Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2009 (11/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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Prestadoras que incluyan como un factor de competencia, el Cargo de Acceso que propone pagar el Usuario Intermedio, el precio del servicio que se prestara al usuario final o una combinacion de ambos, entre otros; o, requerir la inclusion de condiciones que MORDAZA necesarias para que la participacion de los Usuarios Intermedios que MORDAZA filiales o vinculados a la Entidad Prestadora, no obtengan un tratamiento privilegiado o violatorio de los Principios de neutralidad o de no-discriminacion. El incumplimiento de esta obligacion sera sancionado conforme el Reglamento de Infracciones y Sanciones." "Anexo 1: Lista de Facilidades Esenciales sujetas al REMA AEROPUERTOS · Rampa. · Areas de parqueo de equipos. · Areas de maniobra en tierra. · Vias y areas de MORDAZA interno. · Areas de procesamiento de pasajeros y equipaje. · Planta de combustible, red de almacenamiento y distribucion. PUERTOS · Senalizacion portuaria. · Obras de abrigo o defensa. · Poza de maniobras y rada interior. · Muelles. · Amarraderos. · Vias y areas de MORDAZA interno. · Areas para atencion de pasajeros y equipaje. · Areas de Maniobras. · Planta de combustible, red de almacenamiento y distribucion. · Areas de parqueo de equipos. VIA FERREA · Linea ferrea. · Patios de maniobras y sus correspondientes desvios. · Desvios. · Estaciones ferroviarias de carga y descarga de mercancias y embarque y desembarque de pasajeros. El acceso a estas facilidades esenciales esta sujeto a los derechos que sobre ellas tengan quienes las proveen." "Anexo 2: Lista de Servicios Esenciales sujetos al REMA AEROPUERTOS · Rampa o asistencia en tierra (autoservicio/terceros). · Abastecimiento de combustible. · Atencion de trafico de pasajeros y equipaje (oficinas necesarias para las operaciones y counters). · Mantenimientos de aeronaves en hangares y otras areas para aerolineas. PUERTOS · Estiba y desestiba. · Transferencia o traccion de carga. · Practicaje. · Remolcaje. · Amarre y desamarre. · Embarque y descarga de carga. · Abastecimiento de combustible VIAS FERREAS · Uso de via ferrea. · Embarque y desembarque de carga y pasajeros. · Provision de combustible. · Alquiler de areas operativas para la atencion de trafico de pasajeros y equipaje."

"Anexo 3: Principales metodologias para la determinacion de los cargos de acceso por parte de OSITRAN. 1. Costo incremental de largo plazo El cargo de acceso es calculado a partir del incremento en los costos directos de largo plazo, atribuible a la inversion y operacion de un servicio esencial. Dichos costos permiten cubrir costos de operacion, las inversiones necesarias e incluye el costo de capital de la Entidad Prestadora. 2. Costos Completamente Distribuidos Considera la asignacion de los costos historicos directos e indirectos (o compartidos) mediante reglas de imputacion (costeo basado en actividades, entre otros). 3. Empresa modelo eficiente Consiste en determinar el cargo de acceso a partir de los costos indispensables para proveer la Facilidad Esencial en forma eficiente, de acuerdo a la tecnologia disponible y niveles de calidad establecidos. La empresa eficiente es aquella que opera al minimo costo con la mejor tecnologia disponible en ese momento y los estandares de calidad exigidos, adaptandose a las condiciones geograficas y demanda que enfrenta. 4. Por comparacion (benchmarking) Consiste en determinar los cargos de acceso en funcion de comparaciones relevantes de cargos de acceso de otras infraestructuras de transporte con caracteristicas similares. Es util particularmente en el caso de servicios para los que no se cuenta con informacion confiable de los costos. Incluye el calculo del cargo de acceso como un porcentaje (%) de los ingresos del Usuario Intermedio."El presente Reglamento estable los alcances de esta metodologia en el articulo 28º." Articulo 2º.- Establecer que las modificaciones del Reglamento MORDAZA de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Publico de OSITRAN, a que se refieren los articulos precedentes, entraran en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion, asi como la Exposicion de Motivos correspondiente, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Articulo 4º.- Autorizar la publicacion de la matriz de comentarios, sugerencias y observaciones a la propuesta de modificaciones del Reglamento MORDAZA de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Publico de OSITRAN, en la pagina web de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). MORDAZA MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente del Consejo Directivo MODIFICACION DEL REGLAMENTO MORDAZA DE ACCESO A LA INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO EXPOSICION DE MOTIVOS I. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACION Con la finalidad de velar y garantizar el acceso a la infraestructura de transporte de uso publico, sujeto al cumplimiento de requisitos legales, tecnicos y contractuales correspondientes, OSITRAN aprobo Reglamento MORDAZA de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Publico (REMA), mediante Resolucion Nº 034-2001-CDOSITRAN, modificado por Resolucion Nº 054-2005-CDOSITRAN y la Resolucion Nº 014-2003-CD-OSITRAN. El REMA establece las reglas, principios y procedimientos para garantizar el acceso a la infraestructura con la finalidad de generar el bienestar a los usuarios finales por la via de una mayor competencia, o por la utilizacion de mecanismos de MORDAZA mediante los cuales se obtenga resultados similares a los de una situacion competitiva.

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