Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2009 (15/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de MORDAZA de 2009

Que, asimismo, de conformidad con el item j del Procedimiento de Fijacion, se efectuo la publicacion del proyecto de resolucion que fija las tarifas y compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision, correspondientes al periodo MORDAZA 2009 ­ MORDAZA 2013, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 023-2009-OS/CD, publicada el 30 de enero de 2009; Que, posteriormente, el dia 10 de febrero de 2009 se realizo la Audiencia Publica Descentralizada para la exposicion de los criterios, metodologias y modelos utilizados en el proyecto de resolucion, la cual se efectuo en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, de conformidad con el item k del Procedimiento de Fijacion; Que, de igual forma, se recibieron los comentarios y sugerencias a la prepublicacion, por parte de los interesados, de conformidad con el item l del Procedimiento de Fijacion; Que, posteriormente, el 01 de MORDAZA de 2009, se publico el Decreto Supremo Nº 021-2009-EM, mediante el cual se modifico el Articulo 139º del Reglamento de la LCE asi como la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 027-2007-EM, con lo cual la primera regulacion conjunta de las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision, ha quedado postergada, del 01 de MORDAZA de 2009 al 01 de noviembre del 2009, lo que obliga a reestructurar el Procedimiento de Fijacion y retomar algunas etapas ya transcurridas; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 169-2007OS/CD, modificada por Resolucion OSINERGMIN Nº 4282007-OS/CD, se aprobaron las tarifas correspondientes a la Transmision Secundaria de las empresas Interconexion Electrica ISA Peru S.A., Red Electrica del Sur S.A. y Red de Energia del Peru S.A., correspondientes al periodo 1 de MORDAZA de 2007 al 30 de MORDAZA de 2009; Que, en el ano 2008, se publico la Resolucion OSINERGMIN Nº 342-2008-OS/CD, con la cual, se modifico las Tarifas y Compensaciones aprobadas por la Resolucion OSINERGMIN Nº 169-2007-OS/ CD, para el periodo MORDAZA 2008 ­ MORDAZA 2009, producto de la aplicacion de las Normas "Procedimiento de Liquidacion Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmision Electrica con modalidad de Contrato BOOT" y ""Procedimiento para la Liquidacion Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmision Electrica del Contrato de Concesion Sistemas de Transmision Electrica ETECEN - ETESUR", aprobadas mediante Resoluciones OSINERG Nº 335-2004-OS/CD y Nº 3362004-OS/CD, en cuyo Articulo 3º de MORDAZA normas, se establece que la liquidacion de los ingresos, se debe efectuar con una frecuencia anual; Que, las normas mencionadas en el parrafo anterior, fueron expedidas en cumplimiento de lo dispuesto en los Contratos de Concesion de las empresas Interconexion Electrica ISA Peru S.A., Red Electrica del Sur S.A. y Red de Energia del Peru S.A., suscritos al MORDAZA del "Texto Unico Ordenado de las Normas con Rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos", aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; Que, es en ese sentido, la prepublicacion efectuada mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 023-2009-OS/ CD, ademas de lo correspondiente a la regulacion de las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision, incluyo el procedimiento de liquidacion para las empresas Interconexion Electrica ISA Peru S.A. y Red Electrica del Sur S.A.; Que, asimismo, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 039-2009-OS/CD, se publico el proyecto de resolucion que fija los Precios en MORDAZA correspondientes al periodo MORDAZA 2009 - MORDAZA 2010, siendo que, producto del analisis de los comentarios recibidos respecto de la indicada prepublicacion, que consta en el Informe Nº 01512009-GART, no corresponde reajustar los peajes de los

Sistemas Secundarios de Transmision aplicables a los usuarios sujetos a regulacion de precios por la energia o potencia (Usuarios Regulados), comprendidos en la Remuneracion Anual correspondiente al Sistema MORDAZA de Transmision de Red de Energia del Peru S.A., de conformidad con lo establecido en el numeral 5.2 del Anexo Nº 7 de su Contrato de Concesion; Que, de acuerdo con el Articulo 25º del "Texto Unico Ordenado de las Normas con Rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos", OSINERGMIN debe velar que se cumplan los terminos y condiciones propuestos en la oferta de los adjudicatarios de los respectivos concursos o licitaciones; Que, por lo expuesto, si bien el Decreto Supremo Nº 021-2009-EM ha postergado la aprobacion de las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision, hasta el mes de noviembre del presente, debe continuarse con el procedimiento de liquidacion correspondiente al presente ano, y modificar las tarifas y compensaciones aprobadas por la Resolucion OSINERGMIN Nº 0169-2007-OS/CD, en cumplimiento de los Contratos de Concesion de las empresas Interconexion Electrica ISA Peru S.A., Red Electrica del Sur S.A. y Red de Energia del Peru S.A. y de las normas "Procedimiento de Liquidacion Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmision Electrica con modalidad de Contrato BOOT" y ""Procedimiento para la Liquidacion Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmision Electrica del Contrato de Concesion Sistemas de Transmision Electrica ETECEN - ETESUR", MORDAZA mencionadas, cuyo detalle se encuentra en los Informes que sustentan la presente resolucion; Que, en ese sentido, se han emitido los Informes Nº 0152-2009-GART y Nº 0142-2009-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y de la Asesoria Legal, de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN, respectivamente, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como, en sus respectivas normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese a partir del 01 de MORDAZA de 2009 al 30 de MORDAZA de 2010, los valores Cargo de Peaje MORDAZA por Transmision Equivalente en Energia (CPSEE) de las Subestaciones Base de Tacna (Los Heroes) y Pucallpa que aparecen en el Cuadro Nº 1 de la Resolucion OSINERGMIN Nº 169-2007-OS/CD y sus modificatorias, de acuerdo con el siguiente detalle:
Subestaciones Tension Base KV Sistemas Electricos a los que se aplica el cargo [1] Tacna, Tomasiri, Yarada y Tarata Instalaciones Secundarias SST Tacna (Los Heroes) - Transf. 220/66/10 kV; 50 MVA [2] SST Aguaytia-Pucallpa, S.E. Aguaytia 220/138/22,9kV, S.E. Pucallpa 138/60/10 kV, Reactor 8MVAR [2] Cargo CPSEE Ctm. S/./kW.h

Tacna (Los Heroes)

66

0,5357

Pucallpa

60

Pucalpa, MORDAZA MORDAZA

1,9737

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