Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2009 (07/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
ORDENANZA:

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de marzo de 2009

de los Gobiernos Regionales es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, al MORDAZA de las politicas del Acuerdo Nacional, y la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que en su Articulo 60º, establece como funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, formular, aprobar y evaluar las politicas en materia de desarrollo social, en concordancia con la politica general del Gobierno Nacional, los Planes Sectoriales y los Programas correspondientes de los Gobiernos Locales; asi como formular politicas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevencion de la violencia politica, familiar y sexual. Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-07-PCM se establecen las politicas nacionales en materia de Igualdad de Hombres y Mujeres, entre las cuales se senala el Impulsar en la sociedad en sus acciones y comunicaciones, la adopcion de valores, practicas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminacion de las mujeres y la erradicacion de la violencia familiar y sexual. Que, en concordancia con las recomendaciones, convenciones y declaraciones de caracter Internacional, aprobada y suscritas por el Estado Peruano entre las que tenemos: La Convencion sobre la eliminacion de todas las formas de discriminacion contra la Mujer (CEDAW), la Recomendacion General Nº 19º del 11º Grupo de Sesiones de la ONU, Declaracion sobre la Eliminacion de la Violencia contra la Mujer (Resolucion de la Asamblea General 48/104 del 20 de Diciembre de 1993 de la ONU, Convencion Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer "Convencion de Belem do Para" (1984). Que, la violencia contra la mujer, los ninos, las ninas, los adolescentes, los adultos y los adultos mayores, de acuerdo a informes nacionales e internacionales, es uno de los problemas mas severos que se padecen en el MORDAZA y en la Region MORDAZA, la misma que es afrontada a lo largo de todo el ciclo de MORDAZA de las personas afectadas y en cada espacio donde desarrollan su vida. Que, considerando las estadisticas nacionales registran que el 41.2% de las mujeres sufre violencia fisica por parte de la MORDAZA y 70 de cada 100 mujeres ha sufrido violencia familiar. Asimismo en la Region MORDAZA, se ha verificado que la problematica de violencia contra la mujer, los ninos, las ninas y los adolescentes en las familias y en los espacios publicos persiste con MORDAZA y complicidad social. Que, segun los registros oficiales del Centro Emergencia Mujer de MORDAZA ha realizado atenciones desde el mes de enero del 2002 a diciembre del 2007 a un total de 4,968 casos de Violencia Familiar y Sexual, de los cuales el 86% son mujeres y el 14% son varones. De los 1,278 casos de ninas, ninos y adolescentes atendidos por algun MORDAZA de violencia intrafamiliar o abuso sexual el 18.39% (235 casos) tienen hasta 5 anos de edad. El 38.97% (498 casos) tienen entre 6 y 11 anos de edad, mientras que el 42.64% tienen entre 12 y 17 anos de edad (545 casos). Que, es necesario fortalecer el rol comunitario a traves del apoyo de todos los organismos que tienen presencia en una determinada MORDAZA o comunidad, realizando actividades para sensibilizar a la poblacion, promoviendo la toma de conciencia sobre la problematica; la magnitud y los efectos nefastos que genera la violencia sobre todo en los ninos y adolescentes. Por lo que, estando en uso de las facultades concedidas por el articulo 13° y 37° inc. A) de la Ley N° 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 27902; el inciso a) del articulo 14° del Reglamento Interno del Consejo Regional , aprobado por O.R. N° 0092006-CR-GRM; el Consejo Regional de MORDAZA, por votacion unanime de sus miembros, ha dado la siguiente;

Articulo Primero.- Modifiquese los extremos de la Ordenanza Regional Nº 20-2007-CR/GRM en los siguientes extremos: "Articulo Primero.- DECLARAR DE NECESIDAD E INTERES REGIONAL el Plan y Programa Regional contra la violencia Familiar y sexual frente a todo MORDAZA de violencia (fisica, psicologica y sexual) reduciendo los altos indices de incidencia de violencia familiar y sexual contra mujeres, ninos, ninas, adolescentes adultos mayores y personas con discapacidad como una problematica de caracter social. Articulo Segundo.- Dar la Formalidad Institucional a la Mesa Multisectorial contra la Violencia Familiar y Sexual ­ Region MORDAZA integrada por representantes de las instituciones del Sector Publico, Sector Privado y Representantes de la Sociedad Civil a quien se encargara de preparar el Plan y Programa de Prevencion en Violencia Familiar y Sexual contra mujeres, ninos, adolescentes y adultos mayores a la realidad regional; el que se constituira como un instrumento para la atencion, ejecucion, monitoreo y evaluacion. La Mesa Multisectorial estara integrada por: Gobierno Regional de MORDAZA, Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA, Ilo y MORDAZA Cerro, el Centro de Emergencia Mujer-MIMDES, Policia Nacional del Peru, Poder Judicial, Ministerio Publico, Defensoria del Pueblo, Red Nacional de Mujer, y Federacion de Clubes de Madres y la Direccion Regional de Salud. Articulo Tercero.- La mencionada Comision estara conformada por : - Un representante del Centro de Emergencia Mujer ­MIMDES quien la presidira . - Un representante del Gobierno Regional quien ejercera la Secretaria Tecnica. - Un representante del Sector Publico (Municipalidad Mariscal MORDAZA, Ilo y MORDAZA Cerro Direccion Regional de Salud, Direccion Regional de Educacion, Defensoria del Pueblo, Poder Judicial, Ministerio Publico, Policia Nacional del Peru, a razon de un representante por cada una de las instituciones senaladas) . - Un representante del Sector Privado. - Un representante de la Sociedad Civil. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a las Direcciones Regionales de Educacion y Salud incorporen dentro de sus actividades la Prevencion de la Violencia basada en Genero. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social articular acciones con el Centro de Emergencia Mujer para que brinde su asesoria y apoyo, en calidad de ente rector en materia de politicas publicas de atencion y prevencion orientado a disminuir la violencia familiar y sexual, en las acciones de planificacion, implementacion , monitoreo y evaluacion. Articulo Sexto.- COMPROMETER a los Gobiernos provinciales para que incorporen en sus respectivas agendas el desarrollo de planes de prevencion a fin de coadyuvar al exito de la aplicacion de las estrategias que prevengan y atiendan a las victimas de violencia familiar y sexual en las provincias de la Region Moquegua" Articulo Setimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que a partir del ejercicio 2009; prevea los recursos financieros para la ejecucion de Programas Sociales del Gobierno regional de MORDAZA obligatoriamente, asimismo incorporen en los planes y programas acciones y estrategias que contribuyan a la proteccion prevencion y disminucion de la violencia familiar y sexual en la region Moquegua." Articulo Segundo.- Remitase MORDAZA de la presente Ordenanza Regional a la Presidencia Regional, Vicepresidencia Regional, Consejeros Regionales, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento

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