Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2010 (13/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, lunes 13 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Ministerial N° 161-96-PE de fecha 13 de marzo de 1996, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su reglamento entre otros, a PESQUERA AUSTRAL S.A., para operar la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula N° CO-11677-PM con 270 TM de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Directoral N° 190-99PE/DNE de fecha 25 de agosto de 1999, se autorizo el cambio de nombre del titular de los permisos de pesca de PESQUERA AUSTRAL S.A. a AUSTRAL GROUP S.A., para operar entre otros , las embarcaciones pesqueras de bandera nacional DORICA de matricula CO-10200PM (281.66 m3), NUEVA MORDAZA de matricula CO-11073-PM (281.68 m3), MORDAZA de matricula CO11391-PM (649.79 m3), MORDAZA DE PLATA II de matricula CO-9908-PM (430.51 m3), MORDAZA PIA de matricula CO15652-PM (362.42 m3 ) y MORDAZA II de matricula CO-16948PM (441.20 m3 ); en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que, mediante Resolucion Directoral N° 257-99-PE/ DNE, de fecha 04 de noviembre del 1999, se aprobo a favor de AUSTRAL GROUP S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar entre otros, la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA de matricula CO-11677-PM, de 297.78 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que, mediante Resolucion Directoral N° 047-2001PE/DNEPP de fecha 30 de MORDAZA de 2001, entre otros, se modifico el articulo 3 de la Resolucion Directoral N° 16799-PE/DNE y el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 190-99-PE/DNE en los extremos correspondientes a la razon social AUSTRAL GROUP S.A, consignandose la actual denominacion social AUSTRAL GROUP S.A.A., manteniendose en los demas terminos que contienen; Que, mediante Resolucion Directoral N° 235-2007PRODUCE/DGEPP, de fecha 03 de MORDAZA del 2007, otorgado a favor de AUSTRAL GROUP S.A.A., en el articulo 7°, se modifico el articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 315-97-PE, modificada por la Resolucion Ministerial N° 424-98-PE y a su vez modificada por el articulo 2° de la Resolucion Directoral N° 272-98-PE y el articulo 3° de la Resolucion Directoral N° 3012005-PRODUCE / DNEPP, respecto a la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "ROSA II", en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos, es de 399.61 m3 como consecuencia de la aplicacion parcial de 13.11 m3 provenientes de la embarcacion "JOCAMI" de matricula N° CE-4997-CM, manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se autorizo el incremento de flota. Consecuentemente, modifiquese el articulo 3 de la Resolucion Ministerial N° 272-98PE, con el que se otorgo el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "ROSA II" de matricula CO-16948-PM, con sistema de preservacion RSW a bordo, en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina, entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos es de 399.61 m3 manteniendose los demas terminos y condiciones con los que se otorgo el permiso de pesca. Asimismo, en el articulo 8° de la mencionada Resolucion, se modifico el articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 315-97-PE, modificada por la Resolucion Ministerial N° 424-98-PE y a su vez modificada por el articulo 2° de la Resolucion Directoral N° 167-99-PE/DNE y el articulo 4° de la Resolucion Directoral N° 301-2005-PRODUCE/ DNEPP, respecto a la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "PITI", en el extremo

referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos, es de 399.61 m3 como consecuencia de la aplicacion parcial de 17.49 m3 provenientes de la embarcacion "JOCAMI" de matricula CE-4997-CM, manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se autorizo el incremento de flota. Consecuentemente, modifiquese el articulo 3 de la Resolucion Ministerial N° 167-99-PE/DNE, con el que se otorgo el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "PITI" de matricula CO-18813-PM, con sistema de preservacion RSW a bordo, en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina, entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos es de 399.61 m3 manteniendose los demas terminos y condiciones con los que se otorgo el permiso de pesca; Que, mediante los escritos del visto, AUSTRAL GROUP S.A.A., debidamente representada por su Asesora Legal MORDAZA REILEY MORDAZA, solicita la incorporacion definitiva del PMCE asignado para la MORDAZA Norte-Centro y MORDAZA Sur de las embarcaciones pesqueras DORICA (CO-10200-PM) hacia MORDAZA PIA (CO-15652-PM); MORDAZA (CO-11677-PM) hacia MORDAZA (CO-11391-PM), MORDAZA II (CO-16948-PM) y PITI (CO-18813-PM); NUEVA MORDAZA (CO-11073PM) hacia MORDAZA DE PLATA II (CO-9908-PM); Que, con Memorando N° 00628-2010-PRODUCE/ OGTIE de fecha 23 de MORDAZA del 2010, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, remite el Informe N° 057-2010-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP, elaborado por la Oficina de Estadistica adjuntando el calculo del MORDAZA PMCE, en relacion a la incorporacion definitiva del PMCE de las embarcaciones pesqueras, correspondiente a la MORDAZA Norte-Centro y MORDAZA Sur de las embarcaciones pesqueras DORICA (CO-10200-PM) hacia MORDAZA PIA (CO-15652-PM); MORDAZA (CO-11677PM) hacia MORDAZA (CO-11391-PM), MORDAZA II (CO-16948PM) y PITI (CO-18813-PM); NUEVA MORDAZA (CO11073-PM) hacia MORDAZA DE PLATA II (CO-9908-PM) correspondiente a la MORDAZA Norte-Centro y MORDAZA Sur; Que, mediante Oficio N° 0800-2010-PRODUCE/OGA/ OEC, de fecha 08 de MORDAZA del 2010, la Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio de la Produccion, informa respecto a las embarcaciones pesqueras aportantes DORICA (CO10200-PM), MORDAZA (CO-11677-PM) y NUEVA MORDAZA (CO-11073-PM) no registran deudas; Que, de la evaluacion efectuada al expediente de la solicitud de incorporacion definitiva del PMCE asignado para la MORDAZA Norte-Centro y MORDAZA Sur de las embarcaciones pesqueras DORICA (CO-10200-PM) hacia MORDAZA PIA (CO-15652-PM); MORDAZA (CO-11677PM) hacia MORDAZA (CO-11391-PM), MORDAZA II (CO-16948PM) y PITI (CO-18813-PM); NUEVA MORDAZA (CO11073-PM) hacia MORDAZA DE PLATA II (CO-9908-PM); presentado por la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A., se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 131 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, por lo que corresponderia atender lo solicitado; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 17° y 20° del Reglamento de la Ley sobre Limites Maximos de cuotas por embarcacion, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE, y sus modificatorias, corresponderia suspender durante la vigencia de la Medida de Ordenamiento Pesquero, los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras DORICA de matricula CO10200-PM, MORDAZA de matricula CO-11677-PM y NUEVA MORDAZA de matricula CO-11073-PM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 609-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1084- Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento y modificatorias, y el Texto Unico de

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