Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2014 (09/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la "Mancomunidad Municipal de la MORDAZA del Inambari"; integrada por las Municipalidades Provinciales de Carabaya, en el Departamento de MORDAZA, y Tambopata, en el Departamento de MORDAZA de Dios; reconociendosele, a partir de dicho acto, la condicion de persona juridica de derecho publico, como entidad publica. Articulo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal de la MORDAZA del Inambari", como sigue: - Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Carabaya. - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Tambopata. Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Tecnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitucion y las Ordenanzas Municipales de Carabaya y Tambopata que aprueban la Constitucion de la "Mancomunidad Municipal de la MORDAZA del Inambari", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA FISCALINI Secretaria de Descentralizacion (e)

El Peruano Miercoles 9 de MORDAZA de 2014

1071492-1

Disponen inscripcion de la "Mancomunidad Municipal Altoandina de los Distritos de Tocmoche y Miracosta - MANTOCMI", en el Registro de Mancomunidades Municipales
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 015-2014-PCM/SD
MORDAZA, 27 de marzo de 2014 VISTOS: El Oficio Nº 001-2014-MANTOCMI; el Informe Tecnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 001-2014-MDM/ A de la Municipalidad Distrital de Miracosta; la Ordenanza Municipal Nº 001-2014-MDT de la Municipalidad Distrital de Tocmoche; el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Altoandina de los Distritos de Tocmoche y Miracosta - MANTOCMI"; y el Informe Nº 0252014­PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o mas municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras, promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5º, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales

a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Miracosta y presidente de la "Mancomunidad Municipal Altoandina de los Distritos de Tocmoche y Miracosta - MANTOCMI" solicita la inscripcion de esta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Miracosta y Tocmoche de la Provincia de Chota, en el Departamento de Cajamarca; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos contiene informacion sobre: Diagnostico: institucional, social y demografico; Gestion estrategica: vision, mision, ambito territorial, objeto, objetivos y horizonte de planeamiento; Gestion descentralizada: estructura organica, competencias y funciones, provision de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinacion, cooperacion y colaboracion; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidacion institucional, desarrollo economico local, capacidad de gestion y evaluacion; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Construccion y mejoramiento de infraestructura social y economica basica, b) Fomento de la inversion privada, del empleo y la competitividad productiva, c) Promocion de la participacion vecinal en el desarrollo local, d) Proteccion y conservacion del ambiente considerando el enfoque de gestion de riesgos de desastres y e) Promocion del turismo sostenible y la cultura; Que, en el ambito de las funciones, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico del distrito, b) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, c) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846, d) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF y e) Proveer el servicio de limpieza publica determinando las areas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Proveer el servicio de saneamiento basico rural, con la ejecucion de proyectos de abastecimiento de agua, alcantarillado e instalacion de letrinas en los distritos integrantes de la mancomunidad, c) Participar en el diseno y ejecucion de programas y proyectos de manejo de residuos solidos, en coordinacion con las entidades competentes y d) Administrar y reglamentar, directamente o por concesion el servicio de agua potable, alcantarillado y desague, limpieza publica y tratamiento de residuos solidos. Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Altoandina de los Distritos de Tocmoche y Miracosta - MANTOCMI", contiene informacion sobre domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordo la constitucion de la "Mancomunidad Municipal Altoandina de los Distritos de Tocmoche y Miracosta - MANTOCMI", la aprobacion de su Estatuto y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Miracosta y Tocmoche, aprueban la constitucion de la "Mancomunidad Municipal Altoandina de los Distritos de Tocmoche y Miracosta - MANTOCMI"; ratificando el contenido del Acta de Constitucion y el Estatuto, y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 025-2014­PCM/SD-OGIMIRA, en la elaboracion de los documentos presentados para la inscripcion del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el articulo 11º del Reglamento de la Ley y en el articulo 6º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la Resolucion de

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