Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2013 (25/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA 25 de agosto de 2013

501777
Del recurso de apelacion Por escrito de fecha 26 de junio de 2013, el MORDAZA suspendido MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de apelacion contra el acuerdo de la sesion extraordinaria, de fecha 14 de junio de 2013, solicitando que el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones revoque el mismo, por cuanto: a) el concejo distrital no lo habria notificado en forma correcta respecto a la sesion donde se discutio el pedido de suspension, y b) como consecuencia de ello se habria vulnerado el debido MORDAZA y su derecho de defensa (fojas 9 a 11). CUESTION EN DISCUSION Determinar si, de existir un vicio en el procedimiento de suspension, amerita declarar la nulidad del mismo, puesto que el MORDAZA se encuentra recluido en un centro penitenciario al contar con un mandato de detencion vigente. CONSIDERANDOS 1. Conforme a lo dispuesto en el articulo 25, numeral 3, de la LOM, el ejercicio del cargo de MORDAZA o regidor se suspende, por acuerdo de concejo, por el tiempo que dure el mandato de detencion. Esta causal de suspension en el ejercicio del cargo, tiene por finalidad cautelar el buen funcionamiento de los organos de gobierno subnacionales. Ello en razon de que si la autoridad se encuentra detenida o en clandestinidad no podra ejercer las funciones propias de su cargo. Asimismo, este Supremo Tribunal Electoral considera que basta que el mandato de detencion MORDAZA sido emitido y se encuentre vigente para que concurra la causal de suspension del ejercicio del cargo, como ya ha sido expuesto en las Resoluciones Nº 920-2012-JNE, Nº 1077-2012-JNE, Nº 931-2012-JNE, Nº 932-2012-JNE, Nº 928-2012-JNE, Nº 1129-2012-JNE, entre otras, en las que el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha valorado que el mandato de detencion sea actual y que MORDAZA sido ordenado de manera oportuna por el organo jurisdiccional competente 2. Respecto de la situacion juridica del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se aprecia de autos que se encuentra bajo la medida de prision preventiva, situacion juridica que ha sido dispuesta por el MORDAZA Juzgado de Investigacion Preparatoria de Bagua (foja 478). Esta decision ha sido confirmada por Resolucion Nº 7, de fecha de fecha 14 de junio de 2013, expedida por la Sala Penal de Apelaciones de Bagua de la Corte Superior de Justicia de Amazonas (foja 497). En razon a lo dispuesto por la justicia ordinaria, el MORDAZA se encuentra recluido en el establecimiento penitenciario de San MORDAZA de Utcubamba. 3. No obstante los defectos formales en los que se ha incurrido durante la tramitacion del procedimiento de suspension, deficiente notificacion a las sesiones de concejo de fecha 29 de MORDAZA y 14 de junio de 2013, no puede desconocerse la existencia de un mandato de detencion vigente en contra del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cajaruro. Como se ha expresado, la causal de suspension de autoridades municipales de eleccion popular, por mandato de detencion, debe ser interpretada atendiendo a la finalidad constitucional y legitima que esta persigue: garantizar la continuidad y normal desarrollo de la gestion municipal, que puede resultar entorpecida por la imposibilidad del MORDAZA o regidor de ejercer las funciones y competencias propias de su cargo. Atendiendo a ello, resultaria inoficioso que se declare la nulidad del acuerdo de concejo que aprobo la suspension, toda vez que el resultado que se obtendria seria el mismo, ya que la cuestion se circunscribe a dar cumplimiento a lo dispuesto por una resolucion judicial emitida por el juez penal. Por tales motivos, tomando en consideracion que el articulo 14.2.3 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes y que ameritan ser conservados, como aquellos cuya

solicitante y al MORDAZA, para salvaguardar su derecho a la defensa y el MORDAZA de igualdad entre las partes, asi como a todos los integrantes del concejo municipal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 979252-1

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidora de la Municipalidad Distrital de Cajaruro, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas
RESOLUCION Nº 801-2013-JNE Expediente N° J-2013-0864 CAJARURO - UTCUBAMBA - AMAZONAS MORDAZA, veintidos de agosto de dos mil trece. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria, de fecha 14 de junio de 2013, que rechazo su recurso de reconsideracion y confirmo el acuerdo de la sesion extraordinaria del 31 de MORDAZA de 2013, que aprobo la solicitud de suspension en su contra como MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cajaruro, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, teniendo a la vista el Expediente Nº J-2013-679. ANTECEDENTES Del procedimiento de suspension en instancia municipal A traves de la Resolucion Nº 2, de fecha 24 de MORDAZA de 2013, el MORDAZA Juzgado de Investigacion Preparatoria de Bagua resolvio declarar fundado el requerimiento de prision preventiva solicitado por el Ministerio Publico en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cajaruro, por el delito contra la MORDAZA el cuerpo y la salud, en su figura de homicidio calificado, en agravio de MORDAZA Wong MORDAZA (exvicepresidente del Gobierno Regional de Amazonas), disponiendo, por lo tanto, su ingreso al establecimiento penitenciario de San MORDAZA de Utcubamba por el termino de nueve meses (foja 56). En sesion extraordinaria del 29 de MORDAZA de 2013 (fojas 5 y 6), el Concejo Distrital de Cajaruro acordo suspender al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la causal prevista en el articulo 25, numeral 3, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). No obstante, dicha decision fue impugnada por el MORDAZA cuestionado mediante recurso de reconsideracion, de fecha 31 de MORDAZA de 2013, alegandose que el concejo municipal no habria respetado el debido procedimiento administrativo (fojas 27 a 29 del Expediente Nº J-20130679); sin embargo, por acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria del 14 de junio de 2013, el concejo distrital rechazo la reconsideracion y confirmo la suspension de la autoridad MORDAZA por contar con un mandato de detencion vigente (foja 7 y 8).

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