Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2009 (31/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 31 de MORDAZA de 2009

uso para el que fue adjudicado a la Municipalidad Distrital de Ate. Que, la UCV 189 MORDAZA "A", del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, cuenta con Saneamiento Fisico Legal, inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de MORDAZA ­ SUNARP, cuyo antecedente registral se encuentra con codigo de predio PO2010454, de la misma forma el Lote 34 A se encuentra inscrito en SUNARP, con codigo de predio PO2136961, asimismo COFOPRI afecta en uso el predio a favor de la Municipalidad de Ate, con el objeto de que lo destine al desarrollo especifico de sus funciones destinado a Parque/Jardin, asi tambien se indica que en caso la Municipalidad destine el lote materia de la presente afectacion, en uso a un fin distinto al asignado, la presente afectacion quedara cancelada. Que, mediante Informe Tecnico Nº 016-JCCR-2009, la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, opina que de acuerdo a la situacion existente no procederia la Desafectacion de Uso de Suelo de este bien de uso publico, por no encontrarse en una de las causales que implicaria la desafectacion del mismo, ya que dicha area destinada a MORDAZA no ha perdido la naturaleza que justifico su inclusion en esta categoria de bienes. Que, mediante Informe Nº 407-2009-MDA/OGAJ la Oficina General de Asesoria Juridica, opina que no corresponderia la desafectacion del area materia de solicitud, al no encontrarse enmarcado dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 296-MML, Art. 28º, inciso b, asimismo, considera se remitan los actuados a la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas del Concejo Municipal, con la finalidad de que sea evaluada la propuesta de Desafectacion y posteriormente se emita el Acuerdo de Concejo correspondiente, disponiendose ademas la remision de los actuados a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de acuerdo al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 296-MML, modificada por la Ordenanza Nº 786-MML. Que, mediante Ordenanza Nº 296-MML, publicada el 23 de diciembre del 2000, el Art. 28º establece que los bienes de uso publico pueden ser desafectados: a) Como consecuencia de un cambio en la regularizacion de los mismos de acuerdo a la Ley, b) Por la perdida de la naturaleza que justifico su inclusion en esta categoria de bienes, c) como consecuencia de que los planes urbanos o estudios Urbanos Especiales se aprueben, mediante Ordenanza del Concejo Metropolitano de MORDAZA, proyectos de reestructuracion o de adecuacion MORDAZA o renovacion MORDAZA que implique modificaciones en la estructura MORDAZA existente. Que, mediante Ordenanza Nº 786-MML, que modifica el articulo 29º de la Ordenanza Nº 296-MML y el articulo 5º de la Ordenanza Nº 341-MML, establece que las desafectaciones en todos los casos, inclusive las de bienes de uso publico, cuyos titulares MORDAZA las Municipalidades Distritales, seran aprobadas mediante Ordenanza Metropolitana con Dictamenes de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y Asuntos Legales del Concejo Metropolitano y previa opinion de la Municipalidad Distrital. Que, el inciso 6) del articulo 56º, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que son bienes de propiedad municipal los aportes provenientes de las habilitaciones urbanas. De igual modo los articulos 59° y 65° del referido precepto legal establece que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotacion, arrendados o modificado su estado de posesion o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por Acuerdo de Concejo Municipal, estando facultadas las municipalidades para ceder en uso o conceder en explotacion bienes de su propiedad, a favor de personas juridicas del sector privado, a condicion de que MORDAZA destinados exclusivamente a la realizacion de obras o servicios de interes, o necesidad social, fijando un plazo, que segun lo establece el Codigo Civil en su articulo 1001°, en el caso de uso, disfrute, explotacion del bien ajeno, su plazo no podra exceder de treinta (30) anos. Que, mediante Dictamen Nº 017-2009-MDA/ CDUyOP la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, recomienda Aprobar el Acuerdo de Concejo que desaprueba la Desafectacion de Uso de Suelo del

terreno de 96.70 m², que forma parte de un area mayor correspondiente al area de Parque/Jardin, ubicado en el Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, UCV 189, Lote 34 A, MORDAZA "A" del distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, solicitando se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobacion correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA por mayoria de los senores regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, SE ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR el Dictamen Nº 017-2009MDA/CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, sobre Desaprobar la Desafectacion de Uso de Suelo del terreno de 96.70 m², que forma parte de un area mayor correspondiente al area de Parque/Jardin, ubicado en el Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, UCV 189, Lote 34 A, MORDAZA "A" del distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, en merito a las consideraciones MORDAZA expuestas. Articulo 2º.- DISPONER la Trascripcion y Publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y poner en conocimiento del presente a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro para los fines convenientes. Articulo 3º.- DISPONER a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, remitir los actuados a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para la continuacion del procedimiento, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 296-MML y Ordenanza Nº 786-MML. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 352186-3

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Declaran en estado de emergencia la MORDAZA del Rio Lurin del distrito de Cieneguilla
ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-2008-MDC Cieneguilla, 30 de octubre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 71-2008-DC-MDC, de fecha 21 de Octubre del 2008, del Secretario Tecnico de Defensa Civil de la Municipalidad de Cieneguilla, sobre la situacion de los puntos criticos y las zonas vulnerables en la MORDAZA del Rio Lurin en el distrito de Cieneguilla y el Informe Nº 3302008-GAJ-MDC de fecha 25.10.2008 de la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de vistos, la Secretaria Tecnica de Defensa Civil de la corporacion municipal, informa que dandose cumplimiento a las disposiciones emanadas de INDECI, ha elaborado el Plan de Contingencia y/o Emergencias de Defensa Civil del Distrito de Cieneguilla, que anexa, en donde se hace

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