Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2014 (06/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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senala como una de las funciones del Ministro del Ambiente, conformar los grupos tecnicos y comisiones de trabajo que considere convenientes en el MORDAZA de las competencias asignadas al Ministerio; Que, en virtud a los documentos del visto, y a fin de formular, evaluar y actualizar el Plan de Accion para la Mejora de la Calidad del Aire de la MORDAZA Atmosferica de Iquitos, de conformidad con la normativa vigente sobre estandares ambientales de calidad de aire, resulta necesario conformar el Grupo Tecnico denominado Grupo de Estudio Tecnico Ambiental de la Calidad del Aire (GTGESTA Zonal de Aire) de Iquitos; Con el visado del Viceministerio de Gestion Ambiental, de la Secretaria General, de la Direccion General de Calidad Ambiental y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM, que aprueba el Reglamento de Estandares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar el Grupo Tecnico denominado Grupo de Estudio Tecnico Ambiental de la Calidad del Aire (GT - GESTA Zonal de Aire) de Iquitos, el mismo que estara integrado segun detalle: a) Un representante de la Municipalidad Provincial de Maynas. b) Un representante de la Gerencia de Saneamiento y Salud Ambiental ­ Municipalidad Provincial de Maynas. c) Un representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente ­ Gobierno Regional de Loreto. d) Un representante de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA e) Un representante de la Municipalidad Distrital de MORDAZA f) Un representante de la Municipalidad Distrital de Punchana g) Un representante de la Direccion Regional de Salud ­ Loreto. h) Un representante de la Direccion Regional de Energia y Minas - Loreto. i) Un representante de la Direccion Regional Agraria - Loreto. j) Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesania ­ Loreto. k) Un representante de la Direccion Regional de la Produccion ­ Loreto. l) Un representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones ­ Loreto. m) Un representante de la Direccion Regional de Educacion ­ Loreto. n) Un representante de la Direccion Regional DR08 del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia ­ SENAMHI. o) Un representante del Consejo Regional II ­ Iquitos del Colegio Medico del Peru. p) Un representante del Colegio de Ingenieros del Peru ­ Consejo Departamental de Loreto. q) Un representante de la Camara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto. r) Un representante de las Organizaciones no Gubernamentales ­ Loreto. s) Un representante de las Organizaciones Sociales de Base ­ Loreto. t) Un representante de las Universidades ­ Loreto. u) Un representante del Sector Empresarial Privado ­ Loreto. El GT - GESTA Zonal de Aire de Iquitos podra invitar a participar a personas naturales o juridicas, de derecho publico o privado, vinculadas a la materia, que apoyen el mejor cumplimiento de su finalidad y funciones, quienes podran participar en calidad de observadores o asesores. Articulo 2º.- El Ministerio del Ambiente, a traves de la Direccion General de Calidad Ambiental del Viceministerio

El Peruano Sabado 6 de diciembre de 2014

de Gestion Ambiental, ejercera la Secretaria Tecnica del GT - GESTA Zonal de Aire de Iquitos. Articulo 3º.- Las entidades senaladas en el articulo 1º de la presente MORDAZA, designaran a un representante titular y un alterno, mediante comunicacion escrita dirigida a la Municipalidad Provincial de Maynas, dentro del plazo de diez (10) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, a fin de que convoque a la sesion de instalacion. La Municipalidad Provincial de Maynas, establecera los mecanismos para la determinacion y acreditacion de los representantes de las entidades senaladas en los literales r), s), t) y u) del articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro del plazo establecido en el parrafo precedente. Articulo 4º.- El GT - GESTA Zonal de Aire de Iquitos se instalara dentro de los treinta (30) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. En la sesion de instalacion del GT - GESTA Zonal de Aire de Iquitos las entidades representadas elegiran a su Presidente, lo que debera ser comunicado oficialmente al Ministerio del Ambiente. Articulo 5º.- El GT - GESTA Zonal de Aire de Iquitos, encargado de formular, evaluar y actualizar el Plan de Accion para la Mejora de la Calidad del Aire de la citada MORDAZA de Atencion Prioritaria, ejercera sus funciones en concordancia con el articulo 27º del Reglamento de Estandares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, aprobado por Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM. Articulo 6º.- Encargar a la Direccion General de Calidad Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental, el seguimiento y la supervision del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Articulo 7º.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Web Institucional del Ministerio del Ambiente, del Gobierno Regional de MORDAZA y de la Municipalidad Provincial de Maynas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1174392-3

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Modifican la R.M. Nº 177-2014MINCETUR, designando al Director Nacional de Turismo como representante titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Comision Nacional sobre el Cambio Climatico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 350-2014-MINCETUR MORDAZA, 2 de diciembre de 2014 Visto, el Memorandum N° 1334-2014-MINCETUR/ VMT, de la Viceministra de Turismo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 359-93-RE se crea la Comision Nacional sobre los Cambios Climaticos, y mediante Decreto Supremo N° 006-2009-MINAM, modificado por el Decreto Supremo N° 015-2013-MINAM, se precisa su denominacion como Comision Nacional sobre el Cambio Climatico, se adecua su funcionamiento y se establece la conformacion de la misma, siendo uno de sus integrantes, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 177-2014MINCETUR, se designo como representante titular

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