Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2014 (05/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 115

El Peruano Sabado 5 de MORDAZA de 2014

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o escision no es obligatorio realizar una OPC cuando los valores de la sociedad absorbente se encuentren inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; en consecuencia, toda vez que las acciones de AFP Integra --sociedad absorbente de AFP Horizonte--, se encuentran inscritas en dicho Registro no se genera la obligacion de efectuar una OPC por la exclusion de las acciones comunes representativas del capital social de AFP Horizonte, de conformidad con el articulo 37 inciso b) del Reglamento; Que, el articulo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas mediante Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y Estando a lo dispuesto por los articulos 19 y 20 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa y por el articulo 46, numeral 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la exclusion de las acciones comunes representativas de capital social de AFP Horizonte S.A. del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- Disponer la exclusion de los valores a los que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 3º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a AFP Integra S.A., en su calidad de emisor, a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas 1097304-1

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Disponen la exclusion de acciones comunes representativas de capital social de AFP Horizonte S.A. del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 052-2014-SMV/11.1 MORDAZA, 12 de junio de 2014 El Intendente General de Supervision de Conductas VISTOS: El Expediente Nº 2014019822; asi como el Informe Nº 403-2014-SMV/11.1 del 9 de junio de 2014, de la Intendencia General de Supervision de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud presentada el 28 de MORDAZA del 2014, AFP Integra S.A. (en adelante, AFP Integra), solicito a la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV la exclusion de las acciones comunes representativas del capital social de AFP Horizonte S.A (en adelante, AFP Horizonte), del Registro Publico del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, como consecuencia de la fusion por absorcion de AFP Integra sobre el remanente de AFP Horizonte, que produjo, a su vez, la extincion de la personalidad juridica de esta ultima; Que, de la evaluacion realizada en el MORDAZA del tramite al que se contrae la presente Resolucion, se ha verificado que las acciones comunes representativas del capital social de AFP Horizonte se inscribieron en el Registro Publico del MORDAZA de Valores mediante Resolucion CONASEV Nº110-93-EF/94.10; Que, en Junta General de Accionistas de AFP Horizonte, celebrada el 22 de MORDAZA de 2013 se aprobo el proyecto y la operacion de escision y fusion de AFP Horizonte, la referida aprobacion se realizo con previa autorizacion de la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP quien autorizo la escision - fusion de AFP Integra con AFP Horizonte extinguiendose esta MORDAZA sin liquidarse; Que, de acuerdo con lo dispuesto por los articulos articulo 344, inciso 2, y 367, inciso 1, de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887 y sus normas modificatorias, tanto la fusion por absorcion de una o mas sociedades por otra sociedad existente, como la escision por la division de la totalidad del patrimonio de una sociedad en dos o mas bloques patrimoniales que son absorbidos por sociedades ya existentes, originan la extincion de la personalidad juridica de la sociedad absorbida y escindida, respectivamente; Que, el articulo 37, inciso a), de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, concordado con el inciso 1 del articulo 19 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, aprobado por Resolucion SMV Nº 031-2012-SMV/01 y sus normas modificatorias, establecen que a solicitud del emisor y mediante resolucion fundamentada de la Superintendencia del MORDAZA de Valores procede la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa; Que, de otro lado, con respecto a la obligacion de efectuar una oferta publica de compra (OPC) de conformidad con lo establecido en el articulo 38 de la Ley del MORDAZA de Valores y el articulo 32 del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 009-2006-EF/94.10 (Reglamento), debemos senalar que en casos de fusion

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aceptan renuncia y dejan sin efecto designacion de Asesor II de la SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 216-2014/SUNAT MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que con Resolucion de Superintendencia Nº 1332012/SUNAT se designo a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mayorca en el cargo de confianza de Asesor II de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas; Que la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mayorca ha presentado su renuncia a la Institucion, siendo el ultimo dia de su vinculo laboral el dia 6 de MORDAZA de 2014; Que en tal sentido, corresponde aceptar la renuncia de dicha trabajadora y, en consecuencia, dejar sin

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