Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2011 (17/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de MORDAZA de 2011

OGAJ-ealmendras, el cual senala que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, al senalar a los transferentes de la embarcacion se refiere tanto a los poseedores como a los propietarios de ella; asi como, a los titulares del permiso de pesca que han transferido la posesion o propiedad de la embarcacion, y teniendo en cuenta que el titular a la fecha del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MI MORDAZA II, es la empresa PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C, y el propietario de la embarcacion pesquera es la empresa MARICULTURA EL MORDAZA S.A.C. razon por la cual, corresponde a ambos firmar el FORMULARIO DGEPP 007; Que, con adjunto bajo Registro Nº 00003993-20112, de fecha 25 de febrero de 2011, vencido el plazo otorgado, la administrada en virtud al Oficio Nº 4552011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, el cual otorgaba 10 dias habiles, que culminaban el 22 de febrero del presente, adjunto el contrato de arrendamiento de la embarcacion objeto del cambio de titular, asimismo senalo que con relacion a los otros documentos solicitados, previo a adjuntarlos solicita se le indique el sustento legal para requerir los mismos; Que, se ha advertido que la administrada, a pesar de haber sido debidamente notificada, tal como obra en el cargo de notificacion a fojas 28 del expediente, no han cumplido con subsanar las observaciones dentro del plazo otorgado, razon por la cual se considera pertinente declarar la improcedencia de la solicitud de cambio de titular presentada por la empresa PESQUERA CANTABRIA S.A.; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Tecnico Nº 0912011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Nº 251-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal a traves del Informe Nº 282-2011-PRODUCE/ DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Decreto Legislativo Nº 1084 y su Reglamento, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias, y la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MI MORDAZA II de matricula CE-1337-PM, presentada por la empresa PESQUERA CANTABRIA S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 629456-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Formato de licencia de conducir provisional para extranjeros que solicitan refugio o asilo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1054-2011-MTC/15 MORDAZA, 25 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2008MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, en adelante el Reglamento, el cual tiene por objeto regular las condiciones, requisitos y procedimientos para acceder a una licencia de conducir vehiculos automotores y no motorizados por las vias publicas terrestres a nivel nacional y su clasificacion; Que, mediante Decreto Supremo No. 061-2010-MTC publicado el 30 de diciembre del ano 2010, se incorporo el articulo 11-A al Reglamento, conforme al cual el extranjero solicitante de refugio o asilo podra obtener la licencia de conducir provisional de la clase A, categorias I, II-a, IIb y III-a, III-b o III-c, siempre que cumpla los requisitos establecidos en el articulo 13-A del Reglamento, tambien incorporado por la citada norma; Que, asimismo el articulo 3 del referido Decreto Supremo establece que la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobara el formato de la licencia de conducir provisional para extranjeros que solicitan refugio o asilo; Que, de acuerdo a lo expuesto resulta necesario aprobar el formato mencionado en el considerando anterior; Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181; Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; y el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formato de la licencia de conducir provisional para extranjeros que solicitan refugio o asilo Apruebese el formato de la licencia de conducir provisional para extranjeros que solicitan refugio o asilo, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2º.- De las especificaciones tecnicas y de seguridad de la licencia de conducir provisional para extranjeros que solicitan refugio o asilo La licencia de conducir provisional para extranjeros que solicitan refugio o asilo sera emitida conforme a las especificaciones tecnicas y de seguridad de la licencia de conducir de la clase A, contenidas en el numeral 4 de la Directiva No. 002-2009-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral No. 1021-2009-MTC/15 y modificatorias. Articulo 3º.- Publicacion Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral y su anexo, en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mtc.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Articulo 4º.- Vigencia La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

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