaria de la Municipalidad Distrital de Ate, el Proveido N° 1850-2008-A/MDA del Despacho de Alcaldia, el Memorando N° 433-2008-GM/MDA de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1025 de fecha 17 de diciembre del 2007, se autorizo la ejecucion del Concurso Publico de Meritos Nº 002-2007-MDA, para cubrir las plazas de un (2) Ejecutores Coactivos y dos (2) Auxiliares Coactivos, de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 26979 "Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva", Ley Nº 27204, el Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Que, luego de efectuado el Concurso Publico de Meritos y por los resultados obtenidos, de acuerdo a lo informado por la Comision de Concurso Publico en su Informe Nº 001-2008-CCPM/MDA, se emite la Resolucion de Alcaldia Nº 0073 de fecha 3 de marzo de 2008, quedando vacantes las plazas de 1 Ejecutor y 1 Auxiliar Coactivos, en razon que los postulantes no alcanzaron el puntaje requerido. Que, mediante Proveido Nº 892-2008-GM/MDA de la Gerencia Municipal y el Proveido Nº 631-2008-OGA/ MDA se autorizo a la Comision de Concurso de Meritos a efectuar la Convocatoria para cubrir las plazas que quedaron vacantes, considerando la necesidad de contar con los recursos humanos para la consecucion y logro de los objetivos programados. Que, los cargos de Ejecutor Coactivo y de Auxiliar Coactivo, seran cubiertos por Nombramiento, conforme lo senala la Ley Nº 27204, previo Concurso Publico, para cumplir con las funciones y/o actividades que dispone la Ley Nº 26979 "Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva", plazas que se encuentran consideradas en el Cuadro de Asignacion de Personal ­ CAP ­ contando con el financiamiento correspondiente para su ejecucion. Que, mediante Informe Nº 004-2008-CCPM-MDA, la Comision de Concurso Publico de Meritos N° 002-2007, emite el cuadro de meritos, adjuntando la documentacion sustentatoria, asi como el nombre de la postulante que resulto ganadora para cubrir una (1) plaza de Auxiliar Coactivo, precisando que la plaza de Ejecutor Coactivo resulto desierta en razon a que los postulantes precalificados no alcanzaron el puntaje requerido. Que, la postulante seleccionada mediante Concurso Publico de Meritos Nº 002-2007-MDA, debe ser Nombrada a partir del 5 de MORDAZA del 2008, en la Plaza de Auxiliar Coactivo I. Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Ley Nº 26979 "Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva", Ley Nº 27204 y la Ley Nº 29142 "Ley del Presupuesto para el ano Fiscal 2008", es procedente

Descargado desde www.elperuano.com.pe

el Nombramiento del Auxiliar Coactivo de la Municipalidad de Ate. Que, mediante Memorando N° 433-2008-GM/MDA la Gerencia Municipal, indica se proyecte la Resolucion correspondiente. ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTICULO 20° DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES N° 27972; SE RESUELVE:

Articulo 1°.- NOMBRAR a partir del 5 de MORDAZA de 2008, a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARILUZ, en el Cargo de Auxiliar Coactivo I, Plaza Nº 080, Nivel Remunerativo SPB de la Sub Gerencia de Ejecucion Coactiva - Gerencia de Administracion Tributaria de la Municipalidad Distrital de Ate, en merito a las consideraciones MORDAZA expuestas. Articulo 2º.- La servidora nombrada percibira la remuneracion que corresponde al cargo afectandose el egreso al Clasificador Especifico del Gasto 5.1.11.01 - Retribuciones y Complementos - Ley de MORDAZA Administrativa, del Presupuesto Municipal para el Ejercicio Fiscal 2008, Fuente de Financiamiento 5 - Recursos Determinados, del Rubro 07 ­ Fondo de Compensacion Municipal. Articulo 3º.- DECLARAR DESIERTO el Concurso Publico en lo referente a la plaza de Ejecutor Coactivo, por los fundamentos expuestos en el Informe N° 0042008-CCPM-MDA, de la Comision de Concurso. Articulo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion, Oficina de Personal y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal, con conocimiento de la parte interesada. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 207175-1

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Disponen la celebracion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2008-A/MDC Carabayllo, 12 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Informe N° 016-2008-RC/MDC de fecha 7 de MORDAZA de 2008; y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194° de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 4° de la Constitucion Politica del Estado, es deber del Estado en general el proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condicion de instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Que, el articulo 84° numeral 2 de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, preve que constituyen funciones de los Gobiernos Locales, el organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.