Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2014 (18/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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de Huaral, basicamente en los Servicios No Exclusivos de Competencia de la Gerencia de Desarrollo Social y Economico de la Municipalidad Provincial de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, reconoce en su Articulo 194º modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la MORDAZA MORDAZA indicada que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el Articulo 39º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, estable que los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2013MPH de fecha 13 de Febrero del 2013, se Aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huaral; el mismo que se modifico a traves de la Ordenanza Municipal Nº 010-2013MPH. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 016-2013MPH, se Aprobo el Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo mediante el Informe Nº 033-2014-MPH/GDSE/ SGDET, remite la Propuesta de Inclusion del Cobro por Concepto de Talleres Productivos en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, la Gerencia de Desarrollo Social y Economico mediante Memorandum Nº 073-2014-MPH/GDSE, opina favorablemente para la aprobacion de la Propuesta de Inclusion del Cobro por Concepto de Talleres Productivos en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalizacion mediante Informe Nº 036-2014-MPH/GPPR/SGPR, emite opinion favorable respecto a la Propuesta de Servicios de Incluir el Cobro por Concepto de Talleres Productivos en TUSNE vigente. Que, la Gerencia de Administracion y Finanzas mediante Informe Nº 097-2014/MPH-GAF, emite opinion favorable a la Propuesta de Servicios a incluir en el TUSNE vigente, el Cobro por Concepto de Talleres Productivos evacuado por la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo. Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 0194-2014-MPH-GAJ, opina por la PROCEDENCIA de Cobro por Concepto de Talleres Productivos e Inclusion en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, la Gerencia de Desarrollo Social y Economico mediante Informe Nº 063-2014-MPH/GDSE, recomienda Incluir en Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Provincial de Huaral, el Servicio de Otorgamiento del Carnet Sanitario. Que, la Sub Gerencia de Educacion, Cultura y Deporte mediante Informe Nº 049-2014-MPH/GDSE/SGECD, solicita la modificacion del TUSNE en lo concerniente al Area de Educacion, Cultura y Deporte, incorporando los rubros detallados. Que, la Gerencia de Desarrollo Social y Economico mediante Informe Nº 074-2014-MPH/GDSE, senala que los Programas de la Sub Gerencia de Educacion, Cultura y Deporte de la Municipalidad Provincial de Huaral, para que tenga sostenibilidad en el tiempo, es necesario que cuente con el cofinanciamiento directo de los beneficiarios. Que, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalizacion mediante Informe Nº 055-2014-MPH/GPPR/SGPR, emite opinion favorable respecto a la Modificacion del TUSNE vigente, respecto a la propuesta de la Sub Gerencia de Educacion, Cultura y Deporte. Que, la Gerencia de Desarrollo Social y Economico mediante Informe Nº 143-2014-MPH/GDSE, recomienda la Aprobacion del Proyecto de Ordenanza Municipal, que Aprueba la Modificacion del Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Provincial de

El Peruano Viernes 18 de MORDAZA de 2014

Huaral, consolidando las propuestas de la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo, y la Sub Gerencia de Educacion, Cultura y Deporte. Que, la Gerencia de Administracion y Finanzas mediante Informe Nº 195-2014/MPH-GAF, emite opinion favorable para la Modificacion del TUSNE vigente, respecto a las propuestas de la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo, y la Sub Gerencia de Educacion, Cultura y Deporte. Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 395-2014-MPH-GAJ opina por la PROCEDENCIA de la propuesta de Modificacion del Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Sub Gerencia de Educacion, Cultura y Deporte. Que, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalizacion mediante Informe Nº 0135-2014-MPH/ GPPR/SGPR, absuelve las observaciones formuladas en materia de estructura de costos, informando que los montos establecidos en el Proyecto de Modificacion del Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE), no requieren la elaboracion de un estructura de costos, toda vez que son que son servicios no exclusivos y por ende no es una contraprestacion de servicios. Que, la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo mediante Informe Nº 0312-2014-MPH/GDSE/ SGDET, propone para la Modificacion del TUSNE se debe tomar en consideracion: las condiciones de competencia del MORDAZA, la situacion de la oferta privada en la provision y/o prestacion de los servicios y el alto interes de acceder a los servicios no exclusivos de la Municipalidad. Que, la Sub Gerencia de Salud, OMAPED y DEMUNA mediante Informe Nº 306-2014/MPH/GDSE/SGSOD, emite opinion favorable para la inclusion en el TUSNE del Otorgamiento del Carnet Sanitario a favor de los comerciantes que venden o elaboran alimentos y bebidas en el Distrito de Huaral. Que, la Sub Gerencia de Educacion, Cultura y Deporte mediante Informe Nº 477-2014-MPH/GDSE/SGECD, informa que es necesario Modificar el Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE), en lo que respecta a su area, debido a la demanda y las mejoras en el servicio que presta. Que, la Gerencia de Desarrollo Social y Economico mediante Informe Nº 354-2014-MPH/GDSE, concluye: 1)Las propuestas de modificacion del TUSNE de los Programas de la Sub Gerencia de Educacion, Cultura y Deporte, Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo, y la Sub Gerencia de Salud, OMAPED y DEMUNA, cuentan con Opinion Favorable de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, Gerencia de Administracion y Gerencia de Asesoria Juridica. 2)Para la Confeccion del Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE), no se requiere un estudio de estructura de costos, pero si estudios de mercados y comparativos de los servicios considerados. 3)Recomendar al Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaral, la Aprobacion de la Ordenanza Municipal que Modifica el Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE), de competencia de la Gerencia de Desarrollo Social y Economico. Que, mediante Dictamen Nº 08-2014-MPH-CAEPCM de fecha 07 de MORDAZA del 2014, la Comision de Administracion, Economia y Planeamiento del Concejo Municipal, RECOMIENDA al Pleno del Concejo Articulo Primero: Aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba la Modificacion del Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Provincial de Huaral, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 016-2013MPH de fecha 16 de Octubre del 2013, basicamente en los Servicios No Exclusivos de Competencia de la Gerencia de Desarrollo Social y Economico, conforme se detalla en el Anexo adjunto. Articulo Segundo: Aprobar la Propuesta de la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo, respecto a la Inclusion del Cobro por Concepto de Talleres Productivos en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Provincial de Huaral, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 016-2013-MPH de fecha 16 de Octubre del 2013. Que, estando a los fundamentos MORDAZA expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º, numeral 8º Articulo 20 numeral 5º y Articulo 39º y 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" con el MORDAZA Unanime de los Senores Miembros del Pleno del Concejo y con la Dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente:

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