Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2011 (13/05/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

442425

Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo 5º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA

638754-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 1523
Mediante Oficio Nº 280-2011-MML-SGC, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 1523, publicada en nuestra edicion del dia 7 de MORDAZA de 2011. DICE: Articulo Primero: (...) "Articulo 4º.(...) e) (...) un (1) representante de las Organizaciones Sociales de Base del Vaso de Leche; dos (2) representantes de las Organizaciones Laborales; dos (2) representantes de Organizaciones de Mujeres; dos (2) representantes de Organizaciones de Jovenes." DEBE DECIR: Articulo Primero: (...) "Articulo 4º.(...) e) (...) un (1) representante de las Organizaciones Sociales de Base del Vaso de Leche; un (1) representante de las Organizaciones Sociales de Base de los Comedores Populares; dos (2) representantes de las Organizaciones Laborales; dos (2) representantes de Organizaciones de Mujeres; dos (2) representantes de Organizaciones de Jovenes."

fomentar el deporte y la recreacion, de la ninez, juventud y el vecindario en general, mediante el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas, para los fines MORDAZA indicados; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 006-2011 de fecha 2 de febrero del 2011 se declaro como Primer Tramo del Corredor Saludable la Av. MORDAZA Ferrero ­Pista Norte ­ Sentido Este ­Oeste, desde la Av. MORDAZA Ugarteche hasta la Av. Los Fresnos, a fin que los domingos y feriados en el horario de 07:00 hasta las 13:00 horas, sea utilizada por la ninez, juventud y vecindario en general, en actividades y practicas deportivas en sus diferentes modalidades de recreacion y sano esparcimiento; Que, mediante Memorandum Nº 758-2011-MDLMGECBS de fecha 5 de MORDAZA del 2011, la Gerencia de Educacion, Cultura y Bienestar Social propone la ampliacion del Corredor Saludable del tramo original comprendido entre la interseccion de las Avenidas MORDAZA Ferrero y MORDAZA Ugarteche hasta la Av. Los Fresnos, extendiendose hasta la interseccion de la Av. MORDAZA Ferrero y la Alameda del Corregidor; Que, la determinacion y uso temporal de areas de zonas urbanas, sin variacion de los fines para las que estan destinadas, permitiran programar y fomentar actividades de esparcimiento, recreacion y deporte en sus diversas disciplinas, para goce y disfrute de la ninez, juventud y vecinos en general, con las medidas de seguridad correspondientes; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6 del articulo de conformidad con el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- EXTIENDASE, el Corredor Saludable aprobado con Decreto de Alcaldia Nº 006-2011 de fecha 2 de febrero del 2011, hasta la interseccion de la Av. MORDAZA Ferrero y la Av. Alameda del Corregidor, a fin que los domingos y feriados en el horario de 07:00 hasta las 13:00 horas, sea utilizada por la ninez, juventud y vecindario en general, en actividades y practicas deportivas en sus diferentes modalidades de recreacion y sano esparcimiento; Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la interrupcion de vias correspondientes, al estar considerada la Av. MORDAZA Ferrero en el Sistema Vial Metropolitano como una Via Colectora. Articulo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Seguridad Ciudadana, Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental, Oficina de Participacion Vecinal y la Subgerencia de Obras Publicas, coordinar las acciones de su competencia correspondientes a la convocatoria, uso, cuidado, mantenimiento de areas verdes, senalizacion, control y restriccion del MORDAZA vehicular y adopcion de medidas de seguridad necesarias para el logro de los propositos que justifican el uso temporal exclusivo de la Av. MORDAZA Ferrero ­ Sentido Este ­ Oeste, desde la interseccion con la Av. MORDAZA Ugarteche hasta la interseccion con la Av. Alameda del Corregidor. Articulo Cuarto.- Encargar en la Gerencia de Desarrollo Humano, la ejecucion de las acciones de su competencia, relacionadas con las practicas deportivas de recreacion y sano esparcimiento, materia del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Quinto.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CALVO MORDAZA MORDAZA Alcaldesa Encargada del Despacho de Alcaldia

639086-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Disponen la extension del Corredor Saludable aprobado mediante D.A. Nº 006-2011
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2011
La MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: El Memorandum Nº 758-2011-MDLM-GECBS de fecha 5 de MORDAZA del 2011 la Gerencia de Educacion, Cultura y Bienestar Social, sobre la ampliacion del Corredor Saludable en el distrito de La Molina; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 18) del articulo 82º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades en materia de educacion, cultura, deporte y recreacion, tienen como competencias y funciones especificas compartidas con el gobierno nacional y regionales; normar, coordinar y

639504-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.