Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2010 (29/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de enero de 2010

de emision mecanizada de las Hojas de Liquidacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Tributario 2010, se consideren los mismos importes que se establecieron para el periodo 2009 en la Ordenanza Nº 151-MDCH. Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 0362010-GAJ-MDCH mediante el cual, la Gerencia de Asesoria Juridica, expresa su conformidad con la presente Ordenanza y en uso de las facultades concedidas por el inciso 8) del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del tramite de la aprobacion de acta, el Concejo Municipal Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO A PAGAR POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE LAS HOJAS DE LIQUIDACION DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DEL EJERCICIO 2010 Articulo Primero.- MORDAZA LEGAL Aprobar el monto a pagar por derecho de emision mecanizada de las hojas de liquidacion de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al Ejercicio Tributario 2009 y dispongase que para efectos de establecer los derechos de emision mecanizadas de las hojas de liquidacion de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al Ejercicio Tributario 2010, el MORDAZA legal aplicable sera el aprobado mediante la Ordenanza 151-MDCH, que ratifica la Ordenanza Nº 131-MDCH modificada por la Ordenanza Nº 134-MDCH, ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante el Acuerdo de Concejo de fecha 17 de marzo de 2008. Articulo Segundo.- DETERMINACION DE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE LAS HOHAS DE LIQUIDACION DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO TRIBUTARIO 2010 Determinese para el ejercicio 2010 los mismos importes establecidos en la Ordenanza Nº 151-MDCH, que ratifica la Ordenanza Nº 131-MDCH modificada por la Ordenanza Nº 135-MDCH ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 118 del 17 de marzo de 2008 y publicada el 29 de marzo de 2008, es decir el monto de S/. 1.00 (UN Y 00/100 NUEVOS SOLES) por cada hoja de liquidacion de arbitrios Municipales. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facultese al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Segunda.- VALIDEZ Y VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion. Tercera.- ENCARGATURA Encargar a la Gerencia de Administracion, Gerencia de Rentas y Sub Gerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO Registrese, publiquese y cumplase MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 451544-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS; Visto, en Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 16 de Enero del 2010; y. CONSIDERANDO: Que, el Estado y la Constitucion protegen a la familia, promueven el Matrimonio, reconociendoseles como Institutos Naturales y Fundamentales de la Sociedad, al MORDAZA de lo dispuesto en el Art. 4° de la Constitucion Politica del Peru. Que, el Codigo Civil en su Art. 233° establece que la regulacion juridica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru. Que, existen en el Distrito de Chorrillos, numerosas parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su Estado Civil, contrayendo Matrimonio. Que, proteger a la familia y promover el matrimonio como Institucion Natural y Fundamental de la Sociedad cautelando su legalidad y seguridad juridica, es deber que los gobiernos locales tienen. Que, la Oficina de Registro Civil ha recomendado celebrar el Matrimonio Civil Comunitario con ocasion de celebrarse el dia de San MORDAZA, resultando pertinente autorizar la celebracion en dicha fecha, asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitario organizado por las diferentes Parroquias de nuestra Jurisdiccion. Que, estando a lo MORDAZA expuesto, a lo establecido en el Libro de Familia, Arts. 233°, 234° y 248° del Codigo Civil, a las facultades conferidas al Concejo en la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, Art. 9°, el Concejo Municipal, aprobo por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Articulo 1°.- Autorizar la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el dia 12 de Febrero del 2010, asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitarios organizado por las diferentes Parroquias de nuestra Jurisdiccion. Articulo 2°.- Establezcase por derecho de celebracion de Matrimonio Civil Comunitario, descrito en el Articulo precedente, un unico pago ascendente a la suma de S/. 69.66 (SESENTA Y NUEVE 66/100 NUEVOS SOLES). Articulo 3°.- Las parejas contrayentes podran inscribirse para el Matrimonio Civil Comunitario hasta el 02 de Febrero del 2010 plazo en el que vencera la MORDAZA de expedientes matrimoniales. Articulo 4°.- Las parejas interesadas en contraer Matrimonio Civil Comunitario, deberan cumplir con presentar los siguientes documentos: a. Partida de Nacimiento original de cada uno de los contrayentes o, en su defecto la respectiva Dispensa Judicial. b. Original y MORDAZA de los documentos de Identidad de cada uno de los contrayentes. c. Declaracion Jurada del domicilio de cada uno de los contrayentes, segun formato. d. Certificado Medico. e. Recibo de Pago por el derecho de celebracion del Matrimonio, debidamente cancelado. f. Dos (02) testigos mayores de edad, por cada contrayente, adjuntando MORDAZA de sus documentos de identidad. En caso de contrayentes viudos o divorciados, ademas deberan presentar: a. Partida original de Defuncion o Partida de Matrimonio con la respectiva Acta de Disolucion en anotacion marginal, segun sea el caso. b. Declaracion Jurada legalizada ante Notario Publico, que acredite tener o no la administracion de los bienes de hijos habidos en anterior matrimonio. Articulo 5°.- Ordenese a la Unidad de Registro Civil la publicacion de la relacion de las parejas que contraeran Matrimonio Civil en la referida fecha, durante ocho (08) dias

Autorizan celebracion de Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el 12 de febrero de 2010
ORDENANZA N° 168- MDCH Chorrillos, 16 de enero del 2010

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