Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2011 (27/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de setiembre de 2011

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Convierten y reubican organos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 219-2011-CE-PJ MORDAZA, 23 de agosto de 2011 VISTO: El Oficio Nº 164-2011-P/CSJLL/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante el mencionado documento el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA remite a este Organo de Gobierno el Acuerdo de Sala Plena del mencionado Distrito judicial, por el cual se solicita la conversion y reubicacion de la Sala Especializada Civil Descentralizada del MORDAZA de Chicama con sede en el Distrito de Paijan, Provincia de Ascope, en Sala Especializada Constitucional y Social con sede en la MORDAZA de MORDAZA, provincia del mismo nombre; la misma que adicionalmente tendria competencia en materia contencioso administrativa.

Segundo: Que, los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, en su condicion de MORDAZA autoridad del Distrito Judicial a su cargo, tienen la responsabilidad de realizar monitoreos y evaluaciones permanentes a fin de proponer las acciones administrativas y de control adecuados para lograr el incremento de la capacidad resolutiva de los organos jurisdiccionales, por lo cual pueden proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones pertinentes para implementar y ejecutar adecuadamente dicho proceso. Tercero: Que, no obstante la propuesta presentada por la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, del cuadro de carga procesal anexo a los presentes actuados se advierte excesiva carga procesal en los organos jurisdiccionales en materia laboral (Ley Nº 26636 y Ley Nº 29497); asi como contencioso administrativo, que se elevarian en apelacion a las MORDAZA Superiores Laborales. Cuarto: Que, los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82º, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, asimismo adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir y reubicar, a partir del uno de octubre del ano en curso, la Sala Especializada Civil Descentralizada del MORDAZA Chicama con sede en el

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 3 paginas o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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