Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2012 (28/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

479509

Articulo Cuarto.- La Escuela autorizada debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) dias calendario, computados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- La Escuela autorizada debera presentar: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, presentara el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo senala el numeral 43.6 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. c) En un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario de publicada la Resolucion Directoral que establece las caracteristicas especiales del circuito donde se realizaran las practicas de manejo, presentara MORDAZA de la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo senala el literal e) numeral 43.4 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Sexto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Setimo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Asimismo, se publicara en la pagina web del Ministerio la presente Resolucion y el horario propuesto por la Escuela de Conductores TU BREVETE MORDAZA S.A.C. Articulo Noveno.- Dejar sin efecto las Resoluciones Directorales Nºs. 3551-2012-MTC/15 y 4168-2012MTC/15, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 862571-1

VIVIENDA
Autorizan Transferencia Financiera del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA a favor de EMPSSAPAL S.A. para la ejecucion de proyecto en la MORDAZA de Sicuani
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 264-2012-VIVIENDA MORDAZA, 26 de noviembre de 2012

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 096-2000EF del 30 de agosto del 2000, se aprobo la Operacion de Endeudamiento Externo entre la Republica del Peru y el Japan Bank for International Cooperation ­ JBIC (Hoy JICA), hasta por la suma de ¥ 7,636'000,000.00 (Siete Mil Seiscientos Treinta y Seis Millones y 00/100 Yenes Japoneses), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion de Agua Potable y Alcantarillado en las Ciudades de Iquitos, MORDAZA y Sicuani", suscribiendose el respectivo Convenio de Prestamo PE-P29 el 4 de setiembre del 2000; Que, el citado Decreto Supremo, establece como unidad ejecutora del Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion de Agua Potable y Alcantarillado en las Ciudades de Iquitos, MORDAZA y Sicuani, al Ministerio de la Presidencia a traves del Programa Nacional de Agua Potable ­ PRONAP, organo que posteriormente fue subrogado en sus funciones y competencias por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento ­ PARSSA, el que a su vez fue absorbido por el Programa Agua para Todos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, actualmente denominado Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA ­ PNSU, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA; ademas, preciso que actuarian como Unidades Implementadoras la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA S.A. ­ EPS SEDALORETO S.A.; Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del MORDAZA S.A. ­ EPS SEDACUSCO S.A. y la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. ­ EPS EMPSSAPAL S.A.; Que, con Resolucion Ministerial N° 329-2008-EF/75, se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos de la operacion de endeudamiento externo aprobada por Decreto Supremo N° 096-2000-EF, a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. ­ EMPSSAPAL S.A. por ¥ 1,852'000,000 (Mil Ochocientos Cincuenta y Dos Millones y 00/100 Yenes Japoneses); y la constitucion de un Fideicomiso entre el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional de Endeudamiento Publico (hoy Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico), la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de la Provincias Alto Andinas S.A. ­ EMPSSAPAL S.A., el Gobierno Regional de MORDAZA, la Municipalidad Provincial de Canchis y el Banco de la Nacion, en calidad de fiduciario, como mecanismo de devolucion para el pago del servicio de deuda de la operacion de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo 096-2000-EF; Que, con Oficio N° 1246-2009-EF/75.22, el Ministerio de Economia y Finanzas comunico al Programa Agua Para Todos (hoy Programa Nacional de Saneamiento Urbano), que el Gobierno Nacional acordo a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros, en una Mesa de Dialogo con la Provincia de Canchis ­ Sicuani que el financiamiento del citado proyecto sera asumido por el Gobierno Regional de MORDAZA con S/. 15 000 000,00; por la Municipalidad Provincial de Canchis con S/. 5 000 000,00; y el saldo del monto de la inversion estara a cargo del Gobierno Nacional a traves del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a fin de coadyuvar a la viabilidad financiera para la ejecucion de proyecto a traves de EMPSSAPAL; Que, con Oficio N° 004-2012-C.L.P.I. N° 01/EPSEMPSSAPAL S.A. de fecha 25 de octubre del 2012, el Presidente del Comite Especial de Licitacion Publica Internacional, lotes 4 y 5 Convenio de Prestamo PE-P29 EMPSSAPAL S.A., comunico a la empresa contratista COMSA S.A. Sucursal del Peru, la adjudicacion del contrato por la suma de S/. 64 102 317,68 (Sesenta y Cuatro Millones Ciento Dos Mil Trescientos Diecisiete y 68/100 Nuevos Soles); habiendose programado el inicio de la obra para el 01 de diciembre del 2012; Que, con fecha 31 de octubre del 2012, se suscribio el Convenio de Cooperacion Financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. - EMPSSAPAL S.A.,

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