Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2010 (25/06/2010)
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TEXTO DE LA PÁGINA 78
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NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, viernes 25 de junio de 2010
Universidad Nacional de Ingenieria y la Universidad Tecnica Estatal de Kursk (UTEK) de Rusia, del 04 al 12 de MORDAZA del 2010, la profesora Svitlana Sespedes Valkarsel personal de Apoyo al Proyecto Nanosatelite de Investigacion Chasqui I, viajara a la MORDAZA de Rusia, a fin de coordinar las entrevistas con funcionarios, de la Agencia Federal Espacial de Rusia ROSCOSMOS, del Ministerio de Cultura y Ciencia de Rusia, y de la Universidad de UENS en la MORDAZA de Kursk, con quienes se estan tramitando la suscripcion de convenios en relacion al citado Proyecto; Que, el proyecto "Nanosatelite de Investigacion Chasqui I" es el primer proyecto satelital de la Universidad Nacional de Ingenieria y tiene como objetivo principal el mejoramiento de las capacidades de la UNI en tecnologia satelital; el "Chasqui I" constituye un esfuerzo sin precedentes en nuestro MORDAZA por lograr por primera vez accesar al espacio y dar la oportunidad de abrir nuevos MORDAZA de aplicacion especificos a nuestra propia realidad geografica y social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y el articulo 52º inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar en Mision Oficial el viaje de la profesora Svitlana Sespedes Valkarsel personal de Apoyo al Proyecto Nanosatelite de Investigacion Chasqui I, desde el 25 de junio al 12 de MORDAZA de 2010, para que coordine las entrevistas con funcionarios, de la Agencia Federal Espacial de Rusia ROSCOSMOS, del Ministerio de Cultura y Ciencia de Rusia, y de la Universidad de UENS en la MORDAZA de Kursk, en el MORDAZA del Acuerdo de Cooperacion suscrito con la Universidad Tecnica Estatal de Kursk (UTEK) de Rusia. Articulo 2º.- Otorgar a la profesora Svitlana Sespedes Valkarsel, los viaticos respectivos, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participacion en el evento MORDAZA mencionado, los mismos que seran financiados a traves de los Recursos Directamente Recaudados de la Administracion Central, por el equivalente en nuevos soles del total del monto que a continuacion se indica. Pasajes aereo y terrestre (Ida y vuelta) : USD Viaticos : USD Tarifa Corpac : USD 2 450.00 1 500.00 31.00
El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: en sesion ordinaria de la fecha el dictamen Nº 007-2010-CPPPAL/MDLV emitido por la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II y VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico, ejerciendo su gobierno dentro de su jurisdiccion y evitando la duplicidad y superposicion de funciones, con criterio de concurrencia y preeminencia del interes publico; Que, el articulo 73º numeral 2.4 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades - senala que es materia de competencia municipal tanto los programas sociales como la defensa y promocion de derechos ciudadanos; Que, la citada MORDAZA estipula en su articulo 83º numeral 3.3 que en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, las municipalidades ejercen como una funcion especifica exclusiva, realizar el control de pesos y medidas, asi como el del acaparamiento, la especulacion y la adulteracion de productos y servicios; Que, estando a lo expuesto y con el proposito de evitar que los establecimientos comerciales dedicados al giro de MORDAZA de Cambio especulen con la variacion de los precios de cambio del MORDAZA, perjudicando directamente a los usuarios y a fin de salvaguardar los intereses de los ciudadanos que acceden a este MORDAZA de servicios en el distrito de La MORDAZA, el Concejo Municipal en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - por mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA EXHIBICION DE PRECIOS EN LAS MORDAZA DE CAMBIO DE MONEDA EXTRANJERA DEL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene por finalidad normar las actividades relacionadas con los establecimientos comerciales que desarrollen el giro de MORDAZA de cambio de moneda extranjera y afines en el distrito de La Victoria. Articulo 2º.- Todo establecimiento comercial indicado en el articulo 1º esta obligado a exhibir sus precios de compra y venta del dia en un lugar visible, bajo apercibimiento de que le MORDAZA aplicadas las sanciones correspondientes que se establecen en la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Las sanciones que se impondran a los conductores y/o titulares de los establecimientos en mencion, en caso de incumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza, son las siguientes: a) Notificacion Preventiva: tiene como objeto hacer conocer la comision de una infraccion que se encuentra debidamente tipificada, a efectos de que se subsane la misma y se enmiende la conducta infractora, bajo apercibimiento de sancion en el caso de reincidencia. b) Multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT): la cual se impone en el caso de haber hecho caso omiso a la notificacion preventiva. c) Multa equivalente al 25% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT): la cual se impone en el caso de persistir en el incumplimiento, una vez recibida la notificacion preventiva y despues haberse impuesto la multa establecida en el literal anterior. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Otorguese un plazo de treinta (30) dias, contados desde la vigencia de la presente Ordenanza, para que los propietarios, administradores, conductores, representantes o dependientes de los establecimientos autorizados para desarrollar el giro de MORDAZA de cambio se adecuen a las disposiciones contenidas en la presente norma.
Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentara un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, se presentara, la rendicion de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina Central de Logistica publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a lo establecido por el articulo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Administracion Central. Articulo 5º.- Dar cuenta al Consejo Universitario. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 511284-1
GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Regulan la exhibicion de precios en las MORDAZA de Cambio de Moneda Extranjera del distrito de La MORDAZA
ORDENANZA Nº 109-2010/MLV La MORDAZA, 11 de junio del 2010