Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2008 (21/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Que, por la naturaleza propia de los servicios a contratar y el destino que se MORDAZA a las mismas, es decir, ser utilizadas en forma inmediata por los ninos y adolescentes en edad escolar de las diversas instituciones educativas del distrito de Macusani, para de esta manera cumplir con la finalidad de lograr el desarrollo de capacidades de los mismos, sera necesario realizar una adquisicion definitiva de los libros. Que, de conformidad con el literal a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo Municipal por tratarse de un gobierno local siendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de Acuerdo de Concejo mediante la cual se apruebe la exoneracion a la Municipalidad Provincial de Carabaya del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2008-MPC/CE por causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente, y autoricese a contratar los servicios para la produccion de libros de razonamiento verbal y matematico, para los niveles de inicial, primaria y secundaria, asi como la capacitacion a los docentes que aplicaran dichos libros y el monitoreo correspondiente, con un monto referencial de 185,000.00 Nuevos Soles, a traves de acciones inmediatas afectandose la fuente de financiamiento de Canon y Sobre Canon, segun el presupuesto institucional aprobado para el presente ano presupuestal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades, Ley No 27972 y en el D.S No 083-2004-PCM y D.S. No 0842004-PCM, con el MORDAZA unanime del pleno del concejo, en la Sesion Ordinaria de fecha 14 de Marzo de 2008, con dispensa de lectura y aprobacion del acta; ACUERDA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CATACAOS
Declaran en situacion de emergencia para la rehabilitacion inmediata de institucion educativa ubicada en la localidad de Narihuala
ACUERDO DE CONCEJO Nº 048-2008-MDC Catacaos, 6 de MORDAZA del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DE CATACAOS VISTO: El Informe Legal Nº 114­2008­MDC-AJ, de fecha 28 de MORDAZA del 2008 y el Informe Tecnico Nº 007-2008SJST-MDC, de fecha 28 de MORDAZA del 2008, suscrito por el Sub Gerente de Asesoria Juridica y Sub Gerente de Servicios Tecnicos, respectivamente, mediante el cual emiten, informe referente a declaracion de emergencia para que se aprueba la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion correspondiente a la Rehabilitacion de la I.E. Nº 14041-Narihuala, de la localidad de Narihuala, distrito de Catacaos, provincia de MORDAZA departamento de MORDAZA ; CONSIDERANDO: Que en el art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades Distritales son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en la Sesion ordinaria Nº 010 -2008-MDC, de fecha 6 de MORDAZA del ano 2008 el Concejo Municipal analizo el Informe Legal Nº114­2008­MDC-AJ, presentado por el Asesor Juridico y e Informe Tecnico Nº 007-2008SJST-MDC, presentado por el Sub Gerente de Servicios Tecnicos, mediante el cual se emite, informe referente a declaracion de emergencia para que se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la REHABILITACION de la Institucion Educativa 14041, de la localidad de Narihuala, distrito de Catacaos, provincia de MORDAZA, departamento de Piura. Que, de la valoracion del Informe Tecnico Nº 0072008-SGST-MDC, se obtiene que el Caserio de Narihuala cuenta con una Institucion Educativa que MORDAZA del Periodo Lluvioso se encontraba en precarias condiciones y a la fecha ante las fuertes y constantes lluvias, esta infraestructura se ha visto enormemente afectada, creando un latente peligro en los alumnos que diariamente asisten a esta Institucion Educativa; por lo tanto es pertinente que este Gobierno Local ejecute las acciones inmediatas tendentes a la rehabilitacion de la infraestructura de este Centro Educativa afectada por los aspectos MORDAZA comentados. Que, de la valoracion del Informe Legal Nº 1142008-MDC-AJ, se tiene que en la fecha del 24 de MORDAZA del presente ano el Gobierno Prorroga el Estado de Emergencia por desastre natural a los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA y Ucayali, a traves del D.S. Nº 032-2008-PCM y por un plazo de 60 dias calendario para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion las zonas afectadas debiendo los Gobiernos Locales dentro de sus competencias ejecutar las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas. Al respecto el Art. 19º del Texto Unico de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado precisa quienes estan exonerados de los procesos de adquisicion y contrataciones, siendo una de ellas la determinada en su literal c) concordante con el Articulo 22º que defiende la situacion de emergencia como aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficas, o de situaciones que supongan grave peligro de necesidad. Que, dentro de este mismo contexto el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

Articulo 1º.- Exonerar a la Municipalidad Provincial de Carabaya del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2008-MPC/CE por causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente, y autoriza la Contratacion Definitiva de los servicios para la produccion de libros de razonamiento verbal y matematico, para los niveles de inicial, primaria y secundaria, asi como la capacitacion a los docentes que aplicaran dichos libros y el monitoreo correspondiente, a traves de acciones inmediatas, hasta por la suma de 185,000.00 Nuevos Soles, afectandose la fuente de financiamiento de CANON Y SOBRE CANON segun el presupuesto institucional aprobado para el presente ano presupuestal. Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud del presente Acuerdo, se realizara a traves de la Unidad de Abastecimientos. Articulo 3º.- MORDAZA del presente Acuerdo y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Secretario General, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo 4º.- El presente Acuerdo debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE dentro los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo 5°.- Remitase al Organo de Control Institucional MORDAZA del presente acuerdo y sus anexos, para que realice accion de control no programada, de conformidad al articulo 21° y 47° del D.S. N° 083-2004PCM. Dado en la MORDAZA de Gobierno Local, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del dos mil ocho. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ROSSEL ANGLES Alcaldesa 201238-1

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