Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2011 (04/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

447979

SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

lugar de pago y/o de MORDAZA de declaraciones es potestad de la Administracion Tributaria; (...)"

672476-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Amplian plazo para concluir MORDAZA de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervision, fiscalizacion, control y sancion en materia ambiental, de los sectores industria y pesqueria del Ministerio de la Produccion al OEFA
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 007-2011-OEFA/CD
MORDAZA, 2 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29325, establece que mediante Decreto Supremo refrendado por los Sectores involucrados, se estableceran las entidades cuyas funciones de evaluacion, supervision, fiscalizacion, control y sancion en materia ambiental seran asumidas por el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, asi como el cronograma para la transferencia del respectivo acervo documentario, personal, bienes y recursos, de cada una de las entidades; Que, asimismo, el MORDAZA paragrafo de la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29325, establece que las entidades sectoriales que se encuentren realizando funciones de evaluacion, supervision, fiscalizacion, control y sancion en materia ambiental, en un plazo de treinta (30) dias utiles, contado a partir de la entrada en vigencia del respectivo Decreto Supremo, deberan individualizar el acervo documentario, personal, bienes y recursos que seran transferidos al OEFA, poniendolo en conocimiento y disposicion de este para su analisis y acordar conjuntamente los aspectos objeto de la transferencia, los mismos que seran aprobados por Resolucion del Consejo Directivo del OEFA, dentro de los treinta (30) dias posteriores de haberse acordado dichos aspectos, determinandose, ademas, la fecha en que el OEFA asumira las funciones transferidas; Que, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Nº 29325 y dentro del MORDAZA gradual de transferencia de las funciones de las entidades del Gobierno Nacional con competencias ambientales, mediante Decreto Supremo Nº 009-2011-MINAM, publicado el 03 de junio del 2011, se aprobo el inicio del MORDAZA de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervision, fiscalizacion, control y sancion en materia ambiental relativas a los sectores industria y pesqueria del Ministerio de la Produccion ­ PRODUCE al Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0092011-MINAM dispone que el Ministerio de la Produccion transfiera al OEFA, las funciones de seguimiento, vigilancia, supervision, fiscalizacion, control y sancion en materia ambiental de los sectores industria y pesqueria en un plazo MORDAZA de dos (2) meses y de cuatro (4) meses, respectivamente, contados a partir de la vigencia del indicado Decreto Supremo, otorgando la posibilidad de ampliar el citado plazo por Resolucion del Consejo Directivo del OEFA;

673348-11

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 195-2011/SUNAT
Fe de Erratas de la Resolucion de Superintendencia Nº 195-2011/SUNAT, publicada en nuestra edicion del dia 23 de MORDAZA de 2011. - En el MORDAZA Considerando; DICE: "(...) Asimismo algunos dispositivos actualmente vigentes contemplan la posibilidad de presentar a traves de SUNAT Virtual ciertas declaraciones determinativas asi como solicitudes no contenciosas; (...)." DEBE DECIR: "(...) Asimismo algunos dispositivos actualmente vigentes contemplan la posibilidad de presentar a traves de SUNAT Virtual ciertas declaraciones informativas asi como solicitudes no contenciosas; (...)." - En el Octavo Considerando; DICE: "(...) Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y MORDAZA modificatoria, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello seria innecesario, en la medida que la designacion del lugar de pago es potestad de la Administracion Tributaria conforme a lo establecido en el articulo 29º del TUO del Codigo Tributario; (...)" DEBE DECIR: "(...) Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y MORDAZA modificatoria, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello seria innecesario, en la medida que la designacion del

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