Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2010 (11/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

425615

conforme lo establece el numeral 43.5 del articulo 43º del Reglamento; en consecuencia, cumple con los requisitos inicialmente observados en este extremo. g) Respecto a la Flota Vehicular propuesta que han sido observados previamente estos no son considerados por no cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento, por ello que la Empresa ha propuesto a los siguientes vehiculos con placa de rodaje Nºs WGM-386 y XO-2271 para conformar su flota vehicular los mismos que cumplen con los requisitos senalados en el Reglamento, en lo referente a la Flota Vehicular, adjunta el Contrato de Arrendamiento, Tarjeta de Propiedad, SOAT, CITV correspondientes a los vehiculos con placas de rodaje SP-7925, RQD-618, VG8440, WGM-386 y XO-2271 respectivamente, con lo que demuestra la disponibilidad de uso de la flota vehicular a favor de la Escuela; en consecuencia, cumple con los requisitos inicialmente observados en este extremo; asimismo, La Empresa no indica la situacion del vehiculo de placa de rodaje Nº UP-3727 que cuenta con una antiguedad mayor de 15 anos para el transporte de personas, por lo que no es considerado, ademas propone los siguientes vehiculos con placa de rodaje Nº WGM-386 y XO-2271 en reemplazo de los vehiculos XO-7782, YP-1503 y ZP-1703. Que, el articulo 1º de La Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo Positivo, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1029, senala que "Los procedimientos de evaluacion previa estan sujetos a silencio positivo, cuando se trata de algunos de los siguientes aspectos (...) b) Recursos destinados a cuestionar la desestimacion de una solicitud o actos administrativos anteriores siempre que no se encuentren contemplados en la Primera Disposicion Transitoria Complementaria Final"; Que, por otro lado, el articulo 2º de La Ley Nº 29060 senala que los procedimientos administrativos sujetos a silencio administrativo positivo, se consideraran automaticamente aprobados si, vencido el plazo establecido o MORDAZA, la entidad no hubiera emitido el pronunciamiento correspondiente; Que, el numeral 207.2 del articulo 207º de La Ley Nº 27444, senala que el plazo para resolver los recursos administrativos es de 30 dias; Que, en el expediente administrativo, se advierte que el Recurso de Reconsideracion fue presentado el 12 de marzo de 2010, en consecuencia, el plazo para resolver el mismo vencio el 27 de MORDAZA de 2010; Que, el articulo 60º de El Reglamento establece que la autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, si bien en el presente procedimiento administrativo se ha producido una resolucion ficta como consecuencia de la aplicacion del silencio administrativo positivo respecto del Recurso de Reconsideracion que impugna la denegatoria de la autorizacion como Escuela de Conductores solicitada, resulta necesaria la expedicion de la correspondiente Resolucion Directoral, a efectos de lograr su plena eficacia, considerando que, mediante Informe Nº 422 -2010-MTC/15.03, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial concluye que resulta procedente dicha solicitud por cumplir con los requisitos establecidos para ello; siendo de aplicacion, ademas, los principios de informalismo, de presuncion de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de La Ley Nº 27444; Que, finalmente cabe indicar que La Empresa al momento de presentar su solicitud propuso como denominacion a su escuela: "I & Q CONDUCTORES" (Escuela del MORDAZA Integral) lo que debe tenerse en cuenta para estos efectos; De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- FORMALIZAR la autorizacion producida por la aplicacion del silencio administrativo positivo respecto del Recurso de Reconsideracion interpuesto por la empresa I & Q INNOVATION AND QUALITY SOCIEDAD

COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ I & Q INNOVATION AND QUALITY S.R.L. contra la Resolucion Directoral Nº 407-2010-MTC/15, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion; referido a su solicitud para funcionar como una ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y III. Procedase a su INSCRIPCION en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos:
Denominacion de la Escuela : Clase de Escuela : Ubicacion del Establecimiento: "I & Q CONDUCTORES" (Escuela del MORDAZA Integral) Escuela de Conductores Integrales OFICINAS ADMINISTRATIVAS y AULAS DE ENSENANZA TEORICA: Jr. La MORDAZA Nº 659, El Tambo ­ Huancayo ­ MORDAZA AULAS DE ENSENANZA TEORICA ­ PRACTICA DE MECANICA (TALLER); Jr. Linoleo Nº 237, Urb. Elino ­ Huancayo ­ MORDAZA CIRCUITO DE PRACTICAS DE MANEJO Jr. Rivaguero Nº 596, MORDAZA ­ Huancayo ­ MORDAZA Cinco (5) anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

Plazo de Autorizacion :

FLOTA VEHICULAR
N MORDAZA 1 MORDAZA Modelo AD DX Clase STAT. WAGON (M1) CMTA RURAL (M2) OMNIBUS (M3) CAMION (N2) CAMION (N3) Nº Chasis Nº de Motor Ano Placa Fab. 1998 SP-7925

VY10-169818 GA13-617601B

2 SSANGYONG ISTANA 3 HYUNDAI 4 YUEJIN 5 HYUNDAI COUNTY NJ1063DAW/ 2009 5TON

KPDAB7E 81TP015877

66291110015668 1996 RQD-618 2007 VG-8440 2008 WGM386 1993 XO-2271

KMJHD17 D4DA7310090 AP7C034953 LNJXLP389 K1003269 B8109367

KMFMA17 D6BHN093286 HPPU010303

HORARIO DE ATENCION: De Lunes a Viernes de 8:00 am. a 1:00 pm. y de 2:00 pm. a 6:30 pm; Sabados de 8:00 am. a 1:00 pm. PROGRAMA DE ESTUDIOS.Cursos generales: a) Ensenanza de las normas del Reglamento Nacional de Transito. b) Tecnicas de conduccion a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conduccion de un vehiculo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como clima, MORDAZA de MORDAZA, geografia, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehiculo motorizado que corresponda a la respectiva clasificacion de licencia de conducir. d) Sensibilizacion sobre accidentes de MORDAZA, que debe de incluir la informacion estadistica sobre accidentalidad, los danos que estos ocasionan y la forma de prevenirlos asi como la proyeccion filmica o documental de casos sobre accidentes de MORDAZA y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuacion en casos de accidente de transito. f) Mecanica automotriz basica. g) Normas sobre limites maximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehiculos.

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