Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2009 (03/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
POR TANTO:

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de diciembre de 2009

B) PAGO FRACCIONADO: El porcentaje de descuento sera de 70%, 60% y 50%, en ese orden, segun el tramo al cual corresponda el valor de la multa en relacion a la UIT establecidas en el presente articulo. Dicho fraccionamiento se sujetara a lo normado en la Ordenanza Nº 099-2003/MVMT. En el caso que los pagos a cuenta realizados sobrepasen el monto de la multa con descuento, se imputara lo pagado a cuenta, y se cancelara la sancion archivandose el valor, y no seran objeto de devolucion o compensacion futura para ninguna obligacion pendiente por pagar. Articulo Septimo.- Reconocimiento de la deuda Con el acogimiento a los beneficios dispuestos con la presente Ordenanza, las personas reconocen expresamente las infracciones que originaron las multas objeto de cancelacion; por lo que no podran presentar reclamo o solicitud de devolucion alguna. Queda entendido ademas que el pago de la multa no libra al infractor de la subsanacion o regularizacion de la situacion que origino la sancion pecuniaria. Articulo Octavo.- Costas y Gastos Administrativos 1. Condonese el 100 % de las costas y gastos administrativos generados en la tramitacion del procedimiento coactivo, de aquellas obligaciones tributarias y no tributarias, que encontrandose en ese estado, cancelen o fraccionen durante la vigencia de la presente Ordenanza. 2. Condonese el 100 % de las costas y gastos administrativos generados en la tramitacion del procedimiento coactivo, de aquellas obligaciones tributarias y no tributarias, que encontrandose en ese estado, se hayan cancelado o fraccionado hasta MORDAZA de la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Noveno.- Fraccionamientos con cuotas vencidas Aquellos contribuyentes que hayan suscrito Convenios de Fraccionamiento por deudas tributarias y no tributarias y mantengan cuotas vencidas, podran cancelar las mismas sin intereses moratorios respectivos. Incluyase tambien aquellos contribuyentes a quienes se les hubiera resuelto los Convenios mediante la Resolucion de Perdida de Beneficio de Fraccionamiento, mientras dure la vigencia del presente beneficio. Articulo Decimo.- Desistimiento de Expedientes Administrativos y tributarios Con el acogimiento a los beneficios dispuestos con la presente Ordenanza, los contribuyentes o administrados que tengan expedientes administrativos en tramite en cualquier etapa administrativa, desisten de su pretension, sin que medie escrito formal en ese sentido, debiendose derivar dicho expediente al archivo central con el informe emitido por el area en el cual se encuentra, adjuntandose MORDAZA del comprobante que acredite el pago de la obligacion relacionada con el expediente en tramite.

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAHUARA
Autorizan viaje del MORDAZA distrital para participar en reuniones de trabajo y verificar sistema de transporte integrado en Colombia
ACUERDO MUNICIPAL Nº 145 -2009-MDY
Yanahuara, 26 de noviembre del 2009 VISTO: El Expediente Nro. 13075-2009 Centro de Transporte Sostenible y Salud; y 12022-2009 de la Municipalidad Provincial de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley 27680, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; La Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en su articulo 9 Inc. 11 senala que es facultad del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los Regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, la Municipalidad provincial de MORDAZA tiene en Proyecto la implementacion del Sistema Integrado del Transporte Publico, con el apoyo de la Corporacion MORDAZA de Fomento y EMBARQ, con el cual se piensa mejorar el transporte masivo de la MORDAZA, haciendolo optimo en beneficio de la ciudad; en tal sentido EMBARQ, esta invitando al MORDAZA de la Municipalidad de Yanahuara a participar de las experiencias exitosas del Sistemas de Transporte Publico que operan actualmente en las ciudades de Bogota y MORDAZA, en el MORDAZA hermano de Colombia y los gastos que demanden la mision de trabajo seran cubiertos con cargo al Convenio MORDAZA Cooperacion MORDAZA de Fomento ­ Municipalidad Provincial de MORDAZA y los gastos de las tasas de embarque nacional e internacional debera ser asumida por la municipalidad de Yanahuara; Estando a lo senalado, lo aprobado por unanimidad en Sesion Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 25 de noviembre del 2009, y de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE ACUERDA: Articulo 1º.- Autorizar al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Yanahuara Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gamero para que viaje al MORDAZA de Colombia, para participar en las reuniones de trabajo y verificar el Sistema de Transporte Integrado de las ciudades de Bogota y MORDAZA entre los dias 02 al 07 de diciembre de 2009. Articulo 2º.- Los gastos de las tasas de embarque nacional e internacional seran cubiertos en su integridad con recursos propios por la Municipalidad Distrital de Yanahuara, por cuanto los viaticos y demas gastos que generen el viaje seran cubiertos por la Corporacion MORDAZA de Fomento y la Municipalidad Provincial de Arequipa. MORDAZA MORDAZA GAMERO MORDAZA de Yanahuara

DISPOSICION COMPLEMENTARIA
Unica.- Los Convenios de Fraccionamiento que se suscriban durante la vigencia de la presente Ordenanza, se efectuaran a traves de la Subgerencia de Recaudacion.

DISPOSICIONES FINALES
Primero.- FACULTESE al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones reglamentarias a que hubiere lugar para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, incluyendo la prorroga de la vigencia del beneficio. Segundo.- La presente Ordenanza denominada "CAMPANA NAVIDENA VILLAMARIANA 2009" entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de diciembre del presente ano. Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Agencias Municipales de Desarrollo, Subgerencia de Informatica; y, a la Subgerencia de Comunicacion e Imagen Institucional, la difusion de la presente Ordenanza.

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