Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2009 (24/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de setiembre de 2009

Articulo Segundo.- Disponer la obligatoriedad del pintado y/o limpieza de fachadas de los inmuebles publicos y privados, bajo pena de sancion. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Imagen Institucional, Educacion y Cultura, Oficina de Secretaria General y Sub Gerencia de Fiscalizacion y Administracion Tributaria, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA 401097-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Consolidan la residencialidad del Sector Catastral 09 del distrito de MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA N° 326-MDJM MORDAZA MORDAZA, 21 de setiembre del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son los organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, entre los que se encuentra la de planificar el desarrollo MORDAZA de sus circunscripciones, conforme lo establecen los articulos 194 y 195 numeral 6, de la Constitucion Politica del Peru; Que, en virtud de lo senalado en la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, en su articulo 79, paragrafo 3, numerales 3.2., 3.6. y 3.6.2., son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, autorizar y fiscalizar la ejecucion del plan de obras de servicios publicos y privados que afecten o utilicen la via publica o zonas aereas, asi como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental; ademas de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica; Que, mediante Informe N° 151-09-GDUyA y el Nº 315-MDJM/SGLAyDC, de fecha 18 de setiembre del 2009, propone al Concejo Municipal proteger la residencialidad de la MORDAZA Catastral 9, precisandose que toda autorizacion de Habilitacion MORDAZA, Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificaciones, Licencia de Obra de Demolicion, Licencia de Obra para Edificacion en todas sus modalidades, Licencia de Funcionamiento y MORDAZA de Zonificacion y Usos emitidos, queden sin efecto; y se amplie la suspension a los tramites iniciados de Habilitacion MORDAZA y Constancias de Zonificacion y Usos, a fin de velar por la residencialidad, tranquilidad y seguridad de los vecinos y en tanto se establezca la reglamentacion que se adecue a la realidad urbanistica, constructiva y funcional que hoy en dia registra la MORDAZA Catastral 9 del distrito de MORDAZA Maria; preservando la residencialidad ya existente.

Que, mediante Informe Nº 1553-2009/MDJM-GAJyRC, la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil, de fecha 19 de setiembre del 2009, ha opinado por la procedencia legal de lo solicitado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ambiental; Que, corresponde al gobierno local buscar el Bien Comun de su comunidad como fundamento indispensable de la existencia de la sociedad en su conjunto aun cuando existan intereses particulares que deben estar subordinados al interes publico o bienestar general; en tal virtud, el Tribunal Constitucional ha definido al interes publico como "...el conjunto de actividades o bienes que, por criterio de coincidencia, la mayoria de los ciudadanos estima, meritua o tasa como `algo' necesario, valioso e importante para la coexistencia social. En otras palabras, todo aquello que, por consenso, se comparte y considera como util y valioso y hasta MORDAZA para la sociedad, al extremo de obligar al Estado a titularizarlo como uno de los fines que debe perseguir en beneficio de sus miembros. Por tal imperativo, el cuerpo politico jamas podra tener como objetivo la consagracion de intereses particulares. En el interes publico confluyen las expectativas de la sociedad y la actuacion del Estado...y en ese contexto crear los instrumentos eficaces de proteccion e instaurar las acciones que viabilicen la defensa de dicho interes publico" (STC del 15 de junio del 2004; Exp. Nº 32832003-AA-TC); El interes publico que subyace en la presente MORDAZA son los Derechos Constitucionales al bienestar, a la paz, a la tranquilidad, asi como gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la MORDAZA de los vecinos, reconocidos en los numerales 1 y 22 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru; Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE CONSOLIDA LA RESIDENCIALIDAD DEL SECTOR CATASTRAL 09 DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- En tanto no sea aprobada la nueva zonificacion del distrito de MORDAZA MORDAZA, por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, quedan suspendidos los tramites de Habilitacion MORDAZA y Constancias de Zonificacion y Usos de la MORDAZA catastral 09 del distrito de MORDAZA Maria. Articulo Segundo.- En tanto no sea aprobada la nueva zonificacion del distrito de MORDAZA MORDAZA, por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, quedan suspendidas las autorizaciones emitidas de: Habilitacion Urbana; Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificaciones; Licencia de Obra de Demolicion; Licencia de Obra para Edificacion, en todas sus modalidades; Licencia de Funcionamiento y MORDAZA de Zonificacion y Usos; otorgadas de la MORDAZA catastral 09 del distrito de MORDAZA Maria. Articulo Tercero.- Exceptuese de la presente MORDAZA las autorizaciones otorgadas para los giros considerados como comercio menor, comprendidos en el Indice de Usos de la Ordenanza 1017-MML, que aprobo el reajuste integral de la zonificacion de los usos del suelo de los distritos de Brena, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Lince y Pueblo Libre. Articulo Cuarto.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ambiental y sus unidades organicas el cumplimiento de la presente Ordenanza; asi como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusion. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 400625-1

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