Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2008 (05/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

368103

RESOLUCION DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD N° 045-2008-COFOPRI/TAP MORDAZA, 18 de febrero de 2008 VISTO: El escrito de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA debidamente representados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion N° 101-2007-COFOPRI/ CIUDAD7OJA del 18 de MORDAZA de 2007 emitida por la Oficina de Jurisdiccion Ampliada MORDAZA 7, que dispuso la emision del Titulo de Saneamiento de Propiedad en favor de MORDAZA L. MORDAZA i MORDAZA y MORDAZA MORDAZA i MORDAZA de MORDAZA, respecto del lote 1 de la manzana "98" del Centro Poblado "Otuzco", ubicado en el distrito y provincia de Otuzco, departamento de La MORDAZA inscrito en el Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº V - Sede MORDAZA con el Codigo N° P14148554, en adelante "el predio", y con el uso de la palabra de las partes intervinientes, y, CONSIDERANDO: 1. Que, el 31 de agosto de 1998 se instalo el ahora denominado Tribunal Administrativo de la Propiedad, organo de resolucion de MORDAZA y MORDAZA instancia con competencia a nivel nacional, que conoce y resuelve los procedimientos administrativos relacionados con las competencias de COFOPRI, de acuerdo con lo establecido por el articulo 15° del Reglamento de Normas que regulan la organizacion y funciones de los organos de COFOPRI responsables del conocimiento y solucion de medios impugnatorios1 (en adelante Reglamento de Normas), razon por la cual la Instancia Organica Funcional, ha remitido el expediente a este Tribunal para que sea resuelto. 2. Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 3° de la Ley que establece el Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Urbanos2, el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (en adelante COFOPRI), asume de manera excepcional, las funciones de ejecucion de los procedimientos de saneamiento fisico legal y titulacion de predios urbanos, ubicados en posesiones informales, a que se refiere el Titulo I de la Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos3, y demas normas reglamentarias. 3. Que, mediante escrito del apelacion presentado el 2 de MORDAZA de 2007 (fojas 164), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA debidamente representados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA expresan no estar de acuerdo con la resolucion venida en grado toda vez que los apelantes ejercen posesion, pacifica, continua y publica en el lote desde hace 50 anos. Alegan, que su posesion ha sido reconocida por la Municipalidad Provincial de Otuzco, prueba de ello es que la citada Municipalidad emite los recibos del impuesto de autoavaluo a nombre de los apelantes. Ademas, refieren que COFOPRI durante sus inspecciones han constatado su posesion consignandolos como titulares del lote. 4. Que, del informe tecnico que obra a fojas 376 se concluye que sobre el predio submateria existen dos areas que no tienen sustento en las escrituras publicas de fojas 89, 92, 98 y 103, por lo que en esas superficies corresponde evaluar el mejor derecho de posesion a falta de titulo de propiedad, y en su caso proceder a las subdivisiones que MORDAZA pertinentes. 5. Que, la exigencia de actuar pruebas sobre la posesion respecto a las areas que no tienen sustento en un titulo dominical, hace necesario que la Instancia Organica reciba la nueva prueba y permita que sobre MORDAZA las partes aleguen o impugnen lo que mejor sea conveniente a sus intereses. Por tal motivo, y de conformidad con el articulo 217.2 de la Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo General, cuando no es posible pronunciarse sobre el fondo al no contarse con los elementos suficientes para ello, entonces el Tribunal debe disponer la nulidad de la resolucion de vista y reponer el procedimiento al momento en que el vicio se produjo. De conformidad con las normas MORDAZA citadas y el articulo 15° del Reglamento de Normas; y, Estando a lo acordado,
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Primero.- Declarar NULA la Resolucion N° 1012007-COFOPRI/CIUDAD7OJA del 18 de MORDAZA de 2007 emitida por la Oficina de Jurisdiccion Ampliada MORDAZA 7, y disponer que el procedimiento se reponga al estado de actuacion pruebas. Registrese y comuniquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MERA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA SECLEN MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI

Aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-MTC, publicado en el diario oficial "El Peruano" el 6 de agosto de 2000. Aprobado por Ley N° 28923, publicado en el diario oficial "El Peruano" el 8 de diciembre de 2006. Aprobado por Ley N° 28687, publicado en el diario oficial "El Peruano" el 17 de marzo de 2006.

171837-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA
Designan responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC
PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC RESOLUCION GERENCIAL Nº 073-2008-GR-LL/PECH-01 MORDAZA, 20 de febrero de 2008 VISTO: el Oficio Nº 067-2008-GR-LL/PECH-02, de fecha 05.02.2008, del Jefe del Organo de Control, relacionado con la designacion del funcionario responsable de elaborar y actualizar el MORDAZA de Transparencia del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC; y el proveido de la Gerencia General recaido en el mismo; CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, creado por Decreto Supremo Nº 072-85-PCM, encargado de la irrigacion de los valles de Chao, MORDAZA, Moche y Chicama, constituye una Unidad Ejecutora del Gobierno Regional La MORDAZA, al haber sido transferida a este mediante Decreto Supremo Nº 017-2007-VIVIENDA; Que, el Reglamento de la Ley Nº 278069, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece en sus Arts. 3º y 4º, la obligacion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, de designar un responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia, debiendo dicha designacion efectuarla mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, la misma que debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 038-2008GR-LL/PECH-01, de fecha 23.01.2008, se designo a la

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