Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2014 (01/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2°.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa L & F CABLE MORDAZA LATINA S.A.C., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4°.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles, computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por el derecho de concesion. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

El Peruano Miercoles 1 de enero de 2014

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Reclasifican temporalmente jerarquia de la Ruta Nacional PE - 1N O como Ruta Departamental o Regional, asignandosele el codigo temporal N° TU - 111
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 783-2013-MTC/02
MORDAZA, 27 de diciembre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 290-2013/GOBIERNO REGIONAL TUMBESPR del Gobierno Regional Tumbes, el Memorandum N° 2862-2013-MTC/20 de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, el Informe N° 390-2013-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos, y, el Memorandum N° 32412013-MTC/14 de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2013-MTC, publicado el 22 de setiembre de 2013 en el Diario Oficial El Peruano, se derogo los Decretos Supremos N° 0442008-MTC, 026-2009-MTC y 036-2011-MTC, y se aprobo la actualizacion del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, segun el cual, la Ruta PE1N O, es parte de la Red Vial Nacional y tiene la siguiente trayectoria: Emp. PE-1N (Ov. Zarumilla) - Pte. Zarumilla Zarumilla - Dv. El Bendito - Pte. Piedritas - Pte. El Bolsico - Pte. Internacional Aguas Verdes (frontera con Ecuador); Que, a traves del Oficio N° 290-2013/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-PR, de fecha 09 de agosto de 2013, el Gobierno Regional Tumbes, solicito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la reclasificacion temporal de la Ruta Nacional PE-1N O de Trayectoria: Emp. PE-1N (Ov. Zarumilla) - Pte. Zarumilla - Zarumilla - Dv. El Bendito - Pte. Piedritas - Pte. El Bolsico - Pte. Internacional Aguas Verdes (frontera con Ecuador), como Ruta Departamental o Regional, a fin de mejorar la transitabilidad vehicular - peatonal y una necesidad urgente de solucionar la problematica vial existente en la MORDAZA fronteriza de aguas verdes; Que, con Memorandum N° 2862-2013-MTC/20 de fecha 21 de noviembre de 2013, la Direccion Ejecutiva

del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, manifesto su conformidad a reclasificar temporalmente la Ruta Nacional PE-1N O de Trayectoria: Emp. PE-1N (Ov. Zarumilla) - Pte. Zarumilla - Zarumilla - Dv. El Bendito - Pte. Piedritas - Pte. El Bolsico - Pte. Internacional Aguas Verdes (frontera con Ecuador), como Ruta Departamental o Regional; Que, mediante Memorandum N° 3241-2013-MTC/14, de fecha 29 de noviembre de 2013, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles concuerda con el Informe N° 3902013-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos, a traves del cual se considera procedente la reclasificacion temporal de la Ruta Nacional PE-1N O de Trayectoria: Emp. PE-1N (Ov. Zarumilla) - Pte. Zarumilla - Zarumilla - Dv. El Bendito - Pte. Piedritas - Pte. El Bolsico - Pte. Internacional Aguas Verdes (frontera con Ecuador), como Ruta Departamental o Regional, asignandole el codigo temporal N° TU-111, con la finalidad de posibilitar la intervencion que pretende realizar el Gobierno Regional Tumbes; Que, segun lo dispuesto en los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6° del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo No. 017-2007-MTC, y sus modificatorias, en adelante el Reglamento, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras; asimismo, las autoridades competentes para la aplicacion del Reglamento, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organizacion del Estado, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional; los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional; y, los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 9° del Reglamento, corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasificacion de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), en aplicacion a los criterios establecidos en el articulo 8° del Reglamento, considerando para tales efectos la informacion que proporcionen las autoridades competentes a que se refiere el articulo 6° del Reglamento; Que, el articulo 6° del Decreto Supremo No. 0122013-MTC, senala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podra disponer, a peticion de las autoridades competentes previstas en el articulo 6° del Reglamento, la reclasificacion temporal de una via, mediante Resolucion Ministerial; la reclasificacion temporal tendra vigencia hasta la conclusion de los proyectos viales que ejecuten las autoridades competentes; asimismo, para tramitar dicha reclasificacion, la autoridad solicitante debera acreditar ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por el Gobierno Regional Tumbes, y a lo opinado por PROVIAS NACIONAL, la Direccion de Caminos y la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, resulta procedente reclasificar temporalmente la Ruta Nacional PE-1N O de Trayectoria: Emp. PE-1N (Ov. Zarumilla) - Pte. Zarumilla - Zarumilla - Dv. El Bendito - Pte. Piedritas - Pte. El Bolsico - Pte. Internacional Aguas Verdes (frontera con Ecuador), como Ruta Departamental o Regional, asignandole el codigo temporal N° TU-111; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos N°s. 017-2007-MTC, 006-2009-MTC, 0212007-MTC y 012-2013-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Reclasificar temporalmente la Jerarquia de la Ruta Nacional PE-1N O de Trayectoria: Emp. PE-1N (Ov. Zarumilla) - Pte. Zarumilla - Zarumilla - Dv. El Bendito - Pte. Piedritas - Pte. El Bolsico - Pte. Internacional Aguas Verdes (frontera con Ecuador), como Ruta Departamental o Regional, asignandole el codigo temporal N° TU-111, la misma que adoptara la siguiente trayectoria: Ruta N° TU-111 Trayectoria: Emp. PE-1N (Ov. Zarumilla) - Pte. Zarumilla - Zarumilla - Dv. El Bendito - Pte. Piedritas - Pte. El Bolsico - Pte. Internacional Aguas Verdes (frontera con Ecuador). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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