Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2012 (27/07/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

471565

Estando a lo opinado por el Departamento de Supervision Bancaria D; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 ­ Ley General de Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009 y Resolucion SBS Nº 281-2012; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a Financiera Uno, la apertura de una oficina especial permanente, segun se indica: - Oficina Especial ­ MORDAZA, sito en: Avenida MORDAZA MORDAZA Oeste 1345, esquina con Avenida MORDAZA, Urbanizacion Real Plaza MORDAZA, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de la Libertad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca (e) 819921-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de Interes Regional el Fortalecimiento de la Identidad Nacional a traves del Conocimiento del Patrimonio Cultural en Ninos y Adolescentes
ORDENANZA REGIONAL Nº 031-2012-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sexta Sesion Ordinaria de fecha dieciocho de junio del ano dos mil doce, ha debatido y aprobado emitir la presente Ordenanza Regional que: Declara de Interes Regional el Fortalecimiento de la Identidad Nacional a traves del Conocimiento del Patrimonio Cultural en Ninos y Adolescentes del departamento del Cusco. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las Municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. La estructura organica basica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...). Que, el articulo 2° de la Constitucion Politica del Estado, establece Los Derechos Fundamentales de la Persona, que en su numeral 8) senala: "Toda persona tiene derecho a la MORDAZA de creacion intelectual, artistica, tecnica y cientifica, asi como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusion. Asi mismo el articulo 21º precisa: Los yacimientos y restos arqueologicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliograficos y de archivo, objetos artisticos y testimonios de valor historico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nacion, independientemente de su condicion de propiedad privada o publica. Estan protegidos por el Estado. Que, la Declaracion Universal de los Derechos del MORDAZA, aprobado por la Organizacion de Naciones Unidas (ONU), el 20 de noviembre de 1959, en el articulo 4° senala "Todo MORDAZA tiene derecho a unas condiciones economicas, sociales y culturales", y el articulo 29° precisa: "La educacion de los ninos debe ir encaminada a lograr su desarrollo integral, el respeto de los derechos humanos, el respeto a su identidad cultural, su insercion responsable en una sociedad libre (....)". Que, la Ley N° 27337- Ley de los Ninos y Adolescentes, en el articulo 6° senala el derecho a la identidad, indica.- "El MORDAZA y el adolescente tienen derecho a la identidad, lo que incluye el derecho a tener un nombre, a adquirir una nacionalidad y en la medida de lo posible a conocer a sus padres y llevar sus apellidos. Tienen derecho al desarrollo integral de su personalidad", en el articulo 14º senala el derecho a la educacion, cultura, deporte y recreacion; en el articulo 20° senala el derecho a participar en programas culturales, deportivos y recreativos, e indica que: "El Estado estimulara y facilitara la aplicacion de recursos y espacios fisicos para la ejecucion de programas culturales, deportivos y de recreacion dirigidos a ninos y adolescentes (...)". Que, el articulo 6º de la Ley N° 28044- Ley de Educacion, expresa: "La formacion etica y civica es

Autorizan al BBVA Continental el cierre temporal de oficinas ubicadas en los distritos de La MORDAZA y San MORDAZA de Lurigancho, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS N° 4872-2012 MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por el BBVA Continental para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de dos (02) oficinas, segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el cierre temporal; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion SBS N° 7752008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS N° 12883-2009, y Resolucion SBS Nº 281-2012; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al BBVA Continental el cierre temporal de dos (02) oficinas segun el detalle siguiente:
Direccion 1 Av. Mexico 1700 2 Av. Gran Chimu 399 - Urbanizacion MORDAZA Distrito La MORDAZA San MORDAZA de Lurigancho Provincia Dpto. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fecha Plazo 14.07.2012 90 dias 30.07.2012 75 dias

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca (e) 819674-1GOBIERNOS

REGIONALES

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.