Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2011 (06/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de agosto de 2011

Rectifican errores materiales contenidos en la R.D. Nº 1104-2011-MTC/15
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2079-2011-MTC/15 MORDAZA, 7 de junio de 2011 VISTO: La Resolucion Directoral N° 1104-2011MTC/15, de fecha 31 de marzo de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1104-2011MTC/15, de fecha 31 de marzo de 2011, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES PROVIDENCIA Y SEGURIDAD S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en la MORDAZA de MORDAZA, en adelante La Escuela; Que, de la revision de la Resolucion Directoral N° 1104-2011-MTC de fecha 31 de marzo de 2011, y de los documentos presentados se advierte que existe error material en el primer considerando, articulo primero y articulo MORDAZA de la misma, conforme se detalla a continuacion: 1er. Considerando: Dice: Debe decir: Mediante Expediente N° 2011- Mediante Expediente N° 201100008170 008170-A Articulo Primero: (Ubicacion del establecimiento) Dice: OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA Y TALLER DE INSTRUCCION TEORICO ­ PRACTICO DE MECANICA Debe decir: OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA Y TALLER DE INSTRUCCION TEORICO ­ PRACTICO DE MECANICA

Articulo Primero.- Rectificar los errores materiales contenidos en el primer considerando, en el articulo primero y el articulo MORDAZA de la Resolucion Directoral N° 1104-2011-MTC/15, de fecha 31 de marzo de 2011, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancia ­ SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial la ejecucion de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la Escuela autorizada, los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 671301-2

Autorizan a Cervanco Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2482-2011-MTC/15 MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2011 VISTOS: Los Expedientes N°s. 2010-0021201, 2011-0002128, 2011-0005633 y 2011-0010261, mediante los cuales la empresa denominada CERVANCO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en adelante La Empresa, solicita autorizacion como Escuela de Conductores Integrales; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Expediente N° 2010-0021201 de fecha 01 de diciembre del 2010, La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en la MORDAZA de Lima; con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II- c; Que, mediante la Resolucion Directoral N° 026-2011MTC/15 de fecha 04 de enero del 2011, fue declarada improcedente, razon por la cual mediante el Expediente N° 2011-0002128 de fecha 31 de enero del 2011, La Empresa interpone Recurso de Reconsideracion y con la Resolucion Directoral N° 724-2011-MTC/15 de fecha 28 de febrero del 2011, se declaro infundado el Recurso de Reconsideracion;

Conjunto habitacional Manzana Conjunto habitacional "Las G lote 22 1er y 2do Piso, Distrito Buganvillas" Manzana G lote y Provincia de Tacna 22, 1er y 2do Piso, Distrito y Provincia de Tacna. Articulo Primero: Ubicacion del Circuito de Manejo Dice: Debe decir: Sector Vinani Manzana G Sector Vinani Manzana G Lote 05 Distrito de MORDAZA Lote 05 Distrito de MORDAZA MORDAZA Provincia de Tacna. MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de Tacna. Articulo MORDAZA (Plana Docente:) Dice: Debe decir: Vidas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Psicologo) (Psicologo) Que, el numeral 201.1 del Articulo 201° de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444, establece que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, con el Informe N° 223-2011-MTC/15.03.EC.mql, de fecha 01 de junio de 2011, elaborado por el abogado informante de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se concluye que resulta procedente rectificar los errores materiales encontrados en la Resolucion Directoral Nº 1104-2011-MTC/15, de fecha 31 de marzo de 2011; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

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