Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2010 (14/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Que, que el Articulo IV del titulo Preliminar de la ley N° 27972, Ley organica de Municipalidades, se establece que los gobiernos locales, representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el literal e) del Articulo 20° y el Articulo 131° del Decreto Legislativo N° 1017 y Decreto Supremo N° 184-2008-EF Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, senalan que estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen cuando exista proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente; Que, asimismo, el Articulo 21° de la mencionada ley establece que las contrataciones derivadas de exoneracion de procesos de seleccion se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante acuerdo de concejo, segun corresponda, en funcion a los informes tecnico y legal previos que obligatoriamente deberan emitirse; Que, en tal sentido la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA Rural, segun Informe N° 0167-2010MPC-M-SGIDUR, precisa la necesidad de contar con un terreno que cuente con necesidades basicas para la ejecucion del Proyecto "Ampliacion y Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital de Apoyo San MORDAZA de Porres de Macusani, Provincia de Carabaya-Puno", Que asimismo mediante Opinion Legal-138-2010AL/MPC-M. la Oficina de Asesoria Legal, considera procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la compra de terreno para el Proyecto MORDAZA mencionado, siempre en cuando se cumpla con las especificaciones que lo manifiestala Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y su Reglamento: Que, mediante informe N° 089-2010-M PC-M-ABAS, la Jefatura de Logistica y Abastecimientos concluye que habiendo justificado tecnicamente la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA Rural, segun Informe N° 0167-2010-MPC-M-SGIDUR, la necesidad de adquirir un inmueble para la ejecucion del Proyecto "Ampliacion y Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital de Apoyo San MORDAZA de Porres de Macusani, Provincia de Carabaya-Puno" Estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, al MORDAZA de lo regulado en el Decreto Legislativo N° 1017 y el Decreto Supremo N° 184-2008-EF y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta el Concejo Municipal por unanimidad, adopto el siguiente; ACUERDO: Primero.- APROBAR, la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de terreno para el Proyecto "Ampliacion y Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital de Apoyo San MORDAZA de Porres de Macusani, Provincia de Carabaya-Puno". Segundo.- Encargar a la Jefatura de Logistica y Abastecimientos, la realizacion de la contratacion exonerada de acuerdo al procedimiento establecido en el Articulo 135° del reglamento de la Ley de contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008EF, asi como su publicacion y registro en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado ­ SEACE. Tercero.- Encargar a la Jefatura de Logistica y Abastecimiento para que en coordinacion con Secretaria General se comunique el presente acuerdo a la Contraloria General de la Republica, con MORDAZA al Organo de Control Institucional de la Municipalidad, asi como se disponga su publicacion en el diario oficial El Peruano, dentro de los Diez (10) dias habiles siguientes de emitido. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ROSSEL ANGLES Alcaldesa 493571-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASTROVIRREYNA
Aprueban relacion del Expediente Tecnico y Ejecucion de la Obra: Reconstruccion y ampliacion de agua potable y alcantarillado de la localidad de Castrovirreyna
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 178-2010-MPC/A Castrovirreyna, 12 de MORDAZA del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASTROVIRREYNA, REGION HUANCAVELICA. VISTO: El INFORME Nº 262 - 2010- ABAST/ MPC, realizado por el jefe de Abastecimiento, de fecha 12 de MORDAZA del 2010. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191 de la Carta fundamental senala, que las municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo indicado con el Articulo 1 de la Ley Nº 29772 Ley Organica de Municipalidades. Que mediante Resolucion Ejecutiva Nro. 005-2009FORSUR/DE, se prioriza la ejecucion del proyecto: Reconstruccion y ampliacion de agua potable y alcantarillado de la localidad de Castrovirreyna, provincia de Castrovirreyna ­ Huancavelica, afectado por el terremoto del 15 de agosto del 2007. Que, la Municipalidad provincial de Castrovirreyna firma convenio con el Fondo de Reconstruccion del Sur (FORSUR) para la ejecucion de este proyecto en la provincia de Castrovirreyna, con Fondos provenientes de FORSUR. Que, la Ley N° 29078, Ley que crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de Agosto 2007, denominado "FORSUR" reconoce en su articulo 7º, modificado por la Ley Nº 29136 y el Decreto de Urgencia Nº 003-2008, que las contrataciones de bienes, servicios y obras relacionadas con la rehabilitacion, construccion y reconstruccion de la infraestructura a que se refieren los numerales 1.1 y 1.2 del articulo 1 de la Ley Nº 29078 y modificatorias que se ejecuten con cargo a los recursos del FORSUR, se sujetaran al procedimiento contemplado en el articulo 6 del Decreto de Urgencia Nº 026-2007-PCM. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007-PCM, la relacion de los bienes, servicios y obras a incluirse mediante Convenio Internacional, se aprueba mediante Resolucion del Titular de la Entidad o la MORDAZA autoridad administrativa. Dicha Resolucion, incluyendo la relacion, se publica en el Diario Oficial El Peruano y en los respectivos portales electronicos de las Entidades. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Organica del Municipalidades, Ley Nº 29078 ­ Ley que crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de Agosto 2007 denominado "FORSUR" y sus modificatorias, el articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007-PCM. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la relacion del Expediente Tecnico y Ejecucion de la Obra: Reconstruccion y ampliacion de agua potable y alcantarillado de la localidad de Castrovirreyna, provincia de Castrovirreyna ­ Huancavelica, que se detallan en el anexo, que forma

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