Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2010 (01/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de diciembre de 2010

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29620
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
PRIMERA.- Infraestructura Transfierese a la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba para su funcionamiento la infraestructura de la sede de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA en la MORDAZA de Quillabamba. SEGUNDA.- Transferencia del personal docente y administrativo El personal docente y administrativo de la sede de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA en la MORDAZA de Quillabamba pasa a formar parte de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba manteniendo su escala remunerativa y sus derechos adquiridos, una vez que concluya el desarrollo de su Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) y MORDAZA concluidos los tramites necesarios para el inicio de su funcionamiento. TERCERA.- Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) En un plazo de quince (15) dias a partir de la vigencia de la presente Ley, el Poder Ejecutivo, a traves del Ministerio de Educacion, designa a la comision que debe elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba. CUARTA.- Alumnado Los alumnos que vienen cursando estudios en la sede de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA en la MORDAZA de Quillabamba continuan realizandolos siguiendo el curriculo y los planes de estudio que rigen al momento de entrar en vigencia la presente Ley.

LEY QUE CREA LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA
Articulo 1º.- Creacion de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba Crease la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba como persona juridica de derecho publico interno con sede en la MORDAZA de Quillabamba, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA, sobre la base de las carreras profesionales de Agronomia Tropical, Ingenieria de Industria Alimentaria y Ecoturismo de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA con sede en la MORDAZA de Quillabamba. Articulo 2º.- Fines de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba Son fines de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba los contemplados en la Ley num. 23733, Ley Universitaria. Articulo 3º.- Carreras profesionales La Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba brinda inicialmente las carreras profesionales que actualmente viene ofreciendo la sede de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del Cusco. Posteriormente, amplia su oferta de estudios con las carreras profesionales contenidas en su Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI). Articulo 4º.- Rentas de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba Son rentas de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba las siguientes: a) Las actuales partidas consignadas en el presupuesto de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA para el funcionamiento de su sede en la MORDAZA de Quillabamba. b) Las provenientes de la transferencia realizada por el Gobierno Regional del MORDAZA a merito de lo establecido en la Ley num. 27506, Ley de Canon, y sus modificatorias. c) Las que le asigne el Gobierno Central mediante las respectivas partidas presupuestales. d) Las provenientes de las donaciones y legados que reciba, conforme a las disposiciones legales vigentes. e) Las que resulten de su funcionamiento y de sus bienes propios. f) Las transferencias que reciba de los gobiernos regionales y locales, de otros entes descentralizados y de la cooperacion internacional. Articulo 5º.- Comision organizadora El Poder Ejecutivo designa, mediante el Ministerio de Educacion, a la comision organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba de conformidad con lo prescrito en la Ley num. 23733, Ley Universitaria, y la Ley num. 26439, Ley de creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (Conafu), o el que haga sus veces, que faculta su funcionamiento acorde con su Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI). Articulo 6º.- Vigencia de la Ley La presente Ley entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA.- Elaboracion de presupuesto Una vez que la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba cuente con la organizacion, conforme a lo normado por la Ley num. 23733, Ley Universitaria, procede a elaborar su presupuesto, de conformidad con su Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) y la ley de presupuesto del sector publico para el ano fiscal respectivo. SEGUNDA.- Continuidad de clases Los estudiantes de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA matriculados en las carreras profesionales que funcionan en la MORDAZA de Quillabamba continuan recibiendo clases en sus sedes habituales y egresan como alumnos de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del Cusco. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de noviembre de dos mil diez. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE HORNUNG MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de noviembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion

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