Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2014 (24/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano Miercoles 24 de diciembre de 2014

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autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8 precisa: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 15 respecto a las atribuciones del Consejo Regional refiere: "Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)": en su articulo 38 establece: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (...)". Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueban Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las Entidades de la Administracion Publica, en su articulo 5 senala: "(...) REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES ­ ROF. Es el documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su mision, vision y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones especificas de los organos y unidades organicas (...)"; en su articulo 34 dispone: "La aprobacion del ROF de las entidades se realizaran de acuerdo al siguiente esquema: (...) Gobierno Regional. Por Ordenanza Regional". Que, con Resolucion Ejecutiva Regional Nº 3762004-G.R.TACNA, la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Tacna dispuso: "(...) Articulo Primero.APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Direccion Regional de la Produccion de Tacna, el mismo que forma parte de la presente Resolucion. (...)". Que, con Resolucion Ministerial Nº 175-2006PRODUCE, el Ministerio de la Produccion establecio: "(...) Articulo 2º.- Declarar que los Gobiernos Regionales de (...) Tacna y (...), han concluido el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de pesqueria e industria, contenidas en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2004", (...)". Que, con Oficio Nº 2928-2014-GGR/GOB.REG. TACNA de fecha 08 de setiembre del 2014 la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna solicita la aprobacion del "REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA DIRECCION REGIONAL DE LA PRODUCCION", con el objeto de que sea aprobada mediante Ordenanza Regional; adjuntandose los respectivos documentos e informe Tecnico y Legal que sustentan su pedido. Que, con el Informe Nº 379-2014-SGDO-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA de fecha 14 de agosto del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 1700-2014-ORAJ-GOB.REG.TACNA de fecha 05 de setiembre del 2014 emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Tacna y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedio a emitir el Dictamen Nº 017-2014-CR-COPPAT de fecha 24 de octubre del 2014, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "APROBACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCION REGIONAL DE LA PRODUCCION DE TACNA", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Extraordinaria de fecha 29 de octubre del 2014. Que, el Pleno del Consejo Regional en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente;

2.7. Delinear politicas de prevencion y proteccion de las personas, el ambiente y la propiedad. 2.8. Organizar operativos para fiscalizar en las vias de la Region Tacna, el cumplimiento de las normas del transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos en la Region de Tacna. 2.9. Organizar capacitaciones de materiales y residuos peligrosos a la poblacion escolar, universitaria, SUTRAN, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios de la Region de Tacna, Policia Nacional del Peru, Direccion de Transportes, entre otros. 2.10. Recabar las necesidades de materiales y equipos del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios de la Region de Tacna para su adquisicion. 2.11. Llevar las estadisticas del transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos, de los accidentes, proveedores, destinatarios, cantidad y denominacion de dichos materiales. 2.12. Otras iniciativas. Articulo Tercero.- EXHORTAR a las Municipalidades de la Region de Tacna, implementen las vias alternas para el MORDAZA de los vehiculos y unidades de carga en los que se transporta materiales y/o residuos peligroso, asi como los lugares de estacionamiento de los mismos, de acuerdo a lo establecido en al articulo 9 del Decreto Supremo Nº 021-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto toda disposicion regional que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- Disponer que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia veintiseis de setiembre del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA PARQUI Presidente (E) Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia once de noviembre del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1181402-14

Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Direccion Regional de la Produccion de Tacna y el Organigrama Estructural
ORDENANZA REGIONAL Nº 054-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintinueve de octubre del dos mil catorce, en Sesion Extraordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191 establece que: "Los gobiernos regionales tienen

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