Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2008 (01/11/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

382682

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2008

otro locador que pueda prestar en esencia el mismo servicio; Que, en el presente caso, ante la necesidad de contratar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores instalados en los Edificios ubicados en el Jr. Miro MORDAZA N° 549, MORDAZA (Edificio El Progreso "Ex INEI"); Av. Abancay con Av. MORDAZA de Pierola, MORDAZA (Edificio MORDAZA MORDAZA Valdez); Jr. MORDAZA con Jr. Carabaya ­ Lima; Sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco; asi como el mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores MORDAZA THYSSENKRUPP instalados en el Edificio del Jr. MORDAZA con Jr. Carabaya ­ MORDAZA y la Sede de Palacio Nacional de Justicia ­ MORDAZA, resulta indispensable contratar con Empresas notoriamente especializadas que reunan determinadas caracteristicas, con personal y mano de obra calificada; Que, los Informes Tecnicos Nros. 380 y 3912008-SL-GAF-GG-PJ emitidos por la Sub Gerencia de Logistica, asi como el Memorandum de la Oficina de Infraestructura N° 1141-A-2008-OI-GG-PJ, el Informe N° 009-2008-MCC/OI/GG/PJ del Supervisor de Infraestructura y demas acompanados, sustentan tecnicamente la necesidad de contratar dichos servicios con las Empresas Ascensores S.A. y Thyssenkrupp Elevadores S.A.C., en la medida en que cumplen con las exigencias y caracteristicas minimas, pues, estas reunen las cualidades intuito personae que permitiran ejecutar el servicio solicitado de acuerdo a las necesidades y requerimientos del Poder Judicial; Que, como parte de los antecedentes, se tiene la declaracion jurada presentada por la Empresa Ascensores S.A. manifestando tener la exclusividad de venta de partes originales y soporte tecnico de productos OTIS; del mismo modo, la Empresa Thyssenkrupp Ascensores S.A.C. ha presentado una declaracion jurada indicando que tiene exclusividad en la fabricacion, provision y comercializacion de equipos y repuestos, asi como la debida experiencia en el mantenimiento de los mismos; Que, de acuerdo a lo senalado por la Sub Gerencia de Logistica en los Informes Tecnicos Nros. 380 y 3912008-SL-GAF-GG-PJ, se cuenta con disponibilidad presupuestal para la mencionada contratacion, con cargo a la fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, segun lo previsto por el articulo 147° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la resolucion que aprueba la exoneracion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su emision; y, adicionalmente, debera publicarse a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE; Que, del mismo modo, conforme al articulo 148° del acotado cuerpo reglamentario, la Entidad efectuara las contrataciones en forma directa, mediante acciones inmediatas a cargo de la dependencia encargada de las adquisiciones o contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto; Que, el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los Informes que sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, habiendose revisado y encontrado conforme los Informes Tecnicos N° 380 y 391-2008-SL-GAF-GG/ PJ de la Sub Gerencia de Logistica, el Memorandum N° 1141-A-2008-OI-GG-PJ, sus acompanados, asi como el Informe Legal N° 759-2008-OAL-GG-PJ que sustentan la contratacion por servicios personalisimos, se concluye que las Empresas Ascensores S.A. y Thyssenkrupp Elevadores S.A.C. cumplen con las caracteristicas y exigencias solicitadas por nuestra Entidad, por lo que corresponde aprobarse la exoneracion planteada; Que, asimismo, amparados en el MORDAZA de Economia que rige las contrataciones y adquisiciones estatales, resulta necesario aprobar previamente en este mismo acto, el expediente de contratacion de los mencionados servicios de mantenimiento, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 38° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,

toda vez que se encuentran debidamente establecidos las caracteristicas tecnicas, el valor referencial y la disponibilidad presupuestal; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 19° y 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, en concordancia con los articulos 38°, 145°, 146°, 147° y 148° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- APROBAR el Expediente de Contratacion del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los Ascensores MORDAZA MORDAZA instalados en los Edificios del Jr. Miro MORDAZA N° 549 - MORDAZA (Edificio El Progreso "Ex INEI"); Av. Abancay con Av. MORDAZA de Pierola - MORDAZA (Edificio MORDAZA MORDAZA Valdez); Jr. MORDAZA con Jr. Carabaya ­ Lima; Sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco; asi como el Expediente de Contratacion para el mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores MORDAZA THYSSENKRUPP instalados en el Edificio del Jr. MORDAZA con Jr. Carabaya ­ MORDAZA y la Sede de Palacio Nacional de Justicia ­ MORDAZA, conforme a las caracteristicas tecnicas, el valor referencial y la disponibilidad presupuestal consignados en el mismo. Articulo Segundo.- EXONERAR del respectivo MORDAZA de seleccion, por la causal de servicios personalisimos, la contratacion de la Empresa ASCENSORES S.A., para la prestacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores MORDAZA MORDAZA, instalados en los Edificios del Jr. Miro MORDAZA N° 549 - MORDAZA (Edificio El Progreso "Ex INEI"), Av. Abancay con Av. MORDAZA de Pierola - MORDAZA (Edificio MORDAZA MORDAZA Valdez), Jr. MORDAZA con Jr. Carabaya ­ MORDAZA y Sede de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, por el periodo de 12 meses y por la suma total de S/. 282 700,00 (Doscientos Ochentidos Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles), incluido impuestos y cualquier otro concepto que pueda incidir en el mismo, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Articulo Tercero.- EXONERAR del respectivo MORDAZA de seleccion, por la causal de servicios personalisimos, la contratacion de la Empresa THYSSENKRUPP ELEVADORES S.A.C., para la prestacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores MORDAZA Thyssenkrupp instalados en el Edificio del Jr. MORDAZA con Jr. Carabaya ­ MORDAZA y Palacio Nacional de Justicia ­ MORDAZA, por el periodo de 12 meses y por la suma total de S/. 148 137,24 (Ciento Cuarentiocho Mil Ciento Treintisiete y 24/100 Nuevos Soles), incluido impuestos y cualquier otro concepto que pueda incidir en el mismo, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Sub Gerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas del Poder Judicial se encargue de llevar a cabo la contratacion MORDAZA referida, mediante acciones inmediatas, observando para ello lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, para cuyo efecto se le remitira todo lo actuado. Articulo Quinto.- Los Contratos que se suscriban como consecuencia de la presente exoneracion, deberan observar las disposiciones citadas en el Articulo anterior, debiendo ademas cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades y garantias que establece la ley. Articulo Sexto.- DISPONER que la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 271619-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.