Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2011 (09/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 9 de MORDAZA de 2011

Que, mediante Ordenanza Nº 295 publicada con fecha 16 de noviembre de 2000, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA crea el Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos, y en virtud del articulo 9, inciso 5 de este dispositivo legal, se precisa que corresponde a las Municipalidades Distritales de provincia de MORDAZA, en sus respectivas jurisdicciones, el determinar la frecuencia, el horario y las rutas de los vehiculos recolectores de residuos generados en los predios de su circunscripcion; Que, en igual forma el articulo 22, inciso 5, de la Ordenanza mencionada, indica que las personas naturales y juridicas, de derecho publico o privado, son responsables de poner los recipientes para su recoleccion, dentro del horario establecido por la correspondiente municipalidad o entregarlos para la recoleccion y el transporte; Que, en ese contexto, mediante Decreto de Alcaldia Nº 0006 de fecha 06 de noviembre de 2003, modificado por Decreto de Alcaldia Nº 0007 de fecha 17 de noviembre de 2003, se establecieron los horarios y la frecuencia para el deposito de los residuos solidos de responsabilidad municipal. Asimismo, mediante el Decreto de Alcaldia Nº 007-2007-ALC/MM de fecha 15 de MORDAZA de 2007, se amplio el horario establecido, de lunes a MORDAZA, para el servicio referido; Que, mediante Informe Nº 107-2011-SSP/MM, la Subgerencia de Servicios Publicos senala que la exposicion de residuos solidos en las vias publicas del distrito se realiza con anticipacion al horario de recojo establecido para los mismos, generandose apariencia de falta de limpieza, ademas del malestar vecinal; por lo que resulta necesario modificar el horario de recojo de los residuos solidos, asi como promover una MORDAZA informativa con la finalidad que los vecinos de Miraflores depositen las bolsas de basura MORDAZA del paso del camion recolector; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 20, numeral 6, y el articulo 42 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- ESTABLECER los siguientes horarios para el deposito de los residuos solidos de responsabilidad municipal en las vias publicas:

1. Cuando el camion recolector realice el recorrido entre las 20:00 y 22:00 horas, segun detalle del Anexo Nº 01: se depositaran los residuos solidos en las vias publicas a partir de las 19:30 hasta las 21:30 horas. 2. Cuando el camion recolector realice el recorrido entre las 22:00 y 04:00 horas, segun detalle del Anexo Nº 01: se depositaran los residuos solidos en las vias publicas a partir de las 21:30 hasta las 22:00 horas. Articulo Segundo.- ESTABLECER el horario excepcional para el deposito de los residuos solidos de responsabilidad municipal en las vias publicas entre las 00:00 y 01:00 horas de lunes a MORDAZA, al cual podran acogerse los establecimientos comerciales que asi lo requieran, previa autorizacion otorgada por la Subgerencia de Servicios Publicos. Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldia Nº 0007 de fecha 17 de noviembre de 2003, el Decreto de Alcaldia Nº 0006 de fecha 06 de noviembre de 2003, y el Decreto de Alcaldia Nº 007-2007-ALC/MM del 15 de MORDAZA de 2007; asi como cualquier otro dispositivo que resulte contrario a la presente norma. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Subgerencia de Servicios Publicos, y a la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, en lo que a cada una corresponda. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion del presente dispositivo en el Diario Oficial El Peruano; y, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicacion del mismo, asi como del Anexo Nº 01 -"Horarios de Recoleccion Domiciliaria de Miraflores", que forma parte integrante del presente dispositivo, en el MORDAZA institucional de la entidad (www. miraflores.gob.pe). POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 637243-1

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. LA DIRECCION

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