Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2012 (11/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

462373

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Chiclayo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA Eten y Monsefu en la provincia de Chiclayo; los distritos de Illimo, Pacora, Jayanca, Motupe, Olmos, MORDAZA y Morrope en la provincia de MORDAZA y los distritos de Incahuasi y Kanaris en la provincia de Ferrenafe, del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 024-2012-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, las Alertas Meteorologicas emitidas por el SENAMHI desde Enero 2012 a la fecha, han demostrado los aciertos de la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales no solo en varias zonas altoandinas del MORDAZA, sino tambien en zonas de la costa norte y la MORDAZA, como en efecto aparecen en las Alertas Meteorologicas N° 6, 7 y 8, entre ellos en el departamento de MORDAZA, habiendose desbordado los MORDAZA MORDAZA y La Leche, todo lo cual ha producido varios danos considerables como es la afectacion de trochas carrozables, puestos de salud, instituciones educativas, zonas agricolas, viviendas, el colapso del sistema de alcantarillado, dejando a poblaciones en calidad de Damnificados y Afectados. Asimismo, las Alertas Meteorologicas del SENAMHI a la vez estan previendo la continuacion de las lluvias en las zonas altoandinas del departamento de Lambayeque; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 155-2012-GR-LAMB/PR de fecha 24 de febrero de 2012, y sustentado en el Informe Nº 003-2012GR.LAMB/OFDNDCSC, solicita la declaratoria de Estado de Emergencia en el departamento de MORDAZA, a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales que han ocasionado la crecida de los MORDAZA La Leche y MORDAZA, que han producido desbordes afectando las zonas bajas y vulnerables de varios sectores afectando principalmente: viviendas, hectareas de cultivos y el sistema de alcantarillado de las zonas urbanas, que anteriormente habian sido afectadas por el Fenomeno de El MORDAZA de 1988 y la falta de rehabilitacion de dicha infraestructura por la carencia de recursos economicos, que ha originado impactos ambientales negativos, como enfermedades respiratorias y digestivas en la poblacion vulnerable; complementando su informacion mediante los Oficios N° 163-2012-GR.LAMB/PR de fecha 27 de febrero de 2012, N° 189-2012-GR.LAMB/P-ORDNCSC de fecha 01 de marzo de 2012, N° 267-2012-GR.LAMB-ORPP de fecha 01 de marzo de 2012, N° 302-2012-GR.LAMB/GRA de fecha 01 de marzo de 2012, y N° 201-2012-GR.LAMB/ P-ORDNCSC de fecha 06 de marzo de 2012, mediante el cual adjunta el Informe N° 005-2012-GR.LAMB/ OFDNDCSC/DIDN en la que se detalla la magnitud de los danos y se focaliza los ambitos geograficos especificos en las provincias de Chiclayo, MORDAZA y Ferrenafe, del departamento de Lambayeque; Que, mediante Informe Tecnico Nº 011-2012INDECI/11.0 de fecha 06 de marzo de 2012, la Direccion Nacional de Operaciones del INDECI, y considerando la informacion presentada por el Gobierno Regional de

MORDAZA, y sustentado en el Informe de Emergencia N° 231-06/03/2012/COEN-INDECI/16:00 hrs, las Evaluaciones de Danos y Analisis de Necesidades, los registros del SINPAD y las Alertas Meteorologicas del SENAMHI de los meses de enero y febrero de 2012, informa sobre la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales y desborde de MORDAZA, que han afectado trochas carrozables, puestos de salud, instituciones educativas, zonas agricolas, viviendas, red de agua potable y de alcantarillado, dejando a poblaciones en calidad de Damnificados y Afectados en veinticinco (25) distritos y tres (03) capitales de provincia de un total de treinta y ocho (38) distritos y provincias, representando esto el 65.79% de los distritos y provincias de la Region MORDAZA en un periodo basicamente de 30 dias de lluvias; Que, en el mencionado Informe Tecnico se considera entre los mas afectados, por la magnitud de los danos, a los distritos de Chiclayo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA Eten y Monsefu en la provincia de Chiclayo; los distritos de Illimo, Pacora, Jayanca, Motupe, Olmos, MORDAZA y Morrope en la provincia de Lambayeque; y los distritos de Incahuasi y Kanaris en la provincia de Ferrenafe, del departamento de MORDAZA, siendo necesaria la ejecucion de acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas, para lo cual el Gobierno Regional no cuenta con disponibilidad presupuestal; por lo que se emite opinion favorable para que se recomiende aprobar la declaratoria de Estado de Emergencia en las mencionadas provincias; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan al Gobierno Regional de MORDAZA, y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Defensa y demas instituciones y organismos del Estado involucrados, ejecutar acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, el numeral 68.1 del articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, senala que la solicitud de declaratoria del Estado de Emergencia, es presentada por el respectivo Gobierno Regional al INDECI con la debida sustentacion; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, asi como con el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM, que regula el procedimiento de la declaratoria de Estado de Emergencia; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia. Declarese el Estado de Emergencia en los distritos de Chiclayo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA Eten y Monsefu en la provincia de Chiclayo; los distritos de Illimo, Pacora, Jayanca, Motupe, Olmos, MORDAZA y Morrope en la provincia de MORDAZA y los distritos de Incahuasi y Kanaris en la provincia de Ferrenafe, del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda,

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