Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2010 (02/07/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

421544
Gastos de traslado - Ida (Equipaje, bagaje e instalacion) US $ 6,930.00 x 02 compensaciones Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto US $ 31.00 X 04 personas

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2010

Para los gastos que se irroguen para el cumplimiento de la presente Comision en el ejercicio fiscal 2011 y 2012, la Unidad Ejecutora 003 Ejercito del Peru, tomara las previsiones respectivas con cargo a sus partidas presupuestales, en los ejercicios presupuestales correspondientes. Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos, de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 5º.- El MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, por el periodo que dure la presente Comision Especial en el Exterior. Articulo 6°.- El Oficial comisionado por la presente resolucion, no podra solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido a la institucion el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duracion de la Comision en el exterior. Articulo 7º.- El MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la fecha de su retorno al MORDAZA, presentara un informe detallado ante el Titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 8º.- La presente resolucion no da derecho a ningun MORDAZA de exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Articulo 9º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa

513915-3

EDUCACION
Establecen MORDAZA plazo para la culminacion del MORDAZA de fusion de la Direccion Nacional de Archivo Historico del Archivo General de la Nacion en el INC, a que se refiere el D.S. Nº 003-2010-ED
DECRETO SUPREMO Nº 018-2010-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2010-ED publicado el 16 de enero de 2010, se aprueba la fusion de la Direccion Nacional de Archivo Historico del Archivo General de la Nacion en el Instituto Nacional de Cultura, siendo este ultimo el ente absorbente, senalando en su articulo 2° que el MORDAZA de fusion se ejecutara en un

plazo no mayor a 90 dias calendario. En este plazo se transferiran los bienes muebles e inmuebles, recursos presupuestales, personal, acervo documentario, derechos, obligaciones, activos y pasivos de las entidades absorbidas a la entidad absorbente conforme a las disposiciones legales sobre la materia; Que, para el cumplimiento de lo senalado precedentemente, mediante el articulo 2° del dispositivo mencionado se constituyo una Comision integrada por un representante del Instituto Nacional de Cultura en calidad de presidente, del Archivo General de la Nacion y del Ministerio de Economia para que lleven a cabo el MORDAZA de fusion de la Direccion Nacional de Archivo Historico y sus unidades organicas al Instituto Nacional de Cultura respectivamente; y de apoyar a la entidad absorbente hasta la culminacion del MORDAZA segun corresponda; Que, asimismo el numeral 2.4 del precitado articulo establecio que dentro de los 30 dias calendario siguientes a la fecha de culminacion de sus actividades, la Comision presentara al Titular del Instituto Nacional de Cultura, con MORDAZA a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, un informe detallado de las acciones desarrolladas durante el MORDAZA de fusion; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Transitoria, encarga al Ministerio de Economia y Finanzas a que realice las gestiones correspondientes a efectos de proceder a la transferencia de recursos economicos correspondientes a la Direccion Nacional de Archivo Historico del pliego Archivo General de la Nacion al pliego Instituto Nacional de Cultura, MORDAZA de que concluya el MORDAZA de fusion; Que, con fecha 14 de MORDAZA de 2010, la Comision conformada presenta el Informe Nº 001-2010-CTDNAH a la Titular del Instituto Nacional de Cultura con MORDAZA a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, el cual detalla las acciones desarrolladas durante el MORDAZA de fusion, el mismo que senalo el 31 de marzo del 2010 como fecha de transferencia para la fusion encomendada, asimismo, con respecto a la transferencia de los recursos presupuestales, da cuenta que el Archivo General de Nacion comunico al Ministerio de Justicia mediante Oficio Nº 364-2010-AGN/J de fecha 09 de MORDAZA de 2010, el monto correspondiente a la partida presupuestal asignada a la Direccion Nacional del Archivo Historico a transferir, asimismo, elaborandose con dicha informacion el proyecto de Ley que autorice la respectiva transferencia de partidas; Que, a partir del 1º de MORDAZA de 2010, segun lo previsto por el Decreto Supremo N° 003-2010-ED, se efectuo la fusion de la Direccion Nacional de Archivo Historico al Instituto Nacional de Cultura transfiriendose los bienes muebles, acervo documentario, personal, activos y pasivos, derechos y obligaciones; determinandose como monto para la transferencia de partidas presupuestarias la suma de S/. 643 626.00, el mismo que equivale al saldo presupuestal por ejecutar de MORDAZA a diciembre 2010. A la fecha no se ha producido la transferencia de las partidas presupuestales que permitan el pago de las remuneraciones del personal del Decreto Legislativo Nº 276, asi como de los prestadores de servicios contratados al MORDAZA del Decreto Legislativo N° 1057, la compra de bienes y servicios, de la ejecucion de proyectos financiados con donaciones de la cooperacion internacional con fecha limite de ejecucion a junio de 2010, al no haberse expedido la Ley que apruebe la transferencia de las partidas presupuestarias correspondientes; Que, la Oficina de Planificacion y Presupuesto del Instituto Nacional de Cultura informa mediante Memorandum Nº 136-2010-OPP-GG/INC de fecha 20 de MORDAZA de 2010, que mientras no se apruebe la Ley o un dispositivo con rango de Ley que autorice la transferencia presupuestal, no se puede otorgar disponibilidad presupuestal para el pago de personal ni de cualquier otro MORDAZA de gasto, por ninguna fuente de financiamiento, en virtud de lo senalado en el numeral 39.1 del articulo 39° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, senala: "Constituyen modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional: los Creditos Suplementarios y las Transferencias de Partidas, los que son aprobados mediante Ley"; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º del Reglamento del Congreso de la Republica, la funcion legislativa comprende el debate y la aprobacion de reformas de la Constitucion, de leyes y resoluciones legislativas, asi como su interpretacion, modificacion y derogacion, de acuerdo con los procedimientos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.