Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2011 (10/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de marzo de 2011

(...) h) Un (01) aparato electrodomestico portatil para el MORDAZA y para uso del viajero. (...) l) Hasta un MORDAZA en conjunto de veinte (20) discos compactos. (...) q) Hasta diez (10) rollos de pelicula fotografica, un (01) disco duro externo para computadora, dos (2) memorias para camara digital, videocamara y/o videojuego, solo si MORDAZA estos aparatos, dos (02) memorias USB (pen drive), diez (10) videocasetes para videocamara portatil, y diez (10) discos digitales de video o para videojuego. r) Una (01) agenda electronica portatil o tableta electronica. (...) t) Dos (02) telefonos celulares. (...) y) Otros bienes para uso o consumo del viajero y obsequios que por su cantidad, naturaleza o variedad se presuma que no estan destinados al comercio, por un valor en conjunto de quinientos dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 500,00). z) Una (01) calculadora electronica portatil. (...)" Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de marzo del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 612243-5

o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. -------------------------------------------------------------------------------------Fecha Maiz Azucar Arroz Leche entera en polvo -------------------------------------------------------------------------------------Del 16/02/2011 al 28/02/2011 325 753 562 3 717 -------------------------------------------------------------------------------------Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARBURUA Viceministro de Economia 611681-1

EDUCACION
Subvencion a favor del Arzobispado de MORDAZA para financiar los proyectos de ejecucion de obras de restauracion, demolicion y reconstruccion del Colegio MORDAZA de San MORDAZA y San MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 004-2011-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Colegio MORDAZA de San MORDAZA y San MORDAZA, fundado el 04 de noviembre de 1625 por el MORDAZA trujillano MORDAZA MORDAZA Corne, ha educado a ninos y jovenes con vocacion de sacerdocio, durante sus cuatro siglos de existencia en la MORDAZA de MORDAZA, siendo una de las instituciones educativas mas antiguas del Peru; Que, el Patio Eclesiastico de la sede de dicha Institucion Educativa, fue declarado Monumento Historico-Religioso mediante Resolucion Suprema Nº 2900-72-ED, de fecha 28 de MORDAZA de 1972; Que, sin embargo, con el transcurrir de los anos y de los fenomenos naturales y ambientales, se han ocasionado graves danos en su infraestructura poniendo en riesgo la seguridad de sus alumnos, docentes y personal administrativo y, asimismo, afectando la integridad de la referida Institucion Educativa, considerada como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, ante esta situacion el Arzobispado Metropolitano de MORDAZA, promotor y propietario de la Institucion Educativa, en su compromiso de garantizar la integridad de los alumnos y de nuestro valioso Patrimonio Cultural, ha solicitado al Ministerio de Educacion una subvencion ascendente a SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7´557,376.00), para financiar los proyectos de ejecucion de obras de restauracion, demolicion y reconstruccion del Colegio MORDAZA de San MORDAZA y San MORDAZA, de acuerdo al Expediente Tecnico remitido al Ministerio de Educacion; De conformidad con la Ley Nº 28044 ­ Ley General de Educacion, la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF a importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 005-2011-EF/15.01 MORDAZA, 8 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo N° 278-2010-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2011; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 16 al 28 de febrero de 2011; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional

Articulo 1º.- Autorizacion de subvencion Autorizar al Ministerio de Educacion con cargo al presupuesto 2011, a otorgar una Subvencion ascendente

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