Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2009 (01/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de febrero de 2009

Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1°.- Autorizacion al FONCODES Autorizase excepcionalmente a la Unidad Ejecutora 004 Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social ­ FONCODES del pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, a gestionar a traves de la modalidad de Nucleo Ejecutor, las adquisiciones a la Micro y Pequena Empresa ­ MYPE de carpetas, uniformes, calzado, chompas y buzos, para la poblacion escolar y los centros educativos ubicados preferentemente en las zonas de pobreza a nivel nacional. Para tal efecto, el FONCODES coordinara con los Ministerios de Educacion y de la Produccion, segun corresponda, la determinacion de la poblacion objetivo y las caracteristicas tecnicas de los bienes. Articulo 2º.- Financiamiento Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 150 000 000,00), para que MORDAZA destinados al financiamiento de las adquisiciones a que se refiere el articulo 1° del presente Decreto de Urgencia, de acuerdo al detalle siguiente:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Economia y Finanzas Administracion General Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO CATEGORIA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia TOTAL A LA : SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO CENTRAL 039 : Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social 004 : Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social - FONCODES (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios TOTAL 150 000 000,00 ----------------------150 000 000,00 ============= 150 000 000,00 --------------------150 000 000,00 ============ 1 : Recursos Ordinarios : 009 : 001 : 03 :

3.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Actividades, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 3.3. La Oficina de Presupuesto del Pliego instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4°.- De los procedimientos y condiciones de adquisicion El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Educacion y por la Ministra de la Produccion, establecera las normas reglamentarias sobre conformacion y administracion de los Nucleos Ejecutores, incluyendo el manejo de los fondos publicos a traves del Banco de la Nacion. Asimismo, el citado Decreto Supremo dispondra los procedimientos de adquisicion de los bienes sujetandose a principios de transparencia, imparcialidad y eficiencia, asi como la determinacion y cantidad de los bienes, seguimiento y supervision, entre otros. Articulo 5°.- De la transparencia El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES y el FONCODES deberan publicar en sus portales institucionales las acciones realizadas y los resultados de la aplicacion de la presente norma. Asimismo, el Ministerio de la Produccion supervisara la verificacion y seguimiento de la adecuada aplicacion de la presente MORDAZA, sin perjuicio de las acciones que sobre el particular correspondan al FONCODES. Articulo 6º.- Plazo de ejecucion de los recursos Dispongase que los recursos habilitados por el articulo 2° de la presente MORDAZA, podran ser ejecutados dentro de los seis (6) meses de entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia. Los saldos presupuestales no ejecutados al vencimiento del indicado plazo se transfieren mediante Decreto Supremo a la Reserva de Contingencia. Articulo 7°.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas, por el Ministro de Educacion, por la Ministra de la Produccion, y por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de enero del ano dos mil nueve MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion MORDAZA MORDAZA VILDOSO MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 308103-1

Articulo 3º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 3.1. El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 2º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

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