Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2012 (24/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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infraestructura de la Universidad Nacional de Canete (E3), que corresponden a parte del equipamiento MORDAZA de la Provincia de Canete); Que, la incorporacion de tierras a la MORDAZA de expansion MORDAZA y asignacion de zonificacion se realiza por necesidad publica para la ejecucion de proyectos prioritarios para la provincia de Canete, encontrandose dichos procedimientos vigentes en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de nuestra entidad Municipal; Que, la Subgerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Legal Nº 675-2012-AS.LEG-MPC, de fecha 19 de enero del 2012 opina que se derive por la procedencia del Procedimiento de Anexion MORDAZA y Asignacion de Zonificacion del predio denominado Don MORDAZA de propiedad de la Municipalidad Provincial de Canete, sugiriendo se remita lo actuado a la Comision de Obras de la Municipalidad Provincial de Canete para que proceda conforme a sus atribuciones; Que, la Comision de Obras, Desarrollo MORDAZA a traves del Dictamen Nº 001-2012-CODUR-MPC, de fecha 26 de enero del 2012, emite Dictamen favorable para aprobar la anexion al area MORDAZA y se asigne la zonificacion al predio mencionado, exonerandose de los costos respectivos, asi como se eleve al Pleno del Concejo para su deliberacion; Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime y, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta. SE ACORDO Articulo 1º.- Aprobar la Anexion al area MORDAZA al Distrito de San MORDAZA, al predio denominado Fundo don MORDAZA, de Propiedad de la Municipalidad Provincial de Canete, ubicado a la altura del km 140 de la Panamericana Sur, de la Jurisdiccion del Distrito de San MORDAZA, Provincia de Canete, Departamento de MORDAZA, que cuenta con un area de 235,700.00 m2 y Asignar la siguiente Zonificacion: Zonificacion Residencial: En el area denominada SUB-LOTE B-4, la zonificacion que le corresponde es Zonificacion Residencial RDM (RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA). Zonificacion Usos Especiales (OU): El proyecto integral de la Habilitacion MORDAZA comprende la construccion de dependencias administrativas de la Municipalidad Provincial de Canete, que en el proyecto de zonificacion se denomina sub-lote B-3. Zonificacion Complementarios: Servicios Publicos

Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General, para que a traves de la Oficina de Comunicacion Social y Relaciones publicas, la presente ordenanza sea publicada en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Canete por el termino de 30 dias y publicado en el Diario oficial el Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 755539-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALLAGA
Declaran como MORDAZA Intangible el ambito del MORDAZA Pedestre "Saposoa, Motelillo, La Canaan"
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Huallaga, mediante Oficio Nº 0108-2012-MPH/S, recibido el 22 de febrero de 2012) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2010-MPH Saposoa, 27 de enero de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALLAGA VISTO: En sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 26 de enero de 2010, se aprobo Por unanimidad la Ordenanza Municipal que Declara como MORDAZA Intangible el ambito del MORDAZA Pedestre "Saposoa ­ Motelillo ­ La Canaan", en el distrito de Saposoa, Provincia de Huallaga sobre la base del Acuerdo de sesion ordinaria de Concejo de fecha 27 de Agosto del 2009 a propuesta del senor MORDAZA Provincial, cuya elaboracion fue encargada al Equipo de la Asociacion Amazonicos por la Amazonia ­ MORDAZA, en el MORDAZA del Convenio de Cooperacion suscrito el 03 de diciembre del ano 2008; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del estado senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales y las delegadas conforme a ley son los organos de gobierno local y como tales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, reconocida de igual manera en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, de conformidad con el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru, el Estado debe promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas, obligacion que no solo compromete al gobierno central, sino tambien a los gobiernos regionales y locales, dentro de un MORDAZA de descentralizacion; Que, el articulo VI del Titulo Preliminar de la Ley General del Ambiente, senala que la gestion ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradacion ambiental, estableciendo en su articulo 65º como politicas de desarrollo MORDAZA y rural el impacto de la poblacion sobre la calidad del ambiente y sus componentes este como un MORDAZA de proporcionalidad; Que, el articulo 23º de la Ley General del Ambiente dispone que los gobiernos locales deben evitar que actividades o usos incompatibles, por razones ambientales se desarrollen dentro de una misma MORDAZA o en zonas colindantes dentro de sus jurisdicciones; Que, el articulo 42º literal (h) de la Ley de Bases de la Descentralizacion, indica que es competencia exclusiva de los gobiernos locales, "dictar las normas

En el sub-lote B-1 se contempla la construccion de la infraestructura de la Universidad Nacional de Canete cuya zonificacion es la que se indica: EDUCACION (E) Educacion Superior Universitaria (E3) En el Sub-lote B-2 se contempla la construccion del Hospital Regional de Canete, cuya zonificacion que le corresponde es: SALUD (H) Hospital General (H3). Articulo 2º.- Precisar que la lamina PZ-01 forma parte de la zonificacion aprobada en el articulo 1º de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Disponer que la Municipalidad Distrital de San MORDAZA y la Municipalidad Provincial de Canete incorporen en el Plano de zonificacion la Anexion al area MORDAZA y Asignacion de Zonificacion aprobados en el articulo primero, a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza.

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