Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2011 (03/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de MORDAZA de 2011

Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; la Ley N° 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; el Decreto de Urgencia N° 066-2010, que establece que los documentos de gestion del Instituto Nacional de Cultura - INC mantienen vigencia y son de aplicacion en el Ministerio de Cultura; la Ley Nº 27580, Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de obras en bienes culturales inmuebles; el Decreto Supremo Nº 011-2006ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones. SE RESUELVE: Articulo 1°.- DECLARAR como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion al templo San MORDAZA de Huaruchaca, ubicado en el distrito de Mamara, provincia de Grau, departamento de MORDAZA, clasificado como Monumento, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Hacer de conocimiento a los propietarios y autoridades locales y regionales la presente Resolucion sobre la condicion patrimonial del inmueble indicado en el Articulo 1º, asi como la normatividad y leyes de proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico cumpla con la inscripcion en los Registros Publicos de la condicion de bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion del inmueble indicado en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Ministerio de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el inmueble MORDAZA citado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

energia electrica en la Central Termica Kallpa, con una capacidad instalada de 190,40 MW, para la instalacion del primer grupo G1, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete y departamento de Lima; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 0172008-MEM/DM, publicada el 26 de enero de 2008, se aprobo la transferencia de titularidad a favor de KALLPA GENERACION S.A., y la modificacion de la autorizacion de la Central Termica Kallpa, incrementandose la potencia instalada de 190,40 MW a 369,75 MW, como resultado de la instalacion del MORDAZA grupo G2 en la referida central; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 451-2008MEM/DM, publicada el 08 de octubre de 2008, se aprobo la modificacion de la autorizacion de la Central Termica Kallpa que consiste en el incremento de la potencia instalada de 369,75 MW a 562,19 MW por la futura instalacion del tercer grupo G3; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 463-2009MEM/DM, publicada el 01 de noviembre de 2009, se aprobo la modificacion de la autorizacion de la Central Termica Kallpa que consiste en el incremento de la potencia instalada de 562,19 MW a 854,99 MW por la futura instalacion del MORDAZA grupo G4. Que, KALLPA GENERACION S.A., mediante el documento con registro de ingreso Nº 2057519, de fecha 10 de enero de 2011, ha presentado su solicitud de modificacion de la autorizacion, consistente en el incremento de la capacidad instalada de la Central Termica Kallpa de 854,99 MW a 856,24 MW, como consecuencia de la instalacion del grupo electrogeno auxiliar (G5) de una potencia instalada de 1,25 MW, el cual abastecera de energia electrica solo a los equipos auxiliares de la planta de generacion en caso de contingencia en el abastecimiento normal de energia electrica; Que, la solicitud de KALLPA GENERACION S.A. se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el articulo 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el item AE01 del Anexo N° 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM, y cuenta con la opinion correspondiente a que se refiere el Informe N° 050-2011-DGE-DCE, siendo procedente la solicitud presentada; Estando a lo dispuesto por el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion de la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica Kallpa de la que es titular KALLPA GENERACION S.A., incrementando su potencia instalada de 854,99 MW a 856,24 MW, a consecuencia de la instalacion del grupo electrogeno (G5) cuya potencia instalada es de 1,25 MW, el cual sera solo para abastecer a los equipos auxiliares de la planta de generacion mas no para la inyeccion al Sistema Electrico Interconectado Nacional. Articulo 2º.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento, las Resoluciones Ministeriales N° 125-2006MEM/DM, N° 017-2008-MEM/DM, Nº 451-2008-MEM/DM y Nº 463-2009-MEM/DM, y demas normas legales y tecnicas aplicables. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificacion de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica Kallpa de la que es titular Kallpa Generacion S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 094-2011-MEM/DM
MORDAZA, 24 de febrero de 2011 VISTO: El Expediente N° 33145006, organizado por KALLPA GENERACION S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11767759 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de modificacion de autorizacion para generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Resolucion Ministerial Nº 125-2006MEM/DM, publicada el 24 de marzo de 2006, GLOBELEQ PERU S.A. es titular de la autorizacion para generar

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