Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2011 (25/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de setiembre de 2011

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de profesional de DEVIDA a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 279-2011-PCM MORDAZA, 24 de septiembre de 2011

Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes y TUUA US$ 948,00 Viaticos US$ 2 420,00 (10 dias de evento + 1 de instalacion a US$ 220,00 x dia) Articulo 3º- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

VISTO: El Oficio Nº 0706-2011-DV-SG, de fecha 06 de setiembre de 2011, dirigido por la Secretaria General de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA; CONSIDERANDO: Que, del 26 de setiembre al 05 de octubre de 2011, se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, la Primera Sesion de Redaccion del Grupo de Expertos Gubernamentales de la Implementacion de las Recomendaciones correspondientes a la MORDAZA Ronda de Evaluacion 2007-2009 del Mecanismo de Evaluacion Multilateral, de acuerdo a lo informado en la Nota OEA/SMS/CICAD-N70/11, emitida por la Secretaria Ejecutiva de la Comision Interamericana para el Control del Abuso de Drogas - CICAD; Que, el Mecanismo de Evaluacion Multilateral tiene por objeto formular recomendaciones periodicas a los Estados miembros a los efectos de mejorar su capacidad de controlar el trafico y el abuso de drogas; asi como reforzar la cooperacion multilateral; Que, el objetivo principal del Mecanismo de Evaluacion Multilateral consiste en fortalecer en forma directa la confianza mutua, el dialogo y la cooperacion hemisferica para hacer frente con mayor eficacia a los diversos aspectos del problema de las drogas; Que, el viaje propuesto se encuentra dentro del MORDAZA de la implementacion de las recomendaciones correspondientes a la MORDAZA Ronda de Evaluacion 20072009 del Mecanismo de Evaluacion Multilateral; Que, resulta de interes nacional e institucional la participacion del senor MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, profesional de la Direccion de Compromiso Global de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, en su calidad de Experto Gubernamental y Coordinador del Grupo Nº 2 del Grupo de Expertos Gubernamentales; Que, los gastos por concepto de pasajes que incluye la tarifa unica por uso de aeropuerto, y viaticos del citado funcionario seran sufragados con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA; De conformidad con la Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, aprobada por Ley Nº 27619; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, aprobada por Ley Nº 29626; y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, profesional de la Direccion de Compromiso Global de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 25 de setiembre al 06 de octubre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego de la

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primera Vicepresidenta de la Republica Encargada del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 695321-1

ENERGIA Y MINAS
Reconocen servidumbre de obras hidroelectricas a favor de concesion de la que es titular Empresa de Generacion Electrica Cheves S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 429-2011-MEM/DM MORDAZA, 21 de setiembre de 2011 VISTO: El Expediente Nº 11211810, organizado por Empresa de Generacion Electrica Cheves S.A. (Cheves S.A.), persona juridica inscrita en la Partida Nº 00179957 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre convencional de obras hidroelectricas, con caracter permanente y temporal, para la Toma Huaura de la Central Hidroelectrica Cheves; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Generacion Electrica Cheves S.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Cheves, en merito de la Resolucion Suprema Nº 027-2003-EM, publicada el 07 de agosto de 2003, mediante la cual adquirio los derechos y obligaciones de la concesion otorgada originalmente a favor de PERU HYDRO S.A., mediante la Resolucion Suprema Nº 124-2001-EM, publicada el 16 de MORDAZA de 2001, solicito el reconocimiento de la servidumbre convencional de obras hidroelectricas, con caracter permanente y temporal, para la Toma Huaura de la Central Hidroelectrica Cheves, ubicada en la jurisdiccion de la Comunidad Campesina de Andajes, distrito de Andajes, provincia de Oyon, departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido la servidumbre convencional de obras hidroelectricas para la Toma Huaura de la Central Hidroelectrica Cheves, conforme constan en los Testimonios de Escritura Publica de fecha 13 de agosto de 2011, cuyas copias obran en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes;

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