Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2008 (04/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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VISTO:

El expediente Nº 2008009847, y el Informe Interno Nº 0322-2008-EF/94.06.3, del 25 de MORDAZA de 2008, de la Direccion de Emisores; CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el articulo 221, numeral 14, de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, las empresas del sistema financiero pueden emitir y colocar bonos, en moneda nacional o extranjera, siempre que MORDAZA de su propia emision; Que, el directorio de Banco Ripley S.A. (antes Financiera Cordillera S.A.) reunido en sesion del 19 de MORDAZA de 2007, y de acuerdo con lo establecido en su junta general de accionistas del 17 de MORDAZA de 2007, aprobo la emision de valores en el MORDAZA del "Segundo Programa de Bonos Corporativos Banco Ripley" hasta por un monto MORDAZA de emision de S/. 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dolares de los Estados Unidos de America; Que, mediante Resolucion SBS N° 1663-2007, del 16 de noviembre de 2007, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones opino favorablemente para que Financiera Cordillera S.A. (hoy Banco Ripley S.A.) realice la emision de bonos corporativos a traves del "Segundo Programa de Bonos Corporativos Financiera Cordillera"; Que, el 24 de MORDAZA de 2008, el Banco Ripley S.A. completo su solicitud de aprobacion del tramite anticipado; de inscripcion del "Segundo Programa de Bonos Corporativos Ripley" hasta por un monto MORDAZA de emision de S/. 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dolares de los Estados Unidos de America; registro del prospecto MORDAZA correspondiente; inscripcion de los valores pertenecientes a la primera y MORDAZA emision correspondientes a dicho programa, asi como el registro de los prospectos complementarios respectivos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion de la documentacion presentada se ha determinado que Banco Ripley S.A. ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias, habiendose verificado asimismo que el emisor cumple con la condicion de entidad calificada; Que, el articulo 2, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, asi como las relativas a la aprobacion de tramites anticipados, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53 y siguientes de Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, asi como a lo establecido por el articulo 36 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la CONASEV, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0382007-EF, por el que se faculta a la Direccion de Emisores a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas publicas primarias y efectuar todo tramite vinculado a dichas ofertas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el tramite anticipado, inscribir el "Segundo Programa de Bonos Corporativos Banco Ripley" hasta por un monto MORDAZA de emision de S/. 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, y disponer el registro del prospecto MORDAZA correspondiente, Articulo 2º.- Disponer la inscripcion de los valores correspondientes a la "Primera Emision del MORDAZA Programa de Bonos Corporativos Banco Ripley", hasta por un monto MORDAZA de emision de S/. 80 000 000,00 (ochenta millones y 00/100 Nuevos Soles), y registrar el prospecto complementario correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores.

Articulo 3º.- Disponer la inscripcion de los valores correspondientes a la "Segunda Emision del MORDAZA Programa de Bonos Corporativos Banco Ripley", hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), y registrar el prospecto complementario correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- En tanto el Banco Ripley S.A. mantenga su condicion de entidad calificada y se trate de la emision de valores tipicos, la inscripcion de los valores y el registro de los prospectos a utilizar en el MORDAZA del programa al que se refiere el articulo 1 de la presente resolucion, se podran entender realizados en la fecha de entrada en vigencia de la presente resolucion. En su defecto, la inscripcion de los valores y el registro de los prospectos correspondientes se sujetaran a lo dispuesto por el articulo 14, literal b), numeral 2), del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Articulo 5º.- La oferta publica de los valores a los que refieren los articulos 1, 2, 3, y 4 de la presente resolucion debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25 y, de ser el caso, en el articulo 29 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23 y 24 del mencionado reglamento. Siempre y cuando los plazos del programa y del tramite anticipado no hayan culminado, la colocacion de los valores a los que se refiere el presente articulo se podra efectuar en un plazo que no excedera de nueve (9) meses, contados, de ser el caso, a partir de la fecha de recepcion de documentos a la que se refiere el articulo 14 literal b), numeral 1, del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios; o, a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga en ningun caso podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Articulo 6º.- La aprobacion, inscripcion y el registro a los que se refieren los articulos 1, 2 , 3 y 4 de la presente resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 7º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 8º.- Transcribir la presente resolucion a Banco Ripley S.A., en su calidad de emisor; al Banco de Credito del Peru, en su calidad de entidad estructuradora y representante de los obligacionistas; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. YVONKA MORDAZA MORDAZA Directora de Emisores 194159-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Precisan fecha de efectividad de renuncia de miembro de la Comision de Procedimientos Concursales del INDECOPI
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 035-2008-INDECOPI/DIR MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2008

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