Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2011 (08/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

454533

Autorizan viaje de oficial FAP a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 599-2011-DE/ MORDAZA, 7 de diciembre de 2011 Visto los Oficios S-55-E331-Nº 1280 de fecha 03 de noviembre de 2011 y NC-55-DFPL-Nº 1350 del 15 de noviembre de 2011 del Director de Aerofotografia de la Fuerza Aerea del Peru. CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema Nº 481-2011-DE/ FAP de fecha 11 de octubre de 2011, se autorizo el viaje al exterior en comision de servicio a la MORDAZA de Wichita, en el Estado de Kansas, en los Estados Unidos de MORDAZA, al Personal Militar FAP que se indica a continuacion, para que realicen el entrenamiento inicial en el simulador de vuelo de la aeronave MORDAZA Jet 36A del 30 de octubre al 13 de noviembre de 2011: Capitan FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA TONFAT Capitan FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Que, con el Oficio S-55-E331-Nº 1280 de fecha 03 de noviembre de 2011, el Director de Aerofotografia de la Fuerza Aerea del Peru, ha informado que, por motivos estrictamente personales el Capitan FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA TONFAT, no ha efectuado el viaje indicado en el primer considerando; Que, la Fuerza Aerea del Peru cuenta con dos (02) aeronaves MORDAZA Jet 36A de alta performance asignadas a la Direccion de Aerofotografia, las cuales son consideradas para realizar operaciones aereas a favor de la Presidencia de la Republica, Despacho del Primer Ministro y diversos Despachos Ministeriales; asimismo, vuelos fotograficos, de reconocimiento y en misiones de ELINT y COMINT, de acuerdo a los nuevos sistemas implementados en las mencionadas aeronaves; Que, el entrenamiento en los simuladores de vuelo esta normado por el Programa Director de Entrenamiento FAP 55-1 vigente, como complemento imprescindible en el entrenamiento de las tripulaciones aereas; en el caso de no realizarse este MORDAZA de entrenamiento, se estaria atentando contra la seguridad de vuelos y la prevencion de accidentes aereos; asi como de la preservacion del capital humano y material del Estado; Que, es necesario que las tripulaciones se mantengan entrenadas en los procedimientos de emergencia; las practicas de estos son un riesgo para las tripulaciones asi como para las aeronaves MORDAZA Jet 36A, debido a la performance y a las altas velocidades que desarrollan, por lo que es recomendable realizarlas en un simulador de vuelo, el cual elimina el riesgo y abarata los costos de entrenamiento; Que, actualmente en el MORDAZA no existe ninguna institucion que brinde capacitacion y entrenamiento en el simulador de vuelo de la aeronave MORDAZA Jet 36A; Que, con la finalidad de brindar continuidad en la operacion MORDAZA de la aeronave MORDAZA Jet 36A, por parte de sus tripulaciones, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comision de servicio a la MORDAZA de Wichita, en el Estado de Kansas, en los Estados Unidos de MORDAZA, al Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva; para que realice el entrenamiento inicial en el simulador de vuelo de la aeronave MORDAZA Jet 36A, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la Fuerza Aerea del Peru; Que, ademas la citada comision de servicio se encuentra sustentada en la necesidad de completar el entrenamiento de dos personas programado para el presente ano, en el simulador de vuelo de la aeronave MORDAZA Jet 36A, conforme lo establece el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa

AF-2011 ( Anexo 1 RO; rubro 2; Entrenamiento/Tecnico/ Pasantias; item 34), aprobado por Resolucion Suprema Nº 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011; Que, en aplicacion de la Ley Nº 29240 - Ley que exceptua al Poder Ejecutivo de la aplicacion de lo dispuesto en el articulo 3º de la Ley Nº 27619, para las autorizaciones de viajes al exterior que esten estrictamente relacionados a temas de Seguridad Nacional, la presente autorizacion no debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, por razones de Seguridad Nacional; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, la Ley Nº 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 0242009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, y la Ley Nº 29626 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comision de servicio a la MORDAZA de Wichita, en el Estado de Kansas, en los Estados Unidos de MORDAZA, al Mayor FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que realice el entrenamiento inicial en el simulador de vuelo de la aeronave MORDAZA Jet 36A del 12 al 26 de diciembre de 2011. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aereo: MORDAZA ­ Kansas (Estados Unidos de America) ­ MORDAZA US$ 1,331.00 x 01 Persona (Incluye TUUA) Viaticos: US$ 220.00 x 15 dias x 01 Persona Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4º.- El Oficial Superior comisionado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 5º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y archivese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 726668-11

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