Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2009 (21/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406377

referido a las funciones de las municipalidades en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo. Que, respecto a la propuesta en mencion la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a traves del Informe Nº 18512009-MVES-GDESUR/sgCCU de fecha 14.10.2009, opina favorablemente por la modificacion del costo del procedimiento en cuestion mas no por la modificacion del tiempo de emision de dichas constancias de 10 dias a 6 dias, ya que resultarian insuficientes para la optima atencion del expediente administrativo, ya que deben programarse inspecciones tecnicas, emitir informes, etc. Que, por otro lado es preciso senalar que, el numeral 38.5) del articulo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, senala que Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se podra realizar directamente por una MORDAZA subalterna a la que fue utilizada para la aprobacion inicial del MORDAZA (Ordenanza Municipal), que en el caso concreto es un Decreto de Alcaldia. En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicara la modificacion de acuerdo con la modificatoria del parrafo 38.3. del articulo 38º de la Ley Nº 27444 GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO 67 MORDAZA DE POSESION (solo para tramite en empresas de servicios basicos). Base Legal Constitucion Politica del Peru, Articulo 12º, Inciso 20º Ley Nº 27444 Ley Nº 27972 Codigo Civil NUEVOS SOLES 40.44

Que, mediante el Informe Nº 803-2009-OAJ/MVES de fecha 16.10.2009, la Oficina de Asesoria Juridica opina que, en caso se acoja la propuesta realizada de la reduccion de tasa, debera ser implementada mediante Decreto de Alcaldia, conforme lo establece el articulo 38º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444; en tanto que en caso se reduzca el requisito f) MORDAZA del reporte predial, es necesario que en el Decreto se establezca (a fin de verificar la inscripcion en el registro de predios de la Municipalidad de MORDAZA El Salvador) que la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, debe evaluar e insertar al expediente, el reporte predial (tramite que podria ser asumido por la Comuna, adecuandose a los requisitos establecidos en la mencionada Ley) verificando si dicho tramite modificaria la estructura de costos presentada. Estando a lo solicitado; en uso de las atribuciones conferidas en los Incisos 1 y 6 del Articulo 20º asi como el Articulo 39º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. SE DECRETA: Articulo 1º. Aprobar la modificacion del Procedimiento Administrativo Nº 67º del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) denominada "Constancia de Posesion", conforme al siguiente detalle:

REQUISITOS a) Solicitud b) MORDAZA del D.N.I c) Documento que acredite posesion o propiedad d) Declaracion Jurada fedateada de ser unico propietario o posesionario e) MORDAZA anterior de ser el caso f) Acreditacion de poder vigente en caso de representacion

CALIFICACION AUT. SAP SAN 10 d

INICIO DE TRAMITE Unidad de Administracion Documentaria y Atencion al Usuario

AUTORIDAD QUE APRUEBA Gerente de Desarrollo MORDAZA

RESUELVE RECURSOS IMPUGNATORIOS Reconsideracion Gerente de Desarrollo MORDAZA Apelacion Gerente Municipal

Articulo 2º Encargar a la Gerencia Municipal, en coordinacion con las demas gerencias y organos de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
425157-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Declaran como MORDAZA intangible todo el perimetro interno y externo de la Plaza de MORDAZA del distrito capital de la provincia de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2009-AL/CPB

Proyecto de Ordenanza Municipal Declarando MORDAZA Rigida para el Comercio Ambulatorio y Cualquier otra Actividad y/o Espectaculo Publico No Deportivo en todo el Perimetro de la Plaza de MORDAZA del Distrito Capital de la Provincia de Barranca. CONSIDERANDO Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las municipalidades son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Constitucion del Estado en su inciso 8) del articulo 195º senala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo y son competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educacion, salud, vivienda, saneamiento, transporte colectivo, circulacion y MORDAZA, turismo, cultura, recreacion y deporte conforme a ley. Que, el articulo 82º de la Ley Nº 27972 LOM, numeral 15) senala que las municipalidades en materia

EL MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 28 de octubre del 2009, en la Estacion Orden del Dia, el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.