Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2013 (26/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

491618

NORMAS LEGALES
ANEXO 01 Nombre del CITE MORDAZA de Creacion

El Peruano MORDAZA, martes 26 de marzo de 2013

Los servicios que brindan los CITE publico a los usuarios, no deberan verse afectados por el MORDAZA de adscripcion al ITP. Articulo 6º.- Transferencias presupuestarias Encarguese al Ministerio de la Produccion para que, en coordinacion con el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Presupuesto Publico, elabore el proyecto de Decreto Supremo que aprueba la transferencia de partidas del pliego Ministerio de la Produccion, a favor del Instituto Tecnologico de la Produccion - ITP, en el MORDAZA de la Vigesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final y Primera Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 29951. El proyecto debera ser presentado, en un plazo no mayor de cuatro (04) meses. Para efectos de las modificaciones presupuestarias a que hace referencia el presente articulo, se tomara como fecha de corte presupuestal el ultimo dia del mes elegido para el cierre. Dichas modificaciones presupuestarias no implicaran una demanda adicional de recursos al Estado. Articulo 7º.- Adecuacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del ITP Una vez culminado el MORDAZA de transferencia de funciones, el ITP debera presentar el proyecto de adecuacion de su Reglamento de Organizacion y Funciones, de conformidad con la Vigesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 y lo establecido por el presente Decreto Supremo. La aprobacion de dicho documento de gestion se realizara mediante Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, dentro de los treinta (30) dias calendario de haber sido aprobada la Resolucion a que hace referencia el literal d) del articulo 4º del presente Decreto Supremo. En tanto se apruebe el MORDAZA documento de gestion, se mantendra vigente el Reglamento de Organizacion y Funciones y demas documentos que regulan al Instituto Tecnologico Pesquero, actual Instituto Tecnologico de la Produccion - ITP. Articulo 8º.- Modificacion de la Denominacion y alcance del CITEvid En el MORDAZA de la Ley Nº 27267 y el articulo 4º de su Reglamento, modifiquese la denominacion del "CITEvid" por "CITE Agroindustrial", a efecto de ampliar el alcance de las MORDAZA productivas al que se encuentre asociado, en el MORDAZA de la reestructuracion que se viene implementando en el sector Produccion de conformidad con el MORDAZA legal vigente. Articulo 9º.- Programa Nacional de Centros de Innovacion Tecnologica del Sector Produccion En un plazo de seis (06) meses, PRODUCE presentara un proyecto de Decreto Supremo que disponga la creacion del Programa Nacional de Centros de Innovacion Tecnologica del Sector Produccion, con la finalidad de articular y modernizar los entes vinculados a la Innovacion Tecnologica del Sector Produccion, en el MORDAZA de la Ley Organica del Poder Ejecutivo ­ Ley Nº 29158. Articulo 10º.- Normas Complementarias El Ministerio de la Produccion, mediante Resolucion Ministerial, aprobara las normas complementarias para la aplicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 11º.- Publicacion Publiquese el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Instituto Tecnologico de la Produccion (www.itp.gob.pe). Articulo 12º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 13º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de marzo del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion

Requisitos para la Adscripcion

Fecha de Adscripcion al ITP

Centro de Innovacion Resolucion 1) Reporte del Presupuesto asignado y ejecutado en los ultimos 03 Marzo - MORDAZA Tecnologica Vitivinicola. Suprema 2013 anos. Nº 149-2000MITINCI CITEvid 2) Indicadores de Gestion de los Centro de Innovacion Resolucion CITE. Tecnologica de la MORDAZA ­ MORDAZA Suprema Madera. 2013 Nº 150-2000- 3) Identificacion del personal MITINCI existente en cada CITE y su CITEmadera modalidad contractual y fecha de ingreso y vencimiento de contrato. 4) Contar como minimo con 05 especialistas vinculados a la materia que desarrolla cada CITE. 5) Reporte del Inventario del Patrimonio (incluye todo MORDAZA de bienes). 6) Relacion de Documentos de Gestion y Documentos Contractuales vigentes. 7) Relacion de Convenios Nacionales e Internacionales que involucren a los CITE. Centro de Innovacion Tecnologica del Cuero, Resolucion 8) Relacion de Donaciones MORDAZA - Junio Calzado e Industrias Suprema realizadas. 2013 Conexas. Nº 063-98MITINCI 9) Relacion de Proyectos de CITEccal Inversion en todas sus etapas. 10) Plan Estrategico, Plan Operativo Estructura Funcional y Organizacion enmarcadas en el actual enfoque sectorial. 11) Perfiles de Competencias de la Organizacion de los CITE. 12) Reporte de evaluacion de Gestion desde el inicio de sus actividades. 13) Determinacion de la capacidad de prestacion de los servicios de los CITE Publicos. 14) Auditoria por parte de la OCI a los CITE Publicos.

916974-3

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el Acuerdo sobre Transporte Aereo Transfronterizo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia
DECRETO SUPREMO Nº 014-2013-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo sobre Transporte Aereo Transfronterizo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia, fue suscrito el 11 de junio de 2003, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y aprobado por Resolucion Legislativa N° 29522 de 22 de MORDAZA de 2010; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nro. 26647; DECRETA: Articulo 1.- Ratificase el Acuerdo sobre Transporte Aereo Transfronterizo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia, suscrito el 11 de junio de 2003, en la MORDAZA de MORDAZA,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.