Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2009 (06/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de junio de 2009

Que, el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de los acuerdos de negociacion de tratados comerciales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru, entre otros, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y dentro de sus competencias se encuentra la de ejecutar la politica aerea nacional; Que, mediante Carta Nº CLAC 1.5.4.9/251, el Secretario de la Comision Latinoamericana de Aviacion Civil, invita a las autoridades aeronauticas, operadores aeroportuarios, lineas aereas y organismos reguladores de contratos de concesion, a participar en el MORDAZA / Taller sobre "Transporte y Politica Aerea", que se desarrollara en la MORDAZA de Guatemala, Guatemala, del 09 al 12 de junio de 2009; Que, el MORDAZA citado precedentemente, tiene por objetivo, lograr que los especialistas debatan diferentes temas relacionados a la politica y gestion del transporte aereo, contribuyendo asi a la integracion regional del transporte aereo; Que, debido a la importancia de los temas a tratar, resulta necesaria la participacion del senor MORDAZA Momiy MORDAZA, Director de Regulacion y Promocion de la Direccion General de Aeronautica Civil y MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Abogada de Politica Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil; Que, la participacion de los mencionados profesionales, permitira ampliar sus conocimientos respecto a temas como oferta y demanda en el transporte aereo, monopolios, gestion aeroportuaria, rendimiento economico, negociaciones, planes de desarrollo aeronautico, entre otros, con lo cual, permitira a nuestra organizacion la realizacion de una gestion profesional De conformidad con la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Momiy MORDAZA, Director de Regulacion y Promocion de la Direccion General de Aeronautica Civil y MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Abogada de Politica Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Guatemala, Guatemala, del 08 al 13 de junio de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje seran cubiertos por el Convenio de Gestion de Servicios PER/07/801, de acuerdo a la Autorizacion de Beca/Mision Int. Nº 005-05-2009 y al siguiente detalle:
Pasajes Viaticos Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto US$ 1,864.08 US$ 2,000.00 US$ 62.00

General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 357639-11

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 402-2009-MTC/01 MORDAZA, 3 de junio de 2009 VISTO: El Informe Nº 293-2009-MTC/12 del 15 de MORDAZA de 2009 emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 218-2009-MTC/12.04 del 13 de MORDAZA de 2009 emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizaran los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean;

Articulo 3º.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de su retorno al MORDAZA, los profesionales mencionados, deberan presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los profesionales mencionados en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, deberan presentar dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina

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