Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2010 (29/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
VERTICE V13 V14 V15 V16 V17 V18 V19 V20 V21 V22 V23 V24 V25 V26 V27 ESTE 339779.11520 337526.60357 337526.60357 341260.39864 344134.73783 343798.92395 342438.59312 341704.35598 339160.13892 340719.68137 339615.47978 340725.37313 342159.69684 340867.66715 342791.48229

423035
NORTE 9241382.11717 9243116.85474 9244949.60171 9244386.11740 9241477.62764 9240828.76691 9241733.75687 9241301.18305 9242860.72551 9241540.23701 9240686.47289 9241255.64897 9240424.65189 9239986.38632 9240179.90618

SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la "Propuesta Tecnica" presentada por la Asociacion "El Bosque del Futuro Ojos de Agua", y en consecuencia otorgar una concesion con fines de conservacion a su favor, bajo la modalidad de concesion directa, a desarrollarse en un area de 2,413.13 hectareas (dos mil cuatrocientos trece hectareas y mil trescientos metros cuadrados) de extension, ubicada en los distritos de Pucacaca y Caspizapa, provincia de Picota, region de San MORDAZA, por un periodo de 40 anos renovables. Articulo Segundo.- Definir que el area que se otorga en concesion, se encuentra enmarcada dentro de las siguientes coordenadas UTM, con el Datum WGS84, en la MORDAZA 18, de la presente Resolucion Ejecutiva Regional: Cuadro de coordenadas UTM VERTICE V1 V2 V3 V4 V5 V6 V7 V8 V9 V10 V11 V12 ESTE 344264.66572 345278.78175 345682.89677 345705.66381 347492.87669 348010.82692 348397.86666 348767.83111 348466.16779 344635.61278 341106.72110 338621.05550 NORTE 9240155.35229 9239457.05256 9240066.07097 9239229.38213 9240510.02831 9239798.55821 9240430.34366 9239827.01701 9239092.77987 9238586.21316 9239070.01283 9240497.63642

Articulo Tercero.- Precisar que el otorgamiento de la concesion se complementa con la suscripcion del contrato correspondiente; en consecuencia para que la concesion se haga efectiva el interesado debera suscribir el referido contrato con la Direccion Regional Agraria ­ Direccion de Recursos Naturales Asuntos Ambientales Agrarios Articulo Cuarto.- Encargar a la Sub-Area Forestal y de Fauna MORDAZA Picota ­ Bellavista, realizar las verificaciones que correspondan, en aplicacion de lo establecido en la normativa forestal y de fauna silvestre. Articulo Quinto.- Precisar que la publicacion de la presente Resolucion es de cargo de la Asociacion "El Bosque del Futuro Ojos de Agua", segun lo previsto en

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