Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2012 (15/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2012

aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La compania SERVICIOS AEREOS MORDAZA E.I.R.L. - SARU E.I.R.L., debera cumplir con la obligacion de constituir la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece el Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La compania SERVICIOS AEREOS MORDAZA E.I.R.L. - SARU E.I.R.L. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La compania SERVICIOS AEREOS MORDAZA E.I.R.L. - SARU E.I.R.L. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil del Peru - Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 798069-1

conforme a lo dispuesto en el articulo 6º numeral 2) de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronautica de Espana ha designado a AIR EUROPA LINEAS AEREAS S.A. para efectuar servicios de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar -en el extremo pertinente- el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 283-2010MTC/12 del 24 de Setiembre de 2010, que otorgo a AIR EUROPA LINEAS AEREAS S.A. Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, de conformidad al "Acta Final de la Reunion de Autoridades Aeronauticas de la Republica del Peru y del Reino de Espana" de fecha 06 de MORDAZA del 2005, ratificada mediante Resolucion Ministerial Nº 3092005-MTC/02, en las siguientes condiciones: RUTAS, FRECUENCIAS AEROCOMERCIALES: Y DERECHOS

CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA - MORDAZA y vv., siete (07) frecuencias semanales. Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 283-2010-MTC/12 del 24 de setiembre del 2010, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 798108-1

Modifican la R.D. Nº 283-2010-MTC/12, mediante la cual se otorgo a Air Europa Lineas Aereas S.A. permiso de operacion de servicio de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 168-2012-MTC/12 MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2012 Vista la solicitud de AIR EUROPA LINEAS AEREAS S.A., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 283-2010MTC/12 del 24 de Setiembre de 2010, se otorgo a AIR EUROPA LINEAS AEREAS S.A. Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (04) anos, hasta el 11 de noviembre del 2014; Que, con Documento de Registro Nº 2012-016614 del 23 de marzo del 2012, AIR EUROPA LINEAS AEREAS S.A. solicito la Modificacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, a fin de ampliar frecuencias en la ruta autorizada; Que, segun los terminos del Memorandos Nº 490-2012MTC/12.LEG, Memorando Nº 022-2012-MTC/12.POA e Informe Nº 129-2012-MTC/12.07, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil y que forman parte de la presente Resolucion Directoral,

Autorizar a Escuela Peruana de Conductores Profesionales Sociedad Anonima Cerrada - ESPECONP S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1756-2012-MTC/15 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 012646 y 026020 presentados por la empresa denominada ESCUELA PERUANA DE CONDUCTORES PROFESIONALES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - ESPECONP S.A.C. y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de

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