Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2014 (26/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Cuarto. Que, de conformidad con el articulo 82°, inciso 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, se determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, disponer acciones que puedan mejorar los servicios de administracion de justicia. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 604-2014 de la vigesimo MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 225-2014-CE-PJ, del 27 de junio del presente ano, que dispuso reubicar el Juzgado de Familia Transitorio de Iquitos, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. Articulo Segundo.- Prorrogar hasta el 31 de agosto del ano en curso, el funcionamiento del Juzgado de Familia Transitorio de Iquitos, Corte Superior de Justicia de Loreto. Articulo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA Norte y MORDAZA, Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1128015-4

El Peruano Martes 26 de agosto de 2014

Disponen la conversion y reubicacion de diversos organos jurisdiccionales a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur y dictan otras disposiciones sobre conversion de juzgados y distribucion de carga procesal
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 266-2014-CE-PJ MORDAZA, 6 de agosto de 2014 VISTOS: El Oficio N° 626-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 081-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa Nº 0292008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modificatorias,

se establece que la finalidad de la Comision Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; asi como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que la Directiva N° 001-2012-CEPJ, denominada "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de 2012, y sus modificatorias, establece normas para la organizacion y funcionamiento de la Comision Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fin de alcanzar una efectiva descongestion de expedientes. Tercero. Que, asimismo, mediante Resolucion Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia; y por Resolucion Administrativa N° 062-2013-CE-PJ, de fecha 3 de MORDAZA de 2013, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos de organos jurisdiccionales que no son sedes principales; aplicandose dichos criterios a los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios que no son parte de la reforma del MORDAZA Codigo Procesal Penal y la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Cuarto. Que mediante Oficio N° 321-2014-PCSJLIMASUR/PJ y Oficio N° 1073-2014-P-CSJLIMASUR/ PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur solicita a este Organo de Gobierno la creacion de juzgados especializados, con la finalidad y proposito de atender la sobrecarga procesal existente, que se ve agravada debido al escaso numero de organos jurisdiccionales permanentes que existen en dicho Distrito Judicial, lo cual, ademas, recarga la labor al momento de calificar el ingreso de expedientes a ser redistribuidos a los organos jurisdiccionales transitorios. Quinto. Que mediante Oficio N° 2164-2014-GRHBGG-PJ, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial confirmo a la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal, la existencia en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, de cinco (5) organos jurisdiccionales de la Especialidad Civil - Comercial, con numeracion del 18° al 22°, que no estan activos, y tienen disponibilidad presupuestal de acuerdo al Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), aprobado por Resolucion Administrativa N° 363-2013-P-PJ de fecha 28 de noviembre de 2013; y al Presupuesto Analitico de Personal (PAP), aprobado por Resolucion Administrativa N° 390-2013-P-PJ, del 27 de diciembre de 2013. Sexto. Que mediante Informe N° 081-2014-GO-CNDPCE/PJ, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal ha establecido lo siguiente: a) En la Corte Superior de Justicia de MORDAZA existen cinco (5) organos jurisdiccionales permanentes de la especialidad Civil-Comercial, con numeracion del 18º al 22º, que actualmente no se encuentran activos y cuentan con presupuesto asignado disponible, por lo que pueden ser activados y reubicados; b) La Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur tiene actualmente veintitres (23) organos jurisdiccionales especializados y mixtos distribuidos en los Distritos de MORDAZA El MORDAZA, San MORDAZA de Lurigancho, MORDAZA MORDAZA del Triunfo y Lurin, de los cuales nueve (09) son permanentes y catorce (14) transitorios, lo que significa que el 61% de organos jurisdiccionales son transitorios y el 39% permanentes. Asimismo, se observa que dicha Corte Superior de Justicia no cuenta con organos jurisdiccionales permanentes en la especialidad de familia,

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